Subvenciones para la contratación de personal de apoyo vinculado a un proyecto de transferencia tecnológica. APOTI - GVA.ES
Subvenciones para la contratación de personal de apoyo vinculado a un proyecto de transferencia tecnológica. APOTI
Qué es
El objeto de estas subvenciones es cofinanciar los costes de la contratación laboral de personal de apoyo
vinculado a un proyecto de transferencia de los resultados de investigación o de innovación al sector productivo valenciano
Estas subvenciones son compatibles con otras subvenciones para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de centros internacionales. El importe de las mismas en ningún caso podrá superar el coste total del...
A quién va dirigido
Las entidades beneficiarias de estas subvenciones son los centros de investigación de la Comunitat Valenciana
Podrán ser solicitantes todas aquellas personas que al finalizar el plazo de presentación de solicitudes, reúnan los requisitos.
Las entidades beneficiarias de estas subvenciones son los centros de investigación de la Comunitat Valenciana.
Podrán ser solicitantes todas aquellas personas que al finalizar el plazo de presentación de solicitudes, reúnan la totalidad de los siguientes requisitos:
Ser la persona investigadora principal del proyecto de transferencia de los resultados de investigación o de innovación, ser doctor, y tener formalizada su vinculación funcionarial, estatutaria o contractual con el centro de investigación en una categoría profesional que requiera ser doctor, en el momento de la solicitud y mantenerla durante todo el período de ejecución de la ayuda.
El personal a contratar deberá reunir, los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española, o ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea o ser una persona extranjera con permiso de residencia o estancia en España.
b) Poseer una titulación española de grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura, ingeniería técnica, diplomatura o técnico superior de formación profesional.
Cómo se tramita
1. El órgano instructor, de oficio, impulsará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe pronunciarse la resolución, así como para realizar las propuestas de cada fase contable que procedan en ejecución de la misma.
2. Si la solicitud, con el contenido al que se refiere el artículo 14.2 no reuniera los requisitos establecidos en la convocatoria, se requerirá mediante publicación en la página web de la Consellería que ostente la competencia en materia de política científica e investigación, a las entidades o personas solicitantes para que en el plazo de diez días subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, con advertencia de que si no lo hiciesen se les tendrá por desistido de su solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPAC) y en el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Adicionalmente, también podrá comunicarse dicha incidencia por correo electrónico.
3. Durante el período de subsanación no se podrá modificar el objeto y condición de la solicitud presentada.
4. Las notificaciones se realizarán mediante publicación en la página web de la consellería que ostente la competencia en materia de política científica e investigación surtiendo todos los efectos de notificación practicada.
Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios y baremo:
a) Méritos de la persona investigadora responsable del proyecto (50%).
1. Hasta 25 puntos: proyectos de investigación financiados como investigador principal, contratos de investigación de especial relevancia y patentes.
2. Hasta 15 puntos: publicaciones.
3. Hasta 10 puntos: tesis doctorales dirigidas y sexenios de investigación y transferencia reconocidos.
b) Características y dimensión del proyecto de innovación y su aplicación a la cadena ciencia, conocimiento y empresa (30%).
1. Hasta 15 puntos: calidad científico-técnica, relevancia y viabilidad de la propuesta.
2. Hasta 15 puntos: impacto de los resultados a la cadena ciencia, conocimiento y empresa.
c) Alineación del proyecto con los ejes prioritarios y objetivos específicos de la Estrategia de Innovación de la Generalitat vigente (20%).
46015 - València/Valencia
Solicitud
El plazo de presentación de solicitudes será del 2 al 20 de noviembre de 2023 (DOGV núm. 9710, de 24/10/2023).
Alegación / Aportación
Resolución
Las resoluciones de los procedimientos de concesión de las subvenciones ponen fin a la vía administrativa. Contra las mismas el interesado podrá optar entre interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que las ha dictado, conforme los artículos 112, 123 y 124 de la...
46015 - València/Valencia
Justificación
Desistimiento
Renuncia
Preguntas frecuentes
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