Subvenciones para la captación de proyectos europeos u otros programas de carácter internacional. APE

Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo

Código SIA: 211815
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Código GVA: 16918
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Plazo de solicitud cerrado

Desde 30-11-2024

Hasta 19-12-2024

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Qué es

Qué es y para qué sirve

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de las subvenciones para fomentar la participación de las personas investigadoras en convocatorias de I+D+i de la Unión Europea y en otras de ámbito internacional, la regulación específica del cual se establece en los artículos 92 a 94 de la Orden de Bases.

GUÍA PARA RELLENAR LOS FORMULARIOS DE SOLICITUD TELEMÁTICA APE

Plazos
SolicitudPlazo cerrado
Desde 30-11-2024 hasta 19-12-2024
SubsanaciónPlazo cerrado
Desde 25-03-2025 hasta 07-04-2025
Alegación / AportaciónPlazo cerrado
Desde 12-03-2025 hasta 26-03-2025
Observaciones

Podrán ser subvencionables, entre otros, los siguientes conceptos:

a) Gastos de consultoría destinados de manera exclusiva a la preparación de la propuesta, sin que puedan exceder del 30 por ciento de la cuantía total de la subvención concedida del 50 por ciento en casos debidamente justificados que deberán ser autorizados.

b) Gastos de viajes, manutención y alojamiento por asistencia a congresos y conferencias, visitas y estancias breves del personal investigador que formará parte del grupo o del consorcio que suscribirá la solicitud y que deberá figurar en la memoria justificativa del gasto, con los límites que para dichos conceptos estén establecidos en la normativa de la Generalitat sobre indemnizaciones por razón del servicio.

c) Otros gastos necesarios para la preparación y presentación de la propuesta (servicios de traducción, de diseño gráfico y otros servicios similares).

A quién va dirigido

Ciudadanía
Personas interesadas

Las entidades beneficiarias de estas subvenciones serán los centros de investigación de la Comunitat Valenciana.

Requisitos

Con carácter general, salvo en el caso de solicitudes para la presentación de propuestas individuales a las distintas modalidades de las European Research Council (ERC) Grants, las actuaciones objeto de la subvención serán ejecutadas por grupos de investigación, dirigidos por un investigador principal, que actuará como solicitante de la subvención.

El grupo estará formado como mínimo por tres personas investigadoras, una de las cuales tendrá la condición de investigadora principal, que deberá estar en posesión del título de doctor y tener formalizada su vinculación funcionarial, estatutaria o contractual con la entidad beneficiaria. Además, al menos otra persona del grupo deberá estar en posesión del título de doctor.

La entidad solicitante será la responsable de verificar el cumplimiento de las condiciones de titulación, vinculación, compatibilidad, dedicación y cualesquiera otros requisitos exigidos al personal investigador participante, que se establezca en la correspondiente convocatoria, debiendo comunicar cualquier variación en las mismas en un plazo de 10 días a partir de aquel en que se produzca el cambio.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

1. El órgano instructor, de oficio, impulsará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe pronunciarse la resolución, así como para realizar las propuestas de cada fase contable que procedan en ejecución de la misma.

2. Si la solicitud, con el contenido al que se refiere el artículo 14.2 no reuniera los requisitos establecidos en la convocatoria, se requerirá mediante publicación en la página web de la Consellería que ostente la competencia en materia de política científica e investigación, a las entidades o personas solicitantes para que en el plazo de diez días subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, con advertencia de que si no lo hiciesen se les tendrá por desistido de su solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPAC) y en el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Adicionalmente, también podrá comunicarse dicha incidencia por correo electrónico.

3. Durante el período de subsanación no se podrá modificar el objeto y condición de la solicitud presentada.

4. Las notificaciones se realizarán mediante publicación en la página web de la consellería que ostente la competencia en materia de política científica e investigación surtiendo todos los efectos de notificación practicada.

Criterios de valoración

Las solicitudes serán evaluadas según los siguientes criterios y baremo:

a) Interés científico-técnico del proyecto con el que opta a un programa de la Unión Europea o internacional (40%).

b) Adecuación y viabilidad de las actividades previstas y del presupuesto de las actividades a desarrollar hasta la presentación de la solicitud (20%).

1. Hasta 5 puntos: adecuación del presupuesto a las actividades que se pretenden desarrollar.

2. Hasta 15 puntos: viabilidad de las actividades previstas para la presentación de la solicitud.

c) Calidad, trayectoria y adecuación del grupo o del investigador proponente. En especial se valorarán la competencia y la adecuación del investigador principal y de los miembros del grupo y en el caso de las propuestas individuales a las European Research Council (ERC) Grants, la competencia y adecuación del investigador proponente (40%).

Órganos de tramitación
El órgano instructor, a quien corresponderá la tramitación del procedimiento, será la unidad administrativa superior dependiente de la dirección general competente en materia de política científica e investigación, así como el servicio dependiente de aquella que desempeñe las funciones al efecto.

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Desde 30-11-2024 hasta 19-12-2024

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados a partir de la publicación de la Resolución de convocatoria en el DOGV.

DOGV Núm. 9996 / 29.11.2024

Documentación

La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:

a) Memoria con un planteamiento inicial de la propuesta, que contendrá: resumen del proyecto de investigación, identificación del programa de la Unión Europea u de otro ámbito al que opta y, en su caso, relación de grupos con los que se asocia y estructura del consorcio que conforman.

b) Historial científico-técnico del grupo de investigación, en que consten la trayectoria y méritos del grupo y del investigador principal.

c) Currículum de la persona investigadora proponente cuando se trate de presentación de propuestas individuales a las European Research Council (ERC) Grants (según modelo FECYT: CVN) Instrucción elaboración CV.

d) Cronograma de desarrollo de actividades a realizar con la ayuda solicitada hasta la presentación de la solicitud del proyecto europeo a una convocatoria de un programa de la Unión Europea o de otro programa de ámbito internacional con la distribución del importe requerido en una o dos anualidades.

e) Presupuesto de gasto de las actividades a desarrollar hasta la presentación de la solicitud, con la distribución del importe requerido en una o dos anualidades.

 

A efectos de lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Orden de bases, la memoria y el historial científico-técnico del grupo o el currículum del investigador proponente cuando se trate de presentación de propuestas individuales a las European Research Council (ERC) Grants, se consideran parte integrante y contenido mínimo de la solicitud, por lo que la ausencia o falta de contenido de estos documentos determinará la inadmisión de la misma, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Forma de presentación
Telemática

Ver Enlace "Guía para cumplimentar los formularios telemáticos" en el siguiente apartado INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA". Este trámite requiere autentificación por medio de certificado digital. Paso 1: Descargar las plantillas de los documentos a anexar requeridos por la solicitud para rellenarlos. ...

Saber más

Subsanación

Plazo
Desde 25-03-2025 hasta 07-04-2025

10 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación del Acuerdo de subsanación en la web de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo.

Descripción

Este trámite posibilita la aportación o subsanación de la solicitud por vía telemática y dentro de este mismo procedimiento.

Deberá presentar los documentos que le hayan sido requeridos. También puede presentar cualquier otro que usted considere necesario.

Todo ello de conformidad con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Se realiza de forma telemática a través de la “Presentación autenticada” de este trámite.

La publicación se realizará mediante Acuerdo de la Dirección General competente en materia de Ciencia e Investigación por el que se requiere la subsanación.

Acuerdo de la Dirección General de Ciencia e Investigación, por el que se requiere la subsanación de las solicitudes presentadas a la convocatoria de subvenciones para captación de proyectos europeos u otros programas de carácter internacional (CIAPE 2024) para el ejercicio 2025 -publicado el 24-03-2025-.

Observaciones

En caso de que el interesado no subsane, en el plazo otorgado al efecto, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que serà dictada por la dirección general competente en materia de ciencia e investigación.

Alegación / Aportación

Plazo
Desde 12-03-2025 hasta 26-03-2025

En cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia. Se realiza de forma telemática a través de la “Presentación autenticada” de este trámite.

En el plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación del Acuerdo de solicitudes excluidas en la web de esta conselleria.

Descripción

De conformidad con el artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, tiene derecho a formular alegaciones y a aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, que tendrán que ser tenidos en cuenta por el órgano competente en redactar la propuesta de resolución.

Acuerdo de la Dirección General de Ciencia e Investigación, por el que se publica la relación de solicitudes excluidas presentadas a la convocatoria de subvenciones para la captación de proyectos europeos u otros programas de carácter internacional para el ejercicio 2025 (CIAPE-2024) -publicado el 11-03-2025-.

Documentación

Las entidades solicitantes podrán presentar, a través de su representante legal, el formulario de Autorización y Declaración Centro Investigador, en el que indicarán la relación de solicitudes que tienen autorización para solicitar la subvención. 

Desistimiento

Plazo

En cualquier momento del procedimiento previamente a que se dicte resolución de concesión

Descripción

Todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico,

renunciar a sus derechos.

 

La Administración aceptará de plano el desistimiento o la renuncia, y declarará concluso el procedimiento

salvo que, habiéndose personado en el mismo terceros interesados, instasen éstos su continuación en el plazo

de diez días desde que fueron notificados del desistimiento o renuncia.

 

Todo ello de conformidad con el artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento

administrativo común de las administraciones públicas.

Se realiza de forma telemática a través de la “Presentación autenticada” de este trámite.

Forma de presentación