Subvenciones para la captación de proyectos europeos u otros programas de carácter internacional. APE

Conselleria de Educación, Universidades y Empleo

Código SIA: 211815
|
Código GVA: 16918
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Plazo cerrado

Desde 02-11-2023

Hasta 20-11-2023

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Qué es

Qué es y para qué sirve

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de las subvenciones para fomentar la participación de las personas investigadoras en convocatorias de I+D+I de la Unión Europea y en otras de ámbito internacional

Plazos
SolicitudPlazo cerrado
Desde 02-11-2023 hasta 20-11-2023
SubsanaciónPlazo cerrado
Desde 28-02-2024 hasta 12-03-2024
Observaciones

Podrán ser subvencionables, entre otros, los siguientes conceptos:

a) Gastos de consultoría destinados de manera exclusiva a la preparación de la propuesta, sin que puedan exceder del 30 por ciento de la cuantía total de la subvención concedida del 50 por ciento en casos debidamente justificados que deberán ser autorizados.

b) Gastos de viajes, manutención y alojamiento por asistencia a congresos y conferencias, visitas y estancias breves del personal investigador que formará parte del grupo o del consorcio que suscribirá la solicitud y que deberá figurar en la memoria justificativa del gasto, con los límites que para dichos conceptos estén establecidos en la normativa de la Generalitat sobre indemnizaciones por razón del servicio.

c) Otros gastos necesarios para la preparación y presentación de la propuesta (servicios de traducción, de diseño gráfico y otros servicios similares).

A quién va dirigido

Ciudadanía
Personas interesadas

Las entidades beneficiarias de estas subvenciones serán los centros de investigación de la Comunitat Valenciana.

Requisitos

Con carácter general, salvo en el caso de solicitudes para la presentación de propuestas individuales a las distintas modalidades de las European Research Council (ERC) Grants, las actuaciones objeto de la subvención serán ejecutadas por grupos de investigación, dirigidos por un investigador principal, que actuará como solicitante de la subvención.

El grupo estará formado como mínimo por tres personas investigadoras, una de las cuales tendrá la condición de investigadora principal, que deberá estar en posesión del título de doctor y tener formalizada su vinculación funcionarial, estatutaria o contractual con la entidad beneficiaria. Además, al menos otra persona del grupo deberá estar en posesión del título de doctor.

La entidad solicitante será la responsable de verificar el cumplimiento de las condiciones de titulación, vinculación, compatibilidad, dedicación y cualesquiera otros requisitos exigidos al personal investigador participante, que se establezca en la correspondiente convocatoria, debiendo comunicar cualquier variación en las mismas en un plazo de 10 días a partir de aquel en que se produzca el cambio.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

1. El órgano instructor, de oficio, impulsará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe pronunciarse la resolución, así como para realizar las propuestas de cada fase contable que procedan en ejecución de la misma.

2. Si la solicitud, con el contenido al que se refiere el artículo 14.2 no reuniera los requisitos establecidos en la convocatoria, se requerirá mediante publicación en la página web de la Consellería que ostente la competencia en materia de política científica e investigación, a las entidades o personas solicitantes para que en el plazo de diez días subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, con advertencia de que si no lo hiciesen se les tendrá por desistido de su solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPAC) y en el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Adicionalmente, también podrá comunicarse dicha incidencia por correo electrónico.

3. Durante el período de subsanación no se podrá modificar el objeto y condición de la solicitud presentada.

4. Las notificaciones se realizarán mediante publicación en la página web de la consellería que ostente la competencia en materia de política científica e investigación surtiendo todos los efectos de notificación practicada.

Criterios de valoración

Las solicitudes serán evaluadas según los siguientes criterios y baremo:

a) Interés científico-técnico del proyecto con el que opta a un programa de la Unión Europea o internacional (40%).

b) Adecuación y viabilidad de las actividades previstas y del presupuesto de las actividades a desarrollar hasta la presentación de la solicitud (20%).

1. Hasta 5 puntos: adecuación del presupuesto a las actividades que se pretenden desarrollar.

2. Hasta 15 puntos: viabilidad de las actividades previstas para la presentación de la solicitud.

c) Calidad, trayectoria y adecuación del grupo o del investigador proponente. En especial se valorarán la competencia y la adecuación del investigador principal y de los miembros del grupo y en el caso de las propuestas individuales a las European Research Council (ERC) Grants, la competencia y adecuación del investigador proponente (40%).

Órganos de tramitación
El órgano instructor, a quien corresponderá la tramitación del procedimiento, será la unidad administrativa superior dependiente de la dirección general competente en materia de política científica e investigación, así como el servicio dependiente de aquella que desempeñe las funciones al efecto.

Solicitud

Plazo
Desde 02-11-2023 hasta 20-11-2023

El plazo de presentación de solicitudes será del 2 al 20 de noviembre 2023. (DOGV núm. 9710, de 24/10/2023).

Documentación
La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación: a) Memoria con un planteamiento inicial de la propuesta, que contendrá: resumen del proyecto de investigación, identificación del programa de la Unión Europea u de otro ámbito al que opta y, en su caso, relación de grupos con los que se...
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Forma de presentación
Telemática
Ver Enlace "Guía para cumplimentar los formularios telemáticos" en el siguiente apartado INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA". Este trámite requiere autentificación por medio de certificado digital. Paso 1: Descargar las plantillas de los documentos a anexar requeridos por la solicitud para rellenarlos. ...
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    Subsanación

    Plazo
    Desde 28-02-2024 hasta 12-03-2024

    Plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación del presente acuerdo, para subsanar la falta o acompañar los documentos preceptivos, con advertencia de que si no lo hiciesen se les tendrá por desistidas de su solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la...

    Saber más
    Descripción

    Acuerdo de la Dirección General de Ciencia e Investigación por el que se requiere subsanación de las solicitudes de subvenciones para la captación de proyectos europeos u otros programas de carácter internacional, presentadas al amparo de la Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Conselleria...

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    Resolución

    Plazo máximo
    La resolución de las ayudas convocadas y su notificación se realizará conforme a lo establecido en el artículo 20 de la Orden de bases reguladoras 19/2020 de 1 de octubre. El plazo máximo para resolver las solicitudes presentadas y para la concesión de las subvenciones será de seis meses a...
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    Cuantía y cobro
    La subvención podrá tener una duración de una o dos anualidades en función de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes en la convocatoria europea o de carácter internacional, debiendo solicitarse dos anualidades cuando esta presentación tenga lugar en 2024. En el caso de...
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    Obligaciones
    1. La justificación de las ayudas se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de las bases reguladoras. 2. Además, deberá aportarse la documentación acreditativa de haber participado en la convocatoria del programa de la Unión Europea o de otro ámbito internacional de que se...
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    Observaciones

    Las resoluciones de los procedimientos de concesión de las subvenciones ponen fin a la vía administrativa. Contra las mismas el interesado podrá optar entre interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que las ha dictado, conforme los artículos 112, 123 y 124 de la...

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    Órganos resolución
    Elevada la propuesta de resolución definitiva, la persona titular de la dirección general competente en materia de política científica e investigación, dictará la resolución definitiva del procedimiento, acto que pondrá fín a la vía administrativa y que será notificada a los interesados.