Detalle de procedimiento

Convocatoria de pruebas dirigidas a la obtención de las titulaciones administrativas de Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Valenciano, Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Lenguas Extranjeras y del Diploma de Maestro de Valenciano.

Código SIA : 211842
Código GUC : 17020
Organismo: Conselleria de Educación, Universidades y Empleo
Plazo de solicitud: CERRADO
(30-01-2020
05-02-2020)
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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

- Se convocan pruebas de acceso libre para la obtención de las titulaciones administrativas de Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Valenciano, Certiticado de Capacitación para la Enseñanza en Lenguas Extranjeras y del Diploma de Maestro de Valenciano. - Se establece un número máximo de 7.000 plazas para el conjunto de las titulaciones administrativas para la realización de las pruebas. - Las pruebas se realizarán en las ciudades de Alicante, Castellón de la Plana y Valencia, a excepción de la prueba para la obtención del Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Lengua Extranjera: Francés, que se realizará con carácter general únicamente en la ciudad de Valencia.

Observaciones

Observaciones

ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DE LAS PRUEBAS: 1. Las pruebas serán únicas para cada titulación administrativa y deberán realizarse en la lengua objeto de la certificación, teniendo en cuenta los objetivos y contenidos establecidos en la Orden 17/2013, de 15 de abril, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se regulan las titulaciones administrativas que facultan para la enseñanza en valenciano, del valenciano y en lenguas extranjeras en las enseñanzas no universitarias en la Comunidad Valenciana. 2. La Consellería de Educación, Cultura y Deporte pondrá a disposición de las personas aspirantes, materiales para la preparación de las pruebas reguladas por esta convocatoria en el enlace: http://cefire.edu.gva.es/course/index.php?categoryid=504 3. Todas las pruebas se realizarán según el horario y el calendario que figura en el punto sexto de esta convocatoria, en las sedes que se indicarán unos días antes de la realización de las pruebas en la página web de la Subdirección General de Formación del Profesorado. 4. Para obtener la calificación de apto, las personas participantes deberán superar tanto la parte oral como la parte escrita de las pruebas, ambas de manera independiente. 5. Cuando el personal responsable de la organización de las pruebas observe un acto o conducta indebida, tomará las medidas oportunas que garanticen la correcta realización de las pruebas y lo hará constar en una diligencia acreditativa del incidente. 6. El uso por parte de las personas aspirantes de medios ilícitos en el transcurso de la prueba o la suplantación de personalidad serán sancionados con la calificación de no apto, sin perjuicio de la exigencia de la responsabilidad que corresponda. DESCRIPCIÓN DE LA PRUEBA: 1. Duración de la prueba: - El personal aspirante contará con 2 horas y 30 minutos para realizar la prueba. - Las pruebas se realizarán el 25 de abril y 9 de mayo (según establece el punto sexto de la convocatoria). Después del periodo de confirmación de asistencia a las pruebas y antes de la realización de estas se publicará en la página web de la Subdirección General de Formación del Profesorado un listado donde constará la titulación administrativa de la que se examina el personal admitido que ha confirmado su asistencia, y el lugar de realización de las prueba. 2. Partes de la prueba: 2.1. Parte escrita: - Elaboración de un texto con un mínimo de 250 palabras a escoger entre dos temas propuestos. - Cuestionario de 10 ítems de cuádruple opción de respuesta y 10 ítems de verdadero o falso. 2.2. Parte oral: - Elección, por parte de la persona aspirante, de uno de los dos temas propuestos para exponerlo en voz alta ante el personal examinador. En este apartado la persona podrá elaborar un guión para estructurar su discurso. Se entiende por guión un esquema escrito que contenga los puntos que se van a tratar. - La parte oral no será grabada. - La intervención oral de la persona aspirante tiene que tener una duración de 4/5 minutos. 3. Superación de la prueba: - Se debe superar la parte escrita y la parte oral de forma independiente. CRITERIOS DE EVALUACIÓN: La Comisión de Evaluación establece los requisitos de superación de las pruebas, la puntuación mínima para aprobar, así como los criterios y baremos de la parte oral, y los criterios para la corrección y valoración de la parte escrita. Estos criterios (anexo III de esta convocatoria), son necesarios para conseguir la uniformidad y garantizar la igualdad de las personas aspirantes. *ANEXO III Criterios de evaluación de la prueba: 1. Criterios de evaluación de la parte escrita: 1.1. Texto de 250 palabras: - El texto tiene una valoración máxima de 80 puntos. -- Adecuación: 20 puntos -- Coherencia: 20 puntos -- Cohesión: 20 puntos -- Contenido: 20 puntos - En todas las pruebas de Certificado de Capacitación y de Diploma de Maestro de Valenciano se descontará 1 punto por cada error gramatical u ortográfico cometido. - Los textos que no llegan a la extensión mínima requerida (250 palabras) tendrán una puntuación global de 0 puntos. - Se entiende por palabra cada unidad lingüística que se separa del resto mediante un espacio en blanco en la escritura. 1.2. Cuestionario de 20 ítems: - Cada respuesta acertada valdrá 1 punto. - Cada respuesta errónea descontará: -- Ítems de verdadero o falso: 0,5 puntos -- Ítems de cuádruple opción de respuesta: 0,25 puntos - Cada respuesta en blanco valdrá 0 puntos 1.3. Valoración global de la prueba escrita: - APTO, entre 60 y 100 puntos - NO APTO, entre 0 y 59 puntos 2. Criterios de evaluación de la parte oral: 2.1. La intervención oral tiene una valoración máxima de 30 puntos: - Pronunciación: 3 puntos - Léxico: 3 puntos - Morfosintaxis: 3 puntos - Cohesión y coherencia textual: 3 puntos - Adecuación: 3 puntos - Contenido: 15 puntos 2.2. Valoración global de la prueba oral: - APTO, entre 18 y 30 puntos - NO APTO, entre 0 y 17 puntos CUSTODIA Y DESTRUCCIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN: Los protocolos escritos y las anotaciones del área de expresión oral deberán conservarse, por lo menos, hasta cuatro meses después de la realización de la prueba. En los supuestos de revisión, los exámenes y las anotaciones se conservarán hasta que haya transcurrido el plazo fijado en la resolución o se resuelva el procedimiento contencioso-administrativo. TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN: Los datos personales que contiene el formulario podrán ser incluidos en un fichero para el tratamiento por la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, en el uso de las funciones propias que tiene atribuidas en el ámbito de sus competencias, y se podrá dirigir a cualquier órgano suyo para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, según dispone el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.

Requisitos

Requisitos

1. Criterios de admisión: Se debe cumplir, de manera simultánea, tanto el requisito laboral como el requisito lingüístico. En cuanto a las pruebas para la obtención del Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Lengua Extranjera, no podrán participar los que reúnan los requisitos para impartir enseñanza en dicha lengua extranjera en los niveles educativos no universitarios en la Comunidad Valenciana, bien por la adquisición de la especialidad correspondiente en el cuerpo de maestros, de profesores o catedráticos de Enseñanza Secundaria, o bien por disponer de la titulación y calificación específica para impartir docencia de la lengua extranjera correspondiente en centros privados, ya que, en este caso, de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden 17/2013, de 15 de abril, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan las titulaciones administrativas que facultan para la enseñanza en valenciano, de valenciano y en lenguas extranjeras en las enseñanzas no universitarias en la Comunidad Valenciana, se considerará, a todos los efectos, que el profesorado está capacitado para la enseñanza en esta lengua extranjera en áreas o materias no lingüísticas, siempre que esté en posesión de las otras titulaciones o condiciones académicas y administrativas requeridas para impartir la docencia en dichas áreas o materias. Por tanto, a este profesorado no se le requerirá ni se le expedirá el Certificado de Capacitación para la Enseñanza en la Lengua Extranjera correspondiente. 2. Requisitos laborales: Hay que cumplir cualquiera de los siguientes requisitos: - Ser docente en activo de cualquiera de los cuerpos docentes no universitarios contenidos en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa. - Estar incluido en una bolsa de trabajo docente. - Poder acceder a procedimientos selectivos a los diversos cuerpos docentes. Solo el personal que preste servicios en centros públicos que no sean de titularidad de la Generalitat, en centros privados no sostenidos con fondos públicos u otras administraciones deberá acreditar esta circunstancia por medio de la aportación de una nómina correspondiente a los meses de octubre, noviembre o diciembre de 2019. Se entenderá por nómina válida aquella que contenga la identificación del centro y de la persona interesada, el periodo afectado, ajustado a los plazos especificados más arriba, el puesto de trabajo y el sello del centro. En el caso que no se disponga de nómina por haberse incorporado recientemente al centro educativo se puede aportar copia del contrato laboral, donde deberá constar la fecha de firma igual o posterior a la 1 de septiembre de 2019. En caso de estar inscrito en una bolsa de trabajo docente de una administración diferente de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte de la Generalitat se puede justificar esta circunstancia mediante un certificado emitido por la administración correspondiente. Si se accede por la última opción hay que adjuntar telemáticamente copia de la titulación que da derecho al acceso a procedimientos selectivos a los varios cuerpos docentes (título de Magisterio o equivalente para el cuerpo de maestros o título del Máster de Secundaria o equivalente para los cuerpos docentes de profesores de Enseñanza Secundaria, profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, profesores de Música y Artes Escénicas y profesores técnicos de Formación Profesional). 3. Requisitos lingüísticos previos: - VALENCIANO: Todos los requisitos lingüísticos previos deberán estar registrados en la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià en el momento de presentación de las solicitudes. 3.1. Pruebas para obtener el Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Valenciano: C1 de valenciano o equivalente. 3.2. Pruebas para obtener el Diploma de Maestro de Valenciano: C2 de valenciano o equivalente y Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Valenciano. - LENGUAS EXTRANJERAS: 3.3. Pruebas para obtener el Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Lengua Extranjera: Nivel B2, o superior, del Marco Común Europeo de Referencia en la lengua extranjera correspondiente según lo que se regula en el Decreto 61/2013, de 17 de mayo, del Consejo, por el que se establece un sistema de reconocimiento de la competencia en lenguas extranjeras en la Comunidad Valenciana y se crea la Comisión de Acreditación de Niveles de Competencia en Lenguas Extranjeras (DOCV 7.027, de 20 de mayo de 2012) o en la normativa que la desarrolla. No deben presentar ninguna documentación acreditativa de la competencia lingüística en lengua extranjera: - Los participantes que hayan sido acreditados por resolución definitiva de las direcciones territoriales de Educación, Cultura y Deporte, de acuerdo con aquello previsto por la Resolución de 19 de junio de 2012, de la Subdirección General de Personal Docente de la Consellería de Educación, Formación y Ocupación, por la que se convoca al profesorado de los niveles de enseñanza no universitaria para la acreditación en lenguas extranjeras para impartir áreas, ámbitos, materias o módulos no lingüísticos. - Aquellas personas partitipantes que hayan obtenido la calificación de apto/a en las pruebas finales del Plan Formativo de Competencia Comunicativa en Inglés de los cursos 2012/13, 2013/14, 2014/15 i 2015/16.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos que se establecen en esta convocatoria: - Ser docente en activo de cualquiera de los cuerpos docentes no universitarios mencionados en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa. - Estar incluido en una bolsa de trabajo docente. - Aquellas personas que no reúnan los requisitos anteriores pero cumplan los requisitos para poder participar en los procedimientos selectivos de ingreso en los diversos cuerpos docentes. *Los requisitos se deben cumplir antes de la finalización del plazo de inscripción. *También deberán cumplir los requisitos lingüísticos previos que se establecen para cada caso en los criterios de admisión.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Orden 17/2013, de 15 de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan las titulaciones administrativas que facultan para la enseñanza en valenciano, del valenciano, y en lenguas extranjeras en las enseñanzas no universitarias en la Comunitat Valenciana (DOCV nº 7006, de 18/04/13).
  • Convocatoria de 29 de enero de 2020, de la Secretaría Autonómica de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan pruebas dirigidas a la obtención de las titulaciones administrativas de Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Valenciano, Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Lenguas Extranjeras y del Diploma de Maestro de Valenciano.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

El plazo telemático de presentación de solicitudes será del 30 de enero hasta el 5 de febrero de 2020, ambos incluidos.

Formularios y documentación

- Inscripción telemática. La solicitud estará disponible en la página web de la Subdirección General de Formación del Profesorado: https://ceice.gva.es/va/web/formacion-profesorado/pruebas/cursos-ccdm - Al formulario de solicitud se deberá adjuntar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos que figuran en los anexos de esta convocatoria, siempre que no estén ya en poder de la administración. - Solo se tomará en consideración aquella documentación justificativa que sea alegada durante el plazo telemático de presentación de solicitudes. - Cualquier información omitida por la persona interesada no podrá ser enmendada ni invocada por esta a efectos de futuras reclamaciones, ni considerar por este motivo lesionados sus intereses y derechos.

Presentación

Presentación

Telemática
La solicitud estará disponible en la página web de la Subdirección General de Formación del Profesorado.

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

INSCRIPCIÓN: 1. Todas las personas interesadas en participar deben cumplimentar telemáticamente la solicitud adjuntando los documentos que correspondan en cada caso. Esta estará disponible en la página web de la Subdirección General de Formación del Profesorado https://ceice.gva.es/va/web/formacion-profesorado/pruebas/cursos-ccdm 2. Las personas solicitantes solo podrán presentarse a un máximo de dos titulaciones administrativas diferentes, y en ningún caso podrán presentar más de una solicitud para una misma titulación administrativa. 3. La presentación de más de una solicitud por una misma titulación administrativa, comportará la exclusión de la persona aspirante del procedimiento. LISTA PROVISIONAL Y DEFINITIVA: La lista provisional de solicitudes admitidas y no admitidas se hará pública en la página web de Formación del Profesorado a partir del día 6 de marzo de 2020. Las personas excluidas podrán presentar alegaciones por correo electrónico hasta el 15 de marzo de 2020 a las 24h. La lista provisional contendrá las solicitudes admitidas, las solicitudes en las que se tiene que aporar telemáticamente documentación justificativa y las solicitudes no admitidas, a efectos de posibles enmiendas. Esta lista estará condicionada a la comprobación del cumplimiento de los requisitos para las personas que tengan que aportar documentación. En el caso que no se aporte documentación o que esta se aporte incorrectamente se procederà a excluir la solicitud de participación en las pruebas. La lista definitiva de solicitudes admitidas y no admitidas con el lugar de realización de las pruebas se publicará a partir del 26 de marzo de 2020 en la página web de la Subdirección General de Formación del Profesorado. CONFIRMACIÓN DE LA ASISTENCIA A LAS PRUEBAS: Todas las personas participantes que resulten admitidas en el proceso de inscripción deberán confirmar la asistencia mediante el enlace que se habilitará para tal efecto en la página web de Formación del Profesorado. El periodo de confirmación será del 27 de marzo hasta el 5 de abril de 2020 a las 24 horas. La no confirmación de la asistencia se entenderá como renuncia a la realización de la prueba, y en consecuencia, la persona quedará excluida. A partir del día 8 de abril se publicarán los listados de las personas participantes que han confirmado la asistencia a las pruebas en la página web de Formación del Profesorado de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte. Las pruebas se realizarán los días siguientes: - Para las titulaciones administrativas del Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Valenciano y Diploma de Maestro de Valenciano la prueba se realizará el día 25 de abril de 2020 a las 9:30 horas. - Para las titulaciones administrativas del Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Lenguas Extranjeras las pruebas se realizarán el día 9 de mayo de 2020 a las 9:30 horas. ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD: Se adoptarán las medidas necesarias para que las personas aspirantes con discapacidad tengan las mismas oportunidades para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. Las personas participantes con discapacidad o diversidad funcional deberán hacerlo constar en la solicitud telemática de participación a las pruebas, a la que deberán adjuntar, con la documentación requerida en el anexo I, informe de adaptación de tiempo y/o medios expedido por la Conselleria de Bienestar Social y que justifique la adaptación solicitada, sin que puedan ser eximidos de la realización de ninguna de las áreas de la prueba. En todo caso, los criterios de evaluación serán los mismos que se aplicarán al resto de personas aspirantes. IDENTIFICACIÓN DE LAS PERSONAS ASPIRANTES: Las personas aspirantes deben llevar a la prueba un documento oficial de identidad, pasaporte o permiso de conducción que permita la identificación unívoca. Las personas responsables de la organización de la prueba podrán requerir, en cualquier momento, la identificación del personal aspirante, que deberà acreditar su personalidad mediante la exhibición del documento oficial de identidad, pasaporte o permiso de conducción, sin que sean válidas las copias de estos documentos. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS: 1. Una vez realizadas las pruebas, se hará pública la lista provisional del personal aspirante con la calificación de o de en el siguiente enlace: https://ceice.gva.es/es/web/formacion-profesorado/pruebas/cursos-ccdm 2. Se podrá interponer alegaciones por registro de entrada de la Conselleria d'Educació, Cultura i Esport, los registros de las Direcciones Territoriales de Educación de Alicante, Castelló y València, o bien mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la ley 39/2015 de 1 de octubre del procedimiento adimistrativo común de las administraciones públicas en el plazo de 10 días naturales a contar desde el día siguiente al día de la publicación de la lista provisional de resultados. 3. Las alegaciones serán resueltas en el plazo de dos meses desde la finalización del periodo de presentación, transcurrido el cual se considerarán desestimadas las no resueltas y se considerarán definitivos los resultados no enmendados. COMISIÓN TÉCNICA DE REVISIÓN: 1. Se constituirá una comisión técnica de revisión de las pruebas integrada por la persona titular del Servicio de Planificación y Gestión de la Formación Permanente del Profesorado, dos personas técnicas del Servicio de Planificación y Gestión de la Formación Permanente del Profesorado y dos personas funcionarias designadas por la Secretaría Autonómica de Educación e Investigación, una de las cuales actuará como secretario/a .No podrán formar parte de esta comisión las personas evaluadoras de la parte oral o las personas correctoras de la parte escrita responsables de la calificación contra la que se recurre. 2. La comisión procederá, si hace falta, a una segunda corrección, para la que podrá contar con asesoramiento externo. 3. La comisión emitirá un informe, con propuesta de resolución, sobre la modificación o la confirmación de la calificación contra la que se recurre. Este informe se enviará al correo electrónico de la persona que presenta la correspondiente alegación. 4. El presidente o presidenta de la Comisión de Evaluación podrá, en todo momento, rectificar de oficio los errores materiales o aritméticos detectados que se deduzcan de los expedientes, y modificar las actas y los registros informáticos correspondientes a los errores detectados. EXPEDICIÓN DE LAS TITULACIONES ADMINISTRATIVAS: Una vez publicadas las listas definitivas de personas aptas, se emitirán de oficio las titulaciones administrativas correspondientes a las pruebas superadas a las que hace referencia esta convocatoria. Respecto al certificado de Capacitación en Lenguas Extranjeras, las personas aptas que no tengan acreditada la competencia lingüística por resolución definitiva de las direcciones territoriales de Educación, Cultura y Deporte deberán presentar la titulación de dicha competencia lingüística por registro de entrada dirigida a la Subdirección General de Formación del Professorado, para la emisión de la titulación administrativa correspondiente. Las titulaciones se enviarán a la cuenta de correo docente gva del personal participante. En el caso de que no se disponga de este correo docente se enviará a la cuenta de correo que se hizo constar en la inscripción de participación..

órganos de tramitación

órganos de tramitación

Órganos resolución

Órganos resolución

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa

No