Solicitud de certificado ADR especial para importación de cisternas, vehículos batería, EXII y EXIII o MEMU. Industria - GVA.ES
Solicitud de certificado ADR especial para importación de cisternas, vehículos batería, EXII y EXIII o MEMU. Industria
Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Qué es
La obtención de un certificado ADR especial para la importación de los vehículos-cisternas fijas o desmontables y los vehículos batería, así como, en su caso, vehículos EXII y EXIII y MEMU, trasladados a España de otro país parte contratante del ADR o no, con registro de tipo extranjero, para...
A efectos del Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero, se entenderá por:
a) ADR: el Acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera, celebrado en Ginebra el 30 de septiembre de 1957, con sus modificaciones.
b) Mercancías peligrosas: Aquellas materias y objetos cuyo transporte por carretera está prohibido o autorizado exclusivamente bajo las condiciones establecidas en el ADR o en otras disposiciones específicas.
c) Transporte: El realizado en vehículos automóviles, que circulen sin camino de rodadura fijo, por toda clase de vías terrestres urbanas o interurbanas, de carácter público, y asimismo de carácter privado, cuando el transporte que en los mismos se realice sea público.
Están consideradas como operaciones de transporte las actividades de carga y descarga de las mercancías en los vehículos y la transferencia entre modos de transporte así como las paradas y estacionamientos que se realicen por las circunstancias del transporte.
Los conductores que, de acuerdo con lo dispuesto en el ADR, necesiten una formación específica, deberán proveerse de una autorización especial que le habilite para ello, la cual será expedida por la Jefatura Provincial de Tráfico en la que se solicite conforme se determina en el Reglamento General de Conductores, aprobado por Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo, y disposiciones complementarias. Dicha autorización especial será equivalente al certificado de formación previsto en el ADR.
Serán de aplicación a los conductores de vehículos que transporten mercancías peligrosas las normas que, sobre límites de velocidad, establece la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
- Orden de 20 de septiembre de 1985, sobre normas de construcción, aprobación de tipo, ensayos e inspección de cisternas para el transporte de mercancías peligrosas (BOE 27/09/1985).
- Orden de 17 de marzo de 1986, por la que se dictan normas para la homologación de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas (BOE núm. 77, de 31/3/1986).
- Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria (BOE núm. 176, de 23/07/1992).
- Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de infraestructura para la calidad y seguridad industrial (BOE núm. 32, de 06/02/1996).
- Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español (BOE núm. 50 de 27/02/2014).
A quién va dirigido
Organismos de control acreditados conforme a la norma UNE-EN/IEC17020, sobre criterios generales para el funcionamiento de los diversos organismos que realizan inspección, y que cumplan con los requisitos adicionales establecidos en los apartados I, II, III y IV, según el caso, del anejo 6 del...
- El propietario o importador debe estar radicado en la Comunitat Valenciana.
- El organismo de control debe estar habilitado para actuar en el ámbito reglamentario del Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español.
Cómo se tramita
1. PRESENTACIÓN DE FORMA TELEMÁTICA por el organismo de control de la solicitud y de la documentación que debe acompañarla ante la Conselleria competente en materia de Industria.
2. Si la solicitud y toda la documentación presentada es completa y correcta, la Dirección General con competencias en materia de industria de la citada Conselleria emitirá el certificado ADR especial y lo notificará telemáticamente al organismo de control solicitante.
En el caso de no presentación u omisión de alguno de los documentos que se han de presentar, la Administración realizará un requerimiento con un plazo de díez días para presentar o subsanar la documentación.
03001 - Alacant/Alicante
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
Durante todo el año y siempre previamente a la matriculación del vehículo en España.
1.- El organismo de control solicitante deberá presentar telemáticamente la SOLICITUD de certificado ADR especial, según modelo normalizado denominado SOLIMADR disponible como impreso asociado a este trámite y también en el trámite telemático.
2. DOCUMENTACIÓN
La solicitud deberá acompañarse de los siguientes documentos FIRMADOS, SELLADOS y en formato electrónico:
A) DOCUMENTACIÓN GENERAL
A.1 - Justificante del pago de la tasa
A.2 - Certificado ADR vigente (según modelo oficial del ADR)
A3 - Certificado o copia autorizada de la aprobación de tipo por la autoridad competente u organismo autorizado del país de origen donde se fabrica.
A.4 - La siguiente documentación del fabricante:
A.4.1. Vehículos SIN marcado TT:
a) Memoria original ymemoria descriptiva completa en español
b) Cálculos (según el código de cálculo utilizado), normas técnicas del ADR y características de los materiales, acompañando un certificado de los materiales de la cisterna.
c) Planos del conjunto y planos de detalles de los equipos de servicio y protección, bocas de hombre y de inspección, así como de las secciones y alzado de los rompeolas y mamparos.
d) Memoria original y memoria de los equipos de servicio en español.
e) Croquis de inspección de soldaduras y coeficiente empleado para el cálculo posterior de los espesores de fondos y virolas, mamparos o rompeolas, en su caso.
f) De acuerdo con el ADR, listas de materiales a solicitar y código de la cisterna, en su caso.
g) Actas de todos los ensayos, de materiales, radiografías de soldaduras, pruebas hidráulicas y de estanquidad y calibrado y tarado de los equipos de servicio.
h) Acta de inspección de la cisterna, emitida por un organismo de control español, con medición de espesores siempre que sea posible, firmada y sellada.
A.4.2. Vehículos CON marcado TT:
Los vehículos con marcado TT, según el Real Decreto 1388/2011, de 14 de octubre, sólo deberán presentar los siguientes documentos:
- Acta de inspección de la cisterna, emitida por un organismo de control español, con medición de espesores siempre que sea posible, firmada y sellada.
- Documentación que acredite la disposición del marcado TT.
B) DOCUMENTACIÓN ADICIONAL
En el caso de vehículos -cisternas fijas o desmontables, vehículos batería o MEMU de 4 bares o más, deberá presentarse, ADEMÁS, el manual de calidad del fabricante informado favorablemente por un organismo de control español.
NOTAS:
1. Todas las hojas de los documentos anteriores deben estar ordenadas y unidas en un conjunto o proyecto técnico, selladas todas sus hojas por el fabricante o importador y por el organismo de control extranjero que controló e inspeccionó la construcción e hizo la prueba hidráulica inicial.
2. La ausencia de alguno de los documentos citados dará lugar a la no emisión del certificado ADR por la autoridad competente.
3. Ver lo que se indica en el apartado "¿Cómo se tramita telemáticamente?. Información de tramitación" del presente trámite.
4. Una copia del certificado ADR se remitirá al Registro de Contraseñas de Tipo del Ministerio competente.
5. La documentación de transporte prevista en el ADR deberá estar redactada en español sin perjuicio de la utilización de otras lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas.
Tasas 2025:
4.5.2 - Certificado técnico: 16,20 euros
Puede acceder al pago de la tasa por internet en el enlace que figura a continuación.
1. De conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la presentación de la solicitud y de la documentación anexa requerida SÓLO puede realizarse MEDIANTE EL CORRESPONDIENTE TRÁMITE TELEMÁTICO, cuyo enlace directo acaba de...
Resolución
Recurso de alzada ante la persona titular de la Conselleria competente en materia de industria, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación, si el acto fuera expreso, o en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del...
46018 - València/Valencia
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