Detalle de procedimiento

Solicitud de certificado de conformidad de tipo de vehículos especiales para el transporte terrestre de productos alimentarios a temperatura regulada (ATP). Industria.

Código SIA : 211899
Código GUC : 17270
Organismo: Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

La obtención de un certificado de conformidad para los vehículos especiales procedentes de otro país parte contratante del ATP (transporte terrestre de productos alimentarios a temperatura regulada). Todos los vehículos especiales matriculados en otro país firmante del Acuerdo ATP, deberán llevar a bordo durante la operación de transporte, el certificado de conformidad. La emisión de dicho certificado será realizada por el órgano competente en materia de industria de la Comunidad Autónoma.

Observaciones

Observaciones

1. Se entenderá como vehículo especial, los vagones, camiones, remolques, semirremolques, contenedores, cajas móviles y otros vehículos análogos, isotermos, refrigerantes, frigoríficos o caloríficos utilizados de conformidad con la Reglamentación técnico-sanitaria sobre condiciones generales de transporte terrestre de alimentos y productos alimentarios a temperatura regulada, aprobada por Real Decreto 2483/1986, de 14 de noviembre. 2. Solo se permitirá a un vehículo especial ser puesto o mantenido en servicio cuando haya sido sometido a las inspecciones iniciales, periódicas y excepcionales que se establecen en el ATP y en el Real Decreto 237/2000, de 18 de febrero.

Requisitos

Requisitos

- El mandatario del fabricante extranjero debe estar radicado en la Comunitat Valenciana. - El organismo de control debe estar autorizado para actuar en el ámbito reglamentario del citado Real Decreto 237/2000, de 18 de febrero.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Los organismos de control acreditados conforme a la norma EN 45.004, autorizados y notificados según se dispone en la sección 1ª del capítulo IV del Reglamento de infraestructura para la calidad y seguridad industrial (aprobado por Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre), que cumplan los requisitos adicionales establecidos en el anejo 3 del Real Decreto 237/2000, de 18 de febrero, por el que se establecen las especificaciones técnicas que deben cumplir los vehículos especiales para el transporte terrestre de productos alimentarios a temperatura regulada y los procedimientos para el control de conformidad con las especificaciones, y puedan actuar en la comunidad autónoma (en este caso en la Comunitat Valenciana) donde esté radicado el mandatario del fabricante extranjero.

Enlaces

Enlaces

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Durante todo el año.

Formularios y documentación

El organismo de control solicitante deberá presentar TELEMÁTICAMENTE la siguiente documentación: 1. SOLICITUD de certificado de conformidad de tipo para unidad especial isoterma, refrigerante, frigorífica o calorífica, trasladada a España de otro país parte contratante del ATP (transporte terrestre de productos alimentarios a temperatura regulada), según modelo normalizado denominado SOLIMATP, disponible como impreso asociado a este trámite y también en el trámite telemático. 2. DOCUMENTACIÓN. La solicitud deberá acompañarse de los siguientes documentos FIRMADOS, SELLADOS y en formato electrónico: - Justificante del pago de la tasa - Copia del acta de ensayo del vehículo o del acta de ensayo del vehículo de referencia. - Copia del certificado ATP en vigor, expedido por la autoridad del país de fabricación o de matriculación. - Especificación técnica del vehículo, que contenga los mismos conceptos descritos en las páginas del acta de ensayo y esté redactada en alguna de las tres lenguas oficiales. - Copia del acta de ensayo del equipo de frio. - Copia del acta de conformidad de un vehículo especial con el tipo (según formato del RD 237/2000). - Ficha de características (según formato del RD 237/2000). - Facsimil de la placa del fabricante (según formato del RD 237/2000).

Tasa o pago

Tasa o pago

Tasas 2024: 4.5.2 - Certificado técnico: 16,20 euros Puede acceder al pago de la tasa por internet en el enlace que figura a continuación.

Presentación

Presentación

Telemática
1. De conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la presentación de la solicitud y de la documentación anexa requerida SÓLO puede realizarse MEDIANTE EL CORRESPONDIENTE TRÁMITE TELEMÁTICO, cuyo enlace directo acaba de indicarse. 2. Para presentar esta solicitud mediante la tramitación telemática, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), compatible con la plataforma telemática de la Generalitat (más información en https://sede.gva.es/es/sede_certificados). En el caso de utilizar un certificado digital de persona física actuando en representación de una persona jurídica, se deberá inscribir previamente en el Registro de Representantes ante la Generalitat para la realización de trámites por vía telemática, cuya información está disponible: - En http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=17168&version=amp - Y en http://regrep.accv.es/accv_repr/zonarep/index.html/ 3. Pinchando en los enlaces "Tramitar con certificado", accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web inicial, anexar la documentación que deba aportarse y realizar la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro. 4. Respecto a los documentos a presentar junto con la solicitud: - Es recomendable que, en primer lugar, reuna todos los documentos a presentar y los guarde electrónicamente en su ordenador, de modo que posteriormente pueda incorporarlos en el paso correspondiente del trámite telemático. - IMPORTANTE: todos los documentos certificados o firmados que se presenten telemáticamente deberán ser enviados en formato PDF y tendrán que incorporar las firmas digitales de las personas o entidades que los suscriban. Para ello la autoridad certificadora de la Comunitat Valenciana ofrece un servicio gratuito de firma de documentos PDF. Acuda a http://www.accv.es para más información al respecto. No obstante, hay más sistemas válidos de firma de documentos pdf que puede utilizar. - En este trámite de la Guía Prop: * En el apartado denominado "¿Qué documentación se debe presentar?" aparece el listado de documentos a presentar (solicitud y documentación que debe acompañarla). * Y en el apartado "Impresos Asociados" (además de en el propio trámite telemático) existen modelos normalizados y rellenables de todos o algunos de esos documentos, según el caso. Si existe modelo normalizado el documento deberá presentarse en él. Sin embargo, aquellos documentos para los que no exista modelo normalizado deberán ser creados o recabados por la persona solicitante para poderlos adjuntar a su solicitud telemática.

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

1. PRESENTACIÓN DE FORMA TELEMÁTICA por el organismo de control de la solicitud y toda de la documentación que debe acompañarla ante la Conselleria competente en materia de Industria. 2. Recibida la solicitud y la documentación presentada en la Dirección General con competencias en materia de industria de la citada Conselleria: a) Si la solicitud y toda la documentación son completas y correctas, la mencionada Dirección General emitirá el certificado ATP y lo notificará al organismo de control solicitante. b) Si la solicitud y/o la documentación no son completas y/o correctas, la citada Dirección General remitirá un requerimiento al organismo de control para que en el plazo de díez días proceda a su subsanación. Si realiza la subsanación, se procederá según lo indicado en el apartado a). Si no la realiza, se resolverá el archivo del expediente.

órganos de tramitación

órganos de tramitación

Observaciones

Observaciones

Recurso de alzada ante la persona titular de la Conselleria competente en materia de industria, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación, si el acto fuera expreso, o en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo, de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Órganos resolución

Órganos resolución

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa