Solicitud de copias de un expediente o acceso a la documentación de un expediente de una fundación inscrita en el Registro de Fundaciones de la Comunitat Valenciana - GVA.ES
Solicitud de copias de un expediente o acceso a la documentación de un expediente de una fundación inscrita en el Registro de Fundaciones de la Comunitat Valenciana
Qué es
Solicitud de copias de un expediente o acceso a la documentación de un expediente de una fundación inscrita en el Registro de Fundaciones de la Comunitat Valenciana.
- Ley 8/1998, de 9 de diciembre, de la Generalitat, de Fundaciones de la Comunitat Valenciana (DOGV nº 3.391, de 11/12/1998).
- Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones (BOE nº 310, de 27/12/2002)
- Decreto 68/2011, de 27 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de la Comunitat Valenciana (DOCV nº 6.534, de 02/06/2011).
- LEY 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas (DOGV nº 8202 de 30-12-2017)
- LEY 8/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2022 (DOGV nº 9247 de 31-12-2021)
- LEY 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas (DOGV 8202 de 30-12-2017)
- Decreto Ley 2/2022, de 22 de abril, del Consell para la reducción temporal del importe de las tasas propias y precios públicos de la Generalitat para hacer frente al impacto de la inflación (DOGV 9327 de 28-04-2022)
A quién va dirigido
Cómo se tramita
46018 - València/Valencia
Formularios
Solicitud
Durante todo el año.
- Impreso de solicitud.
- Modelo 046, acreditativo del pago de la tasa correspondiente, por importe de 0,10 euros (por hoja). La falta de dicha acreditación dará lugar al desistimiento de la solicitud presentada.
Formularios
Tasas 2023
SUJETO OBLIGADO AL PAGO
Son sujetos obligados al pago de la tasa las fundaciones, inscritas en el Registro de Fundaciones de la Comunitat Valenciana, u otras personas, que presenten cualquier solicitud de inicio de alguno o algunos de los procedimientos a que se refiere el título XXX, capítulo II de la LEY 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas (DOGV 8202 de 30-12-2017).
CUANTÍA
Emisión de copias de un expediente: 0,09 euros (por hoja) (cuando la emisión sea en papel o que conlleve la transformación de la información a un formato distinto)
(Tasa vigente del 1 de enero al 31 de agosto de 2023, por aplicación del Decreto Ley 19/2022, de 30 de diciembre, del Consell)
FORMA DE PAGO
La tasa se devengará cuando se preste el correspondiente servicio. No obstante, su pago se exigirá por anticipado, mediante autoliquidación, en el momento en que se formule la solicitud, salvo en el supuesto de emisión de copias, en el que la tasa se abonará en el momento de la entrega al solicitante.
La tasa se abonará a través de la cumplimentación del correspondiente modelo 046: tasa de la Conselleria de Gobernación y Justicia, número 9846, tasas por servicios relacionados con fundaciones.
- Ver el Decreto 68/2011, de 27 de mayo
- Ver LEY 8/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2022 (DOGV nº 9247 de 31-12-2021)
- Ver la Ley 8/1998, de 9 de diciembre (texto consolidado)
- Decreto Ley 2/2022, de 22 de abril, del Consell para la reducción temporal del importe de las tasas propias y precios públicos de la Generalitat para hacer frente al impacto de la inflación (DOGV 9327 de 28-04-2022)
- Ver LEY 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas (DOGV nº 8202 de 30-12-2017)
- LEY 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas (DOGV 8202 de 30-12-2017)
Resolución
Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre de 2015).
46018 - València/Valencia
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