Solicitud de acceso, modificación o prórroga de los conciertos educativos en la Comunitat Valenciana realizada durante el mes de enero de 2024.

Conselleria de Educación, Universidades y Empleo

Código SIA: 210991
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Código GVA: 1780
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Plazo cerrado

Desde 01-01-2024

Hasta 31-01-2024

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Qué es

Qué es y para qué sirve

Se tramitarán solicitudes de:

 

1. Acceso al régimen de concierto a partir del curso 2024-2025.

2. Modificación o prórroga del concierto suscrito en el curso 2023-2024.

 

Las enseñanzas susceptibles de solicitud son:

 

1. Concierto general:

- Segundo ciclo de Educación Infantil

- Educación Primaria y E.E. Inclusión Primaria

- Educación Secundaria Obligatoria y E.E. Inclusión Secundaria

- Ciclos Formativos de Grado Básico

- Educación Especial.

2. Concierto singular:

- Bachillerato.

- Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio y Superior

Plazos
SolicitudPlazo cerrado
Desde 01-01-2024 hasta 31-01-2024
Normativa

A quién va dirigido

Ciudadanía
Empresas
Administración
Personas interesadas

Podrá presentar solicitud únicamente la persona física representante de la titularidad o la persona física titular del centro docente privado que así conste en los registros de esta Conselleria.

 

En caso de incidencias con la representación, la persona interesada acudirá a la DIRECCIÓN TERRITORIAL de su provincia para actualizar los datos de representación, donde también deben dirigirse para consultas o dudas en la presentación de la solicitud.

Requisitos

1. Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, según lo establecido en los artículos 22 y 23 del Reglamento general de subvenciones.

 

2. Disponer de autorización administrativa de las unidades solicitadas y cumplir con las ratios de alumnado por unidad escolar que se determinen en cada caso.

 

3. Disponer de autorización de apertura y funcionamiento al menos cinco años antes de la solicitud de incorporación al régimen de conciertos.

 

4. Los centros de nueva creación que impartan las enseñanzas comprendidas en la educación básica, deberán haber indicado en la solicitud de autorización de apertura y funcionamiento la manifestación expresa de la voluntad de acogerse al régimen de conciertos, de conformidad con el art. 28 del Reglamento de normas básicas sobre conciertos educativos.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

La persona interesada realizará la solicitud telemática y anexará la documentación correspondiente.

 

Es competencia de las Direcciones Territoriales revisar la documentación y, si es el caso, requerir la subsanación de deficiencias.

 

Esta fase finaliza con el informe de la Dirección Territorial, que se elevará a la Dirección General de Centros Docentes.

 

La DG de Centros Docentes recabará los informes necesarios de las direcciones generales competentes, que valorarán la documentación aportada.

 

La DG de Centros Docentes notificará a las personas interesadas mediante la publicación en la web de la propuesta del concierto educativo.

 

Una vez publicada la propuesta del concierto en la web se iniciará un trámite de audiencia a la persona interesada para alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes. Las alegaciones serán resueltas mediante resolución de la persona titular de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, que será notificada mediante su publicación en el DOGV.

 

Posteriormente, las Direcciones Territoriales podrán requerir a la titularidad para aportar la documentación requerida, por los mismos medios electrónicos del procedimiento, en un plazo no superior a diez días.

 

Los conciertos se formalizarán en un documento administrativo electrónico, que serán firmados por la persona representante de la titularidad del centro y el director o directora territorial correspondiente, por los mismos medios electrónicos utilizados.

 

Las modificaciones de concierto establecido por la resolución publicada serán resueltas en posteriores resoluciones complementarias y publicadas en el DOGV, sin perjuicio de las notificaciones a la persona interesada que procedan.

Solicitud

Plazo
Desde 01-01-2024 hasta 31-01-2024

Durante el mes de enero de 2024 (DOGV nº 9751 de 22/12/2023)

Documentación
La documentación que debe anexarse a la solicitud de concierto será la siguiente: 1) En solicitudes de acceso al concierto educativo: a) Breve memoria explicativa, si procede, sobre las circunstancias que dan preferencia para acogerse al régimen de conciertos educativos, redactada en los...
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Forma de presentación
Telemática
La persona física o jurídica solicitante ha de disponer de firma electrónica avanzada por cualquiera de los sistemas admitidos en la Sede Electrónica de la Generalitat (https://sede.gva.es/es/sede_certificados). En caso de no poder acceder al formulario de solicitud por no estar reconocida como...
Saber más

    Resolución

    Observaciones

    De conformidad con lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa,...

    Saber más
    Órganos resolución
    Conselleria de Educación, Universidades y Empleo

    Preguntas frecuentes

    Dudas sobre el trámite
    Dónde consultar dudas sobre el trámite:

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    MATERIAS

    • Ciudadanía
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