Becas IVACE E+E - Exportación y empleo 2022 (personas solicitantes de beca) - GVA.ES
Becas IVACE E+E - Exportación y empleo 2022 (personas solicitantes de beca)
Organismo: INSTITUTO VALENCIANO DE COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL (IVACE)
Plazo de solicitud:
CERRADO
(22-07-2022
–
30-09-2022)
Información básica
Solicitud
Tramitación
Resolución
Mostrar todo
Ocultar todo
Información básica
¿Qué es y para qué le sirve?
Dotar a las empresas y entidades de la Comunitat Valenciana de personal cualificado y especializado en comercio exterior mediante la formación y especialización profesional de técnicos/as de ciclos formativos de grado medio y superior, así como mediante la realización de prácticas sobre distintos aspectos relacionados con la operativa de comercio exterior.
Observaciones
* NÚMERO DE PLAZAS Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
El número de becas que se convocan a través de la presente Resolución es de veinte (20), procediéndose a su adjudicación en régimen de concurrencia competitiva con arreglo a lo dispuesto en la presente resolución y en las bases que las regulan aprobadas por la Orden de 16/2016, de 12 de septiembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
* DURACIÓN DEL PROGRAMA
La duración máxima de la beca, siempre que exista crédito adecuado y suficiente en los ejercicios 2023 y 2024, será de doce meses, previa aceptación de la misma a través del correspondiente documento. No obstante, el IVACE se reserva la facultad de reducir la duración de la beca si las circunstancias derivadas de cualquier situación excepcional impiden garantizar la salud y seguridad de las personas becadas.
* PROGRAMA DE BECAS
1. IVACE validará -y en su caso, elaborará- con la entidad de destino correspondiente, un programa formativo con una duración máxima de doce meses consistente en la realización de prácticas en comercio exterior. Podrán ser entidades de destino:
a) Empresas de la Comunitat Valenciana que se encuentren en cualquier fase del proceso de exportación y/o internacionalización de sus productos o servicios.
b) Asociaciones o Federaciones Sectoriales de la Comunitat Valenciana.
2. El programa formativo se ejecutará con el objetivo final de capacitar en materia de internacionalización empresarial a las personas beneficiarias de las becas. Una persona designada como tutora por la entidad de destino realizará el seguimiento y evaluación y se responsabilizará de la formación de la persona becada.
3. Junto con la formación práctica en cualquiera de los destinos adjudicados, se desarrollará una formación teórica consistente en la realización de dos cursos:
? Curso de Gestión Operativa del Comercio Exterior, o de cualquier otra materia relacionada con la beca, de 200 horas de duración.
El objetivo de este curso es proporcionar una visión global del entorno económico, de las ventajas competitivas que conlleva la exportación, así como de las distintas operativas para facilitar la venta al exterior, además del entorno institucional involucrado en la promoción exterior de las empresas de la Comunitat Valenciana. El curso incluirá, necesariamente, las siguientes materias:
? Módulo Nuevo Entorno Internacional
? Módulo marco de la Unión Europea y el mercado único europeo
? Módulo de Marketing operativo Internacional
? Módulo de Marketing Digital
? Módulo de formas de pago y cobro en el comercio exterior
? Módulo de Logística y transporte del comercio exterior
? Módulo de tipos de contratos internacionales
? Módulo operativa de exportación
? Módulo de Sensibilización Ambiental y economía circular.
? Módulo de Igualdad de Oportunidades y paridad, clave para la rentabilidad de la empresa internacional.
Será requisito indispensable para obtener el certificado de aprovechamiento de la beca la superación con éxito del Curso de Gestión Operativa del Comercio Exterior y de cualquier otro curso o actividad formativa organizada por el IVACE.
? Curso de English for International Trade de 40 horas de duración.
La no superación de ambos cursos podrá suponer el reintegro total o parcial de la dotación económica percibida, así como la no obtención del certificado de aprovechamiento de la beca.
Requisitos
PERSONAS ASPIRANTES A LA BECA
a) Haver nascut a la Comunitat Valenciana, o bé ser nacional d'un estat membre de la Unió Europea i resident a la Comunitat Valenciana des d'almenys dotze mesos abans de la data de publicació de la convocatòria en la Base de Dades Nacional de Subvencions; a l'efecte del còmput d'aquest termini no es tindrà en compte la interrupció del període de residència per raons d'estudi degudament acreditades.
b) Estar inscrites com a persones beneficiàries en el Fitxer del Sistema Nacional de Garantia Juvenil del Ministeri de Treball i Economia Social (https://garantiajuvenil.sepe.es), en el moment de sol·licitud de la beca, i dos dies abans de la proposta de la seua adjudicació.
c) Tindre menys de 30 anys el dia 30 de setembre de 2022, data en la qual finalitza el termini de presentació de sol·licituds.
d) Estar en possessió d'una titulació tècnica de cicle formatiu de grau superior o mitjà, totes dues relacionades amb les famílies professionals d'Administració i Gestió de l'empresa i/o Comerç i Màrqueting. En el supòsit de titulació obtinguda en qualsevol país diferent d'Espanya, aquesta titulació haurà d'anar acompanyada de l'homologació pel Ministeri d'Educació i Formació Professional, corresponent al nivell exigit en la present convocatòria.
e) Coneixement parlat i escrit de l'idioma anglés, i domini d'alguna de les llengües oficials de la Comunitat Valenciana en el cas que no posseïsquen la nacionalitat espanyola; aquests requisits s'acreditaran a través de la realització de proves -i entrevista en el cas de les llengües oficials de la Comunitat Valenciana- dutes a terme en el procés de selecció.
f) No haver gaudit o percebut cap prestació en concepte de beca dirigida a l'especialització en temes relacionats amb el comerç exterior i/o internacionalització, concedida per administracions públiques, cambres de Comerç, o altres organismes de promoció comercial, amb independència de la procedència del seu finançament.
g) No estar afectada per limitació alguna incompatible amb el desenvolupament funcional o geogràfic de la beca.
h) No tindre antecedents penals o estar incurses en cap causa penal que impedisca el desenvolupament funcional o geogràfic de la beca.
i) Trobar-se al corrent en les seues obligacions fiscals i amb la Seguretat Social.
j) No incórrer en cap de les causes de prohibició per a ser beneficiàries previstes en l'article 13.2 de la Llei 38/2003, de 17 de novembre, general de subvencions.
¿Quién puede solicitarlo?
Los interesados deberán reunir estos requisitos mínimos para acceder a las becas:
Normativa del procedimiento
- Orden 16/2016, 12 de septiembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo por la que se establecen las Bases Reguladoras para la concesión de becas por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) en materia de Internacionalización (DOCV núm. 7878, de 21/09/16)
- ORDEN 12/2019, de 5 de diciembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se modifica parcialmente la Orden 16/2016, de 12 de septiembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) en materia de internacionalización. (DOGV nº 8694 de 10/12/2019)
- Resolución de 15 de julio de 2022, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan las Becas IVACE E + E, Exportación y Empleo 2022, para la especialización profesional en comercio exterior, dirigidas a técnicos/as de ciclos formativos de grado superior o medio, y se convoca a las entidades de destino colaboradoras en el desarrollo de las mismas, con cofinanciación de la Unión Europea a través del Fondo Social Europeo Plus. (DOGV nº 9388, de 21/07/2022)
Plazo
Podrán presentarse solicitudes a esta convocatoria desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria hasta el día 30 de septiembre de 2022. (DOGV nº 9388, de 21/07/2022)
Documentación
Documentación a presentar por la persona candidata a beca
a) Solicitud electrónica debidamente cumplimentada, disponible en el apartado Ayudas/Becas en la página web de IVACE: http://www.ivace.es.
b) DNI en vigor en caso de que en la solicitud electrónica se haya manifestado oposición para su obtención por medios telemáticos por el IVACE; las personas nacionales de otro estado miembro de la Unión Europea presentarán la documentación equivalente en todo caso.
c) Documento emitido por el Ministerio de Trabajo y Economía social que acredite la inscripción como persona beneficiaria en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil con fecha comprendida en el periodo de presentación de solicitudes de la beca.
d) En caso de personas no nacidas en la Comunitat Valenciana, documento oficial que acredite el empadronamiento en la Comunitat Valenciana donde se especifique la fecha de alta en la localidad correspondiente con al menos doce meses de antelación a la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el DOGV.
e) Documento que acredite la obtención de titulación como técnico/a de grado superior o medio a que se refiere el apartado d) del artículo 8 de la presente Resolución o, en su defecto, resguardo de la solicitud del mismo.
f) Curriculum Vitae de la persona solicitante.
g) Certificado de no tener antecedentes penales o estar incursa en causa penal alguna que impida el desarrollo funcional o geográfico de la beca, emitido por el Ministerio de Justicia, con fecha comprendida en el periodo de presentación de solicitudes de la beca.
h) En caso de ser titular o persona beneficiaria de la Renta Valenciana de Inclusión (RVI), certificado emitido por las Direcciones Territoriales de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.
Toda la documentación presentada deberá estar redactada en castellano o valenciano.
En el supuesto de que la persona solicitante carezca de capacidad técnica o económica, o que por otros motivos no tenga garantizado el acceso a medios tecnológicos precisos, podrá, o bien dirigirse a las oficinas del IVACE en València para que le presten asistencia y medios para cumplimentar el formulario electrónico, o bien solicitar dicha asistencia a través del número 96.120.96.64.
Presentación
Telemática
La tramitación tanto de la solicitud, como en general del procedimiento, será electrónica y requerirá que la persona solicitante disponga durante todas las fases del procedimiento de certificado de persona física emitido por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana, o por cualquier entidad reconocida en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación establecidos en España, publicada en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
La tramitación de la solicitud -cumplimentada según el modelo disponible en la página web http://www.ivace.es dentro del apartado Ayudas/Becas- supone la firma de la misma, y se presentará en el registro telemático del IVACE a través de dicha página web.
Donde consultar dudas sobre el trámite
- Correo para dudas funcionales: servicios.telematicos@gva.es
- Correo para dudas técnicas: generalitat_en_red@gva.es
Normativa
Enlaces
Proceso de tramitación
1. Presentación de la solicitud y documentación requerida.
2. - Subsanación:
Si la solicitud aportada fuera incompleta o presentara errores subsanables se requerirá a la persona interesada electrónicamente para que en el plazo de 10 días hábiles subsane la documentación requerida, con advertencia de que si no lo hiciese se le tendrá por desistido/a de su solicitud. Transcurrido ese plazo, tras la evaluación y admisión de las solicitudes, se publicará la lista de las personas aspirantes admitidas y convocadas a realizar las pruebas de selección correspondientes. Esta lista estará disponible en la página web de IVACE: en el apartado AYUDAS/BECAS. A la vista de las dificultades que puede entrañar el cumplimiento de los plazos de subsanación, se declara inhábil el mes de agosto a estos efectos, quedando suspendido el cómputo de plazos en ese periodo y reanudándose por tanto a partir del 1 de septiembre de 2022.
3. Selección de aspirantes a la beca. Criterios de evaluación
- Nota media ponderada del expediente académico (Máximo 20 puntos).
- Conocimiento del idioma inglés: (Máximo 50 puntos).
· Prueba de inglés oral: máximo 25 puntos (obligatoria/eliminatoria).
· Prueba de inglés escrito: máximo 25 puntos (obligatoria/eliminatoria).
- Entrevista personal: (Máximo 20 puntos).
- Participación por un mínimo de 12 meses en ONG y en otras entidades sin ánimo de lucro cuyo objetivo sea promocionar y beneficiar a la sociedad civil desde cualquier ámbito que la beneficie, sea cultural, social, educativo, etc
(máximo 5 puntos).
- Ser titular o persona beneficiaria de la renta valenciana de inclusión (RVI) (máximo 5 puntos).
Quienes hayan superado las pruebas de inglés oral y escrito serán convocados/as a través de la página web de IVACE http://www.ivace.es apartado AYUDAS/BECAS, a la realización de una entrevista personal
La relación de aspirantes que hayan superado las pruebas eliminatorias se publicará en la página web del IVACE apartado AYUDAS/BECAS y serán convocados/as a la prueba siguiente. En caso de empate en la valoración obtenida por dos o más aspirantes, tendrá preferencia, por ser mayor el riesgo de exclusión, la persona candidata de más edad, siempre que entre ambas hubiera una diferencia de 12 o más meses en la fecha de nacimiento. En caso de persistir el empate, tendrá preferencia en primer lugar la persona titular de la Renta Básica de Inclusión o beneficiaria de la misma como parte de una unidad de convivencia. En caso de perdurar el empate, tendrá preferencia la persona que en el último año hubiera permanecido más tiempo inscrita en LABORA, Servei Valencià d'Ocupació i Formació; Este hecho deberá acreditarse, en su caso, con el certificado de periodos de inscripción emitido por dicho organismo.
El IVACE se podrá auxiliar de entidades colaboradoras en la realización de las pruebas de selección, con sometimiento a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
4. Calendario de pruebas.
El calendario de las pruebas de inglés escrito y oral, y de la entrevista, así como su lugar de realización y posibles modificaciones, se publicará con la suficiente antelación en la página web de IVACE: , apartado AYUDAS/BECAS
Tras el resultado global de las pruebas mencionadas en el apartado anterior, IVACE a través de la Comisión de Evaluación publicará una propuesta de denegación de solicitudes y de adjudicación de becas según la puntuación obtenida, y abrirá un plazo de cinco días hábiles a partir del siguiente al de su publicación en la página web de IVACE: , apartado AYUDAS/BECAS, para que los interesados/as puedan presentar alegaciones.
5. La adjudicación y/o denegación de las becas y la constitución, en su caso, de la bolsa de suplentes, será facultad de la persona que ostente la Presidencia del IVACE, a la vista del expediente y a propuesta de la Comisión de Evaluación. El IVACE se reserva el derecho a dejar vacante la adjudicación total o parcialmente cuando los perfiles de las personas participantes no superen el proceso de selección.
6. Asignación de destinos y aceptación
1. La resolución de concesión tan solo indicará una mención genérica y quedará pendiente su concreción a resultas del proceso de entrevistas mantenidas entre las entidades o empresas adheridas y las personas beneficiarias de la beca, cuyos datos de contacto habrán sido facilitados por IVACE.
2. En todo caso será necesario que la persona beneficiaria de la beca suscriba en el plazo indicado el documento de aceptación de la beca en el que se especificarán sus obligaciones y que le será facilitado por el IVACE una vez firmada la resolución de concesión; la persona beneficiaria de la beca suscribirá además del mencionado documento, y tras la finalización del proceso de entrevistas mantenidas con las distintas entidades, un anexo aceptando el destino definitivo.
3. Antes del inicio de la beca o en el transcurso de la misma, el IVACE se reserva la posibilidad de modificar la fecha de incorporación o el destino de las personas becadas y su dotación correspondiente en caso de concurrir causa justificada. 4. La adjudicación de la beca podrá ser revocada en caso de que la persona beneficiaria no sea seleccionada por ninguna entidad de destino; por otro lado, en caso de negativa a aceptar una de las entidades de destino, se considerará que renuncia a la beca.
órganos de tramitación
- UNIDAD DE NEGOCIO INTERNACIONAL - IVACE
C/ DE LA DEMOCRACIA, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 2
46018 - València/Valencia
Obligaciones
1. Dedicación y formación.
Los beneficiarios de la beca se dedicarán de manera exclusiva a las actividades propias de la misma previstas en el Plan de Formación. Asimismo acatarán las normas de funcionamiento del centro o entidad de destino, y se involucrarán al máximo en la oportunidad de profundizar en los conocimientos de la internacionalización de la empresa.
La falta de asistencia al centro o entidad de destino, o a cualquier actividad formativa propuesta por el IVACE, siempre que no esté debidamente justificada y autorizada por IVACE, podrá suponer que la resolución de concesión de la beca quede sin efecto total o parcialmente.
Durante el período de vigencia de la beca, el becario tendrá derecho al disfrute de un periodo de descanso retribuido que tendrá una duración máxima de dos semanas naturales.
El becario podrá renunciar voluntariamente a la beca, si bien ello supondrá la pérdida de todos los derechos inherentes a la misma, y sin perjuicio de que el IVACE pueda exigir la devolución de las cantidades recibidas de conformidad con lo previsto en el apartado 2 del artículo 10 de la Orden de bases reguladoras de la concesión de becas.
2. Incompatibilidades.
El disfrute de una de estas becas es incompatible con la percepción de la prestación por desempleo, con cualquier otro tipo de beca o ayuda relacionada con el ámbito de la internacionalización de las empresas, así como con el desarrollo de una actividad laboral regular.
En todo caso la condición de becario no generará en ningún momento relación laboral alguna con el IVACE, o con las entidades y empresas donde se encuentren destinados.
3. Evaluación de la beca.
El becario deberá remitir al IVACE:
a) Un Informe sobre el desarrollo de la beca que se realizará trimestralmente desde el momento de la concesión.Los/las beneficiarios/as de la beca se dedicarán de manera exclusiva a las actividades propias de la misma. Asimismo acatarán las normas de la empresa/entidad de destino, y se involucrarán al máximo en la oportunidad de profundizar en los conocimientos de la internacionalización de la empresa.
Plazo máximo
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses a contar desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Transcurrido el plazo sin que se hubiese dictado resolución expresa, las personas solicitantes entenderán desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo, todo ello sin perjuicio de la obligación de resolver expresamente que incumbe a la Administración.
La resolución motivada del procedimiento se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en la página web de IVACE: http://www.ivace.es, apartado AYUDAS/BECAS. Se considerará que con la aceptación de la adjudicación de la beca la persona beneficiaria acepta su inclusión en la lista de operaciones contemplada en el artículo 115, apartado 2, del Reglamento (UE) núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013.
Subvenciones en cumplimiento de lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con expresión de la convocatoria, del programa y crédito presupuestario al que se imputen, persona beneficiaria, cantidad concedida y objetivo o finalidad de la subvención.
Observaciones
Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órganos resolución
- INSTITUTO VALENCIANO DE COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL (IVACE)
C/ DE LA DEMOCRACIA, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 2
46018 - València/Valencia
Cuantía y cobro
DOTACIÓN ECONÓMICA
La dotación económica de la beca consistirá en una dotación dineraria general por importe de trece mil cuatrocientos cuarenta y dos con veintiocho euros (13.442,28 ) brutos anuales, a la que se aplicarán las correspondientes retenciones fiscales y de Seguridad Social de acuerdo con la normativa vigente.
El importe será percibido por la persona beneficiaria de la beca en función del tiempo de disfrute efectivo de la misma.
LIQUIDACIÓN Y PAGO
Tras la aceptación de la beca, el IVACE abonará de manera fraccionada la dotación dineraria fija mediante pagos mensuales en un máximo de doce mensualidades.
La última mensualidad se hará efectiva tras la preceptiva aprobación por el IVACE de la documentación inherente al desarrollo de la beca (informe trimestral, memoria final, cuestionario final de participantes en el Programa Operativo del Fondo Social Europeo Plus (FSE+, o cualquier otro documento que hubiera sido requerido por IVACE) que deberá presentar la persona becada en la fecha límite indicada por IVACE.