Subvenciones a federaciones deportivas para el desarrollo del programa Esport a l'Escola - GVA.ES
Subvenciones a federaciones deportivas para el desarrollo del programa Esport a l'Escola
Qué es
Convocar las subvenciones destinadas a federaciones deportivas para el desarrollo del programa Esport a l'Escola en centros educativos.
Estas subvenciones tienen como finalidad, a través de unidades didácticas con seis sesiones teórico-prácticas, desarrolladas durante el horario de la clase de educación física: fomentar la práctica de la actividad física y el conocimiento y divulgación de modalidades deportivas en el ámbito escolar, y formar en hábitos saludables y educación en valores
El medio de notificación de cada uno de los trámites de este procedimiento será por medios electrónicos, excepto la notificación de la resolución que se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
A quién va dirigido
Podrán solicitar estas subvenciones las federaciones deportivas que desarrollan la actividad en del ámbito competencial de la Generalitat, exclusivamente para el desarrollo del programa Esport a l'Escola.
El programa se desarrollará en los centros educativos promotores de la actividad física y el deporte (CEPAFE) reconocidos por la Generalitat, y va dirigido a alumnos que cursan 5.º o 6.º de Educación Primaria y/o 1.º o 2.º de Educación Secundaria Obligatoria.
Las modalidades deportivas preferentes serán las siguientes: atletismo, ajedrez, bádminton, balonmano, béisbol, colombicultura, deportes de montaña y escalada, deportes adaptados, esgrima, gimnasia, frontenis, hockey, judo, karate, orientación, pádel, remo, rugby, salvamento y socorrismo, taekwondo, tenis mesa, tiro con arco, triatlón, vela y voleibol.
Se podrán ampliar y atender otras modalidades en función de la dotación presupuestaria si hay recursos no dispuestos y de acuerdo con las valoraciones realizadas por los profesores de educación física en las encuestas realizadas.
Cómo se tramita
Telemáticamente. Pasos:
Solicitudes.
1. A la solicitud, cuya presentación se tramitará por medios electrónicos, las entidades tendrán que adjuntar la documentación siguiente:
a )Proyecto y descripción de las unidades didácticas en la que se incluya:
a.1) Justificación y objetivos de la unidad didáctica y adecuación a las características de la convocatoria, seguimiento y evaluación de esta.
a.2) Sesiones a desarrollar detalladas, metodología, seguimiento y evaluación.
a.3) Necesidades material, instalaciones.
a.4) Personal técnico. Titulación académica y/o deportiva,
b) Presupuesto del programa, que incluirá:
- Presupuesto detallado de ingresos y gastos para la organización del programa objeto de solicitud de subvención, en el cual figurará la relación de todas las ayudas o subvenciones solicitadas y/o concedidas por cualesquiera de las administraciones o entes públicos y privados con el objeto de financiar esta actividad.
- Certificado del acuerdo del órgano administrativo correspondiente en el que se incluya el compromiso de la entidad organizadora de financiación de la parte del presupuesto no subvencionado y necesario para el ejercicio de la actividad (incluido en el modelo de presupuesto).
c) Cesión de derechos de propiedad intelectual. Los autores de los programas seleccionados se comprometen a ceder gratuitamente y por escrito en la Generalitat los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública (modificación de obra incluyendo las traducciones) de estos para su ejercicio en el ámbito territorial del Estado español en los términos establecidos en el Real decreto legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de propiedad intelectual, y se regularizan, se aclaran y se armonizan las disposiciones legales vigentes sobre la materia (BOE 97, 22.04.1996). Se tendrá que aportar declaración de cesión de propiedad intelectual.
d) Modelo de domiciliación bancaria, que está disponible en la página web de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, o en la Orden 18/2011, de 17 de junio, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Ocupación, por la cual se regula la comprobación y el procedimiento de registro de cuentas bancarias de las personas físicas y jurídicas que se relacionan económicamente con la Administración de la Generalitat.
e) Declaración responsable de no estar sometido en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. Esta declaración estará incorporada en el formulario de la solicitud.
2. Igualmente, el formulario de solicitud incluirá una autorización para que la Administración, si es el caso, pueda obtener directamente los datos de acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social, de acuerdo con el artículo 22 del reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones, y sin perjuicio de la aplicación del artículo 25 de este reglamento.
3. Los modelos correspondientes a la documentación necesaria en este trámite de solicitud estarán disponibles en el punto de acceso electrónico de la convocatoria, en la sede electrónica.
El plazo máximo para resolver y notificar la presente convocatoria será de seis meses contadores desde la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, en conformidad con el artículo 6 de las bases que regulan esta convocatoria. Sin embargo, las solicitudes sobre las cuales no se dicte una resolución exprés en el plazo de seis meses desde la publicación de la convocatoria, podrán entenderse desestimadas o denegadas, sin perjuicio de la obligación legal de resolver establecida en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
La Dirección General de Deporte notificará a las entidades interesadas la resolución de concesión o denegación de las solicitudes presentadas dentro del mismo plazo de seis meses.
Justificación:
1. La Conselleria de Educación, Cultura y Deporte abonará la subvención con presentación previa, a través de los medios electrónicos:
http://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=18542, de una cuenta justificativa con la documentación siguiente:
a )Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las actividades detalladas en la unidad didáctica, con indicación de:
- Justificación y objetivos de la unidad didáctica.
- Sesiones desarrolladas detalladas.
- Metodología, seguimiento y evaluación.
- Material e instalaciones utilizados
- Personal técnico. Titulación académica y/o deportiva.
b) Memoria económica justificativa: liquidación detallada de ingresos y gastos con una relación clasificada de todos los ingresos y gastos ocasionados por la realización de todas las actividades incluidas en programa, con indicación del acreedor, concepto, importe y fecha de emisión.
b.1) Relación de gastos debidamente ordenados y numeradas, con especificación de quien las percibe, importes correspondientes y fecha de pago, y se hará constar que las facturas justificativas corresponden efectivamente a pagos realizados y derivados de la finalidad para la que fue concedida la subvención.
2. Si la actividad subvencionada se financia, además de la subvención, con fondos propios u otras ayudas o recursos, tendrá que acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de estos fondos a la actividad subvencionada.
3. Los justificantes integrantes de cada cuenta justificativa tendrán que cumplir los requisitos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el cual se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
4. Están excluidas de la posibilidad de justificación los gastos por adquisición de inmovilizado.
5. El vencimiento del plazo de presentación de las justificaciones requeridas será el 30 de noviembre de 2024. Si fuera necesario retrasar esta fecha, se indicaría en la resolución de concesión; sin embargo, no puede ser posterior del ejercicio presupuestario 2024.
46015 - València/Valencia
Formularios
Solicitud
El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el 15 de diciembre de 2023. El incumplimiento de este plazo determinará la exclusión. (DOGV nº 9713, de 27/10/2023).
Formularios
Resolución
46015 - València/Valencia
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