Autorización de centros formativos para impartir ciertos programas formativos referentes a gases fluorados. Modificación, cese (baja), comunicación de inicio y de fin de cursos, memoria anual. Industria. - GVA.ES
Autorización de centros formativos para impartir ciertos programas formativos referentes a gases fluorados. Modificación, cese (baja), comunicación de inicio y de fin de cursos, memoria anual. Industria.
Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Qué es
Posibilitar:
1. La presentación de la solicitud necesaria para la OBTENCIÓN, POR CENTROS FORMATIVOS, DE LA AUTORIZACIÓN PARA IMPARTIR LOS SIGUIENTES CURSOS DE FORMACIÓN REFERENTES A GASES FLUORADOS, con destino a la obtención de las respectivas certificaciones personales especificadas en el anexo I del Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan:
- Programa formativo 4. Curso sobre manipulación de equipos con sistemas frigoríficos de carga menor de 3 kg de refrigerantes fluorados.
-Programa formativo 6. Curso sobre manipulación de equipos de protección contra incendios que empleen gases fluorados como agente extintor.
- Programa formativo 7. Curso sobre manipulación de disolventes que contengan gases fluorados y equipos que los emplean.
- Programa formativo 8. Curso sobre recuperación de SF6 de equipos de conmutación de alta tensión.
2. Y posteriormente:
a) La presentación, en su caso, de la solicitud de MODIFICACIÓN* de los datos previamente declarados, o bien de CESE (baja) de la actividad del centro formativo.
* Nota: si la modificación solicitada altera sustancialmente los requisitos y condiciones de la autorización del centro de formación y sus actividades, no se considera una modificación, sino una nueva autorización, que debe tramitarse como tal.
b) La presentación de la COMUNICACIÓN DE INICIO Y DE FIN DE CURSOS DE FORMACIÓN correspondientes a ciertos programas formativos referentes a gases fluorados objeto de este trámite.
c) La presentación de la MEMORIA ANUAL de las actividades formativas de estos centros realizadas en la provincia de la Comunitat Valenciana donde radiquen las instalaciones del centro.
A) Para INFORMACIÓN SOBRE EXPEDIENTES EN TRÁMITE consulte el apartado de Información y Registro de la página web de la Conselleria competente en esa materia (ver enlace directo en el apartado "Enlaces" de este trámite).
B) VALIDEZ DE LAS AUTORIZACIONES
Las autorizaciones emitidas por la Dirección General competente en materia de industria serán válidas hasta que la Administración laboral apruebe la impartición de especialidades formativas equivalentes a los programas formativos establecidos en el anexo II del Real Decreto 115/2017.
C) REQUISITOS DE LAS PERSONAS SOLICITANTES DE LOS CURSOS DE FORMACIÓN INDICADOS EN EL OBJETO DE ESTE TRÁMITE, IMPARTIDOS POR CENTROS AUTORIZADOS PARA ELLO.
Estas personas deberán actuar y cumplir los requisitos determinados en el artículo 4 de la Orden 10/2016, de 13 de julio.
D) Ver NOTA INFORMATIVA sobre certificado profesional de gases fluorados, en el apartado "Enlaces" de este trámite.
- Orden 10/2016, de 13 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se regula la autorización de centros formativos para impartir los programas formativos 4, 6, 7 y 8, del Real Decreto 795/2010, de 16 de junio, por el que se regula la...
- Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan y por el que se establecen los requisitos técnicos para las instalaciones que...
- Orden TEC/544/2019, de 25 de abril, por la que se constituye y regula el registro unificado sobre certificados y centros de formación de gases fluorados (BOE núm. 116, de 15/05/2019).
- Orden 14/2022, de 5 de diciembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio i Trabajo por la que se establece la obligatoriedad de comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos en determinados trámites y procedimientos en las materias de Industria, Energía...
- Registro unificado sobre certificados y centros de formación de gases fluorados (versión de consulta pública)
- Información y Registro
- Centros autorizados para impartir cursos de formación
- Nota informativa sobre certificado profesional de gases fluorados
- Registro Electrónico de Apoderamientos de la Administración General del Estado
- Área de INDUSTRIA de la página web de la Conselleria competente en esa materia
- Carpeta Ciudadana
- Tasas
A quién va dirigido
Las personas (físicas o jurídicas), o sus representantes, titulares de de centros de formación en los que deseen impartir los cursos indicados en el objeto de este trámite y cumplan los requisitos que se señalan a continuación.
- Los centros para los que se solicite autorización para impartir los cursos indicados en el objeto de este trámite deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 2 de la Orden 10/2016, de 13 de julio.
- Para realizar trámites POR VÍA TELEMÁTICA ante la Administración de la Generalitat Valenciana actuando en representación de otra persona (física o jurídica), ésta deberá inscribir previamente esa representación en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS de la Administración General del Estado, cuya respectiva información está disponible en el apartado "Enlaces" de este trámite.
Cómo se tramita
A) En caso de AUTORIZACIÓN
1.- Presentación DE FORMA TELEMÁTICA de la solicitud y de la documentación requerida, ante el Servicio Territorial competente en materia de industria de la provincia donde radiquen las instalaciones del centro de formación.
2.- A continuación:
a) Si la solicitud y la restante documentación están completas y son correctas y se cumplen los requisitos para la autorización, el Servicio Territorial competente emite Propuesta de Resolución de autorización.
Elevada dicha propuesta, la Dirección General competente en materia de Industria emite Resolución de autorización, tras lo cual el Servicio Territorial competente inscribe el centro de formación en el Registro de Entidades Acreditadas y notifica a la persona solicitante la Resolución y también el número de inscripción del centro.
b) En caso contrario:
b.1.- Si falta documentación o no es correcta, el Servicio Territorial requiere su subsanación a la persona solicitante.
* En los casos de tramitación telemática, la subsanación o la aportación de algún documento adicional, debe realizarse utilizando el trámite de esta Guía Prop denominado "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).". (Ver enlace directo en el apartado "Enlaces" del presente trámite).
- Si se subsana correctamente, se actúa según lo indicado en el punto 2.a).
- Si NO se subsana, se archiva la solicitud por desistimiento.
b.2.- Si NO se cumplen los requisitos para la autorización, el Servicio Territorial competente emite Propuesta de Resolución denegatoria. Elevada esta propuesta, la Dirección General competente en materia de industria emite Resolución de denegación de la autorización y el Servicio Territorial competente la notifica a la persona solicitante.
3.- Tras ello, se remite la información del centro autorizado al Registro* unificado sobre certificados y centros de formación de gases fluorados, que está adscrito al Ministerio competente en materia de medio ambiente y tiene la condición de registro oficial de carácter administrativo, declarativo, informativo y público.
* Acceso a la versión de consulta pública de este Registro en el apartado "Enlaces" de este trámite.
B) En caso de MODIFICACIÓN*, de CESE (baja), de COMUNICACIÓN de INICIO Y de FIN DE CURSOS DE FORMACIÓN, o de presentación de la MEMORIA ANUAL
* Nota: si la modificación solicitada altera sustancialmente los requisitos y condiciones de la autorización del centro de formación y sus actividades, no se considera una modificación, sino una nueva autorización, que debe tramitarse como tal.
1.- Presentación DE FORMA TELEMÁTICA (modalidad obligatoria para las personas comprendidas en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones), o bien presencialmente (modalidad válida sólo para personas físicas), de la solicitud, o comunicación de inicio/fin de curso, o memoria anual (según proceda) y de la documentación que, en su caso, corresponda, ante el Servicio Territorial competente en materia de industria de la provincia donde radiquen las instalaciones del centro de formación.
2.- A continuación:
a) Si la solicitud, o comunicación, o memoria (según proceda), y, en su caso, la restante documentación, están completas y son correctas, el Servicio Territorial competente actualiza con lo indicado en ellos el registro especial de centros.
b) Si no está completa o no es correcta, el Servicio Territorial requiere su subsanación a la persona solicitante.
* En los casos de tramitación telemática, la subsanación o la aportación de algún documento adicional, debe realizarse utilizando el trámite de esta Guía Prop denominado "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).". (Ver enlace directo en el apartado "Enlaces" del presente trámite).
- Si se subsana correctamente, se actúa según lo indicado en el punto 2.a).
- Si NO se subsana, se archiva la solicitud por desistimiento.
03003 - Alacant/Alicante
12001 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
Procedimientos relacionados
- Inscripción en el Registro de Representantes de la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica (ACCV).
- Solicitud de certificado (o duplicado) PROFESIONAL acreditativo para la manipulación de gases fluorados. Industria
- Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).
Solicitud
Durante todo el año, de acuerdo con lo que se indica a continuación:
A) Para la AUTORIZACIÓN: la solicitud debe presentarse CON CARÁCTER PREVIO al inicio de la actividad del centro formativo.
B) En caso de MODIFICACIÓN o CESE (baja): en el PLAZO MÁXIMO de 15 DÍAS desde que se produzca la modificación no sustancial o el cese de la actividad.
C) La comunicación de INICIO de un curso: con DOS MESES DE ANTELACIÓN al comienzo del curso de formación.
D) La comunicación de FIN de un curso, con la relación de alumnos que lo han superado: tras la finalización del curso de formación.
E) MEMORIA de las actividades formativas realizadas en la provincia de la Comunitat Valenciana donde radiquen las instalaciones del centro de formación: ANUALMENTE.
Tasas 2024:
4.6 - Registros especiales: 38,31 euros por inscripción (correspondiente a la autorización de centro).
* Nota:
1) En el "Enlace relacionado con el pago de tasas" que figura a continuación:
- Debe dirigirse al apartado "9800 - Tasa por actividades industriales", pulsar sobre "Confección en línea y descarga del modelo" y, en la pantalla siguiente, seleccionar el tipo de tasa y la tasa que correspondan en cada caso.
- Dispone de información sobre la generación de la autoliquidación (modelo 046) y el pago (telemático o presencial) de las tasas de la Generalitat Valenciana. Le recomendamos que consulte, en concreto, la información relativa a los "Pasos para la correcta obtención de los modelos 046 FAQs" (verla en la parte superior derecha de la página web).
2) Puede acceder a ese mismo enlace desde el paso "Pagar" del trámite telemático, o bien simplemente anexar en ese paso el justificante del pago de la tasa realizado previamente.
Resolución
La resolución de la DG competente en materia de industria no es definitiva en vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso de alzada ante la Secretaria Autonómica con competencias en dicha materia, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación de la...
46018 - València/Valencia
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