Detalle de procedimiento

Proyecto de innovación de bibliotecas escolares "Biblioinnova't" para los centros docentes de titularidad pública de la Generalitat Valenciana para el curso 2023-2024

Código SIA : 212132
Código GUC : 18246
Organismo: Conselleria de Educación, Universidades y Empleo
Plazo de solicitud: ABIERTO
(16-03-2024
02-04-2024)
  • Información básica

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

  • Justificación

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Conceder asignaciones económicas a los centros educativos públicos de la Generalitat que lo soliciten para apoyar la dinamización de las bibliotecas escolares y el fomento de la lectura para el curso escolar 2023-2024.

Observaciones

Observaciones

INVERSIÓN DE LA DOTACIÓN El centro, hasta el 10 de junio de 2024 incluido, tiene que destinar la dotación asignada a una de estas finalidades: 1. Al menos un 30 % de la dotación se destinará a la adquisición de recursos materiales para la adecuación de los espacios destinados a las bibliotecas escolares para convertirlos en lugares atractivos e innovadores donde se favorezca el trabajo colaborativo y la realización de actividades de dinamización lectora. 2. Un mínimo del 10 % de la dotación se destinará a ejecutar prácticas y actividades que fomenten la lectura y la dinamización cultural del centro. 3. Al menos el 10 % de la dotación se destinará a fondos bibliográficos. CRITERIOS PARA LA INVERSIÓN EN RECURSOS MATERIALES Y LA ADECUACIÓN DEL ESPACIO 1. La dotación asignada se invertirá en la adquisición de recursos materiales versátiles, polivalentes e innovadores que favorezcan la utilización de los espacios destinados a las bibliotecas escolares y su adecuación para la participación, la inclusión y el uso de metodologías activas de aprendizaje. 2. Esta dotación tiene como objetivo ampliar los usos de las bibliotecas escolares y convertirlas en espacios atractivos y abiertos a toda la comunidad educativa. 3. La dotación asignada pone el énfasis en la renovación de la funcionalidad y adecuación de las bibliotecas escolares. CRITERIOS PARA LA INVERSIÓN EN FORMACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRÁCTICAS Y ACTIVIDADES QUE FOMENTEN LA LECTURA Y DE DINAMIZACIÓN DE LAS BIBLIOTECAS ESCOLARES 1. Atendiendo el apartado resolutivo sexto, el centro destinará la dotación correspondiente a las actividades previstas en la planificación presentada en el trámite de solicitud. 2. Se procurará desarrollar actividades que favorezcan la educación inclusiva de forma que permitan la aproximación a la lectura y la utilización de los recursos documentales e informativos de la biblioteca escolar al alumnado con diversidad funcional, al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo y al alumnado recién llegado al Sistema Educativo Valenciano. 3. La dotación asignada no se podrá utilizar para dotar, económicamente o en especie, premios literarios o similares que convoque, promueva o a los que apoye el centro. 4. La dotación asignada no se podrá utilizar para abonar los gastos de desplazamiento de los estudiantes a los lugares donde tengan lugar las actividades. 5. La dotación asignada no se podrá destinar a contratar servicios externos de catalogación y gestión de la biblioteca. Estas tareas solo podrá desarrollarlas el personal docente del centro educativo. CRITERIOS PARA LA INVERSIÓN EN FONDOS BIBLIOGRÁFICOS 1. Se podrán adquirir fondos bibliográficos como libros, partituras, seriales, publicaciones periódicas y audiovisuales, entre otros fondos catalogables. 2. En la adquisición de fondos se atenderán criterios de inclusión, igualdad y convivencia. 3. Se recomienda la adquisición de fondos bibliográficos en lengua valenciana. 4. Se recomienda la adquisición de fondos de autoría o coautoría femenina. 5. Con esta dotación no se podrán adquirir libros de texto o material curricular del programa que regula la Orden 26/2016, de 13 de junio, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte (Programa Xarxa Llibres).

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Centros docentes no universitarios de titularidad pública de la Generalitat con enseñanzas de régimen general.

Enlaces

Enlaces

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

El plazo para la presentación de la solicitud será de 15 días naturales a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. (DOGV núm. 9810, de 15/03/2024).

Formularios y documentación

1. El centro público que desee participar en esta convocatoria deberá rellenar el formulario que estará disponible en la Oficina Virtual (OVICE). El manual para acceder al trámite y formalizarlo se publicará en la página web del proyecto Biblioinnova't: https://ceice.gva.es/va/web/innovacion-educacion/biblioinnovat 2. La solicitud la formalizará la dirección del centro educativo e incluirá los apartados siguientes: 2.1. Estrategias planificadas para el curso 2023-24. Se marcará el tipo de acción y se describirán brevemente las actuaciones programadas o realizadas durante el curso 2023-2024 (280 caracteres): □ Creación/actualización de la comisión de biblioteca □ Participación en la red de bibliotecas digitales BiblioEdu □ Adecuación del espacio □ Adquisición de fondos bibliográficos para la biblioteca del centro o del aula □ Actividades de fomento lector □ Formación del profesorado en gestión de bibliotecas y fomento de la lectura □ Acciones de coordinación con la biblioteca pública □ Acciones de apertura de la biblioteca escolar a las familias y el entorno □ Actualización del catálogo bibliográfico del centro □ Otras actividades 2.2. El claustro y el consejo escolar tienen que estar de acuerdo con la participación en esta convocatoria, después de haber sido informados por la dirección de los compromisos adquiridos y las finalidades de esta. La dirección del centro educativo, mediante el OVICE, declarará que: □ El claustro y el consejo escolar están de acuerdo con la participación en esta convocatoria, después de haber sido informados de los compromisos adquiridos y las finalidades de esta. □ El centro se compromete a cumplir los compromisos del apartado resolutivo cuarto. 3. El plazo para presentar la solicitud será de 15 días naturales a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. 4. La presentación de la solicitud comporta el compromiso de la inversión correcta de la dotación de acuerdo con el apartado resolutivo noveno.

Presentación

Presentación

Telemática
Incidencias técnicas: llamar a SAI La solicitud con la documentación requerida se presentará a través de la Oficina Virtual para los Centros Educativos (OVICE). Se puede acceder de las siguientes formas: · Mediante certificado digital emitido por una Autoridad de Certificación reconocida en la plataforma utilizada. Esta plataforma admite certificados digitales reconocidos conforme el estándar ITU-T X.509 v3, emitidos por múltiples prestadores de servicios de certificación. · Con usuario y contraseña que identifica a los usuarios de correo GVA en la Oficina Táctica. · Con usuario y contraseña que identifica a los miembros de la Oficina Táctica en el servidor ldap ITACA. · Con usuario registrado en la propia oficina. Necesario en caso de no poder acceder por alguno de los métodos anteriores.

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

- Se establece la Subdirección General competente en materia de innovación educativa de la Dirección General de Innovació e Inclusión Educativa como órgano instructor del procedimiento. 1. El plazo máximo para resolver la presente convocatoria es de dos meses desde la fecha de efectos. Vencido el plazo sin que se haya notificado ninguna resolución expresa, los centros interesados tienen que considerar desestimada su solicitud. 2. A efectos de notificaciones, la resolución provisional y la definitiva de la convocatoria se publicarán en la página web del proyecto Biblioinnova’t de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo. Además, la resolución definitiva se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. 3. La resolución provisional contendrá la relación de centros educativos seleccionados, en que se indicará la cuantía económica propuesta en concepto de asignación y la relación de centros educativos no seleccionados, con la indicación de los motivos. 4. Publicada esta resolución provisional, el centro que haya presentado la solicitud de acuerdo con el procedimiento establecido en esta resolución, pero que no aparezca en la lista, podrá presentar alegación al órgano instructor en el plazo de 5 días naturales contados desde el día siguiente a esta publicación. Para presentar la alegación, el centro docente la adjuntará en el mismo trámite de la solicitud, mediante la plataforma OVICE, según indica en el Manual de alegaciones que se publicará en la web del proyecto Biblioinnova’t. 5. Estudiadas las alegaciones, el órgano instructor del procedimiento elevará la propuesta definitiva a la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, que resolverá la convocatoria por delegación del conseller. 6. La resolución definitiva contendrá la relación de centros educativos seleccionados, en que se indicará la cuantía económica asignada, y la relación de centros educativos no seleccionados, con la indicación de los motivos.

órganos de tramitación

órganos de tramitación

Servicio de Innovación Educativa de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa.

Cuantía y cobro

Cuantía y cobro

DOTACIÓN: 1. Solo se considerarán centros solicitantes y serán seleccionados los que hayan presentado la solicitud en OVICE formalizada correctamente en los plazos y en la forma establecidos en esta convocatoria. 2. El 75 % del importe global máximo destinado a esta convocatoria se repartirá equitativamente entre todos los centros seleccionados. La distribución del 25 % restante se hará considerando el número de estudiantes matriculados en el centro educativo dentro de enseñanzas de régimen general en el curso escolar 2023-2024. 3. La asignación máxima que podrá recibir un centro será de 3.500 euros. INVERSIÓN DE LA DOTACIÓN: El centro, hasta el 10 de junio de 2024 inclusive, debe destinar la dotación asignada a las finalidades siguientes: 1. Al menos un 30 % de la dotación se destinará a la adquisición de recursos materiales para la adecuación de los espacios destinados a las bibliotecas escolares para convertirlos en lugares atractivos e innovadores donde se favorezca el trabajo colaborativo y la realización de actividades de dinamización lectora. 2. Un mínimo del 10 % de la dotación se destinará a ejecutar prácticas y actividades que fomenten la lectura y la dinamización cultural del centro. 3. Al menos el 10 % de la dotación se destinará a fondos bibliográficos.

Plazo máximo

Plazo máximo

El plazo máximo para resolver la presente convocatoria es de dos meses desde la fecha de efectos. Vencido el plazo sin haberse notificado resolución expresa, los centros interesados deberán considerar desestimada su solicitud.

Órganos resolución

Órganos resolución

Dirección general competente en materia de innovación educativa, por delegación de conseller/a.

Efecto silencio

Efecto silencio

Desestimatorio

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa

Plazo justificación:
desde: 10-06-2024
hasta: 24-06-2024

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

1. El centro educativo tendrá que entregar una memoria justificativa de las acciones y los gastos realizados durante el curso, en relación con la presente convocatoria, hasta el 25 de junio de 2024. 2. La memoria justificativa se presentará rellenando los campos correspondientes del trámite específico de OVICE. Contendrá los apartados siguientes: • Justificación económica en que se informará del total de gastos efectuados en cada uno de los tres capítulos enumerados en el apartado resolutivo noveno y se firmará una declaración responsable de la inversión correcta de las asignaciones recibidas. • Justificación de actuaciones en que se describirán las actividades realizadas y la evaluación de su impacto. • Valoración de la convocatoria del proyecto Biblioinnova’t y de su implementación en el centro, además de destacar los aspectos positivos y las propuestas de mejora. • Relación de los miembros, el coordinador y los participantes, de la comisión de biblioteca escolar, que son docentes definitivos o con vacante en el centro durante el curso escolar 2023-24. Se rellenará el apartado correspondiente del trámite de OVICE, en que se hará constar el NIF o el NIE de la persona coordinadora y de los participantes del proyecto. Se hará una declaración responsable de haber hecho difusión de esta relación de participantes de acuerdo con lo que indica el apartado resolutivo decimoquinto. • Relación del resto de colaboradores de la comisión. 3. Los centros deben justificar en tiempo y forma los compromisos adquiridos, según el apartado resolutivo cuarto, y la inversión correcta de la totalidad de la dotación. En caso contrario, se los excluirá de la participación en la convocatoria siguiente del proyecto Biblioinnova’t.

Plazo

Plazo

Antes del 25 de junio de 2024