Comprobación de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales para el personal que preste o vaya a prestar servicios en el ámbito de actuación de las instituciones sanitarias dependientes de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública. - GVA.ES
Comprobación de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales para el personal que preste o vaya a prestar servicios en el ámbito de actuación de las instituciones sanitarias dependientes de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.
Organismo: Conselleria de Sanidad
Plazo de solicitud:
ABIERTO
Información básica
Formularios
Solicitud
Tramitación
Resolución
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Información básica
¿Qué es y para qué le sirve?
La comprobación por parte de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, con anterioridad a la realización del nombramiento del personal de instituciones sanitarias donde sea habitual el contacto con menores, de que la persona a nombrar carezca de antecedentes penales por delitos de carácter sexual.
Observaciones
Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Artículo 13. Obligaciones de los ciudadanos y deber de reserva.
5. Será requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. A tal efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
¿Quién puede solicitarlo?
El personall que preste o vaya a prestar servicios en el ámbito de actuación de las instituciones sanitarias dependientes de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.
Normativa del procedimiento
- Artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil (BOE nº 15, de 17/01/1996 ).
Formularios y documentos
Documentación
Normativa
Proceso de tramitación
La Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública comprobará de oficio en el Registro Central de Delincuentes Sexuales la inexistencia de antecedentes penales del interesado.
Se presumirá que la consulta u obtención es autorizada por los interesados, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa o la ley especial aplicable requiera consentimiento expreso.
órganos de tramitación
- Conselleria de Sanidad
C/ MICER MASCÓ, 31-33
46010 - València/Valencia
Órganos resolución
- Conselleria de Sanidad
C/ MICER MASCÓ, 31-33
46010 - València/Valencia
Agota vía administrativa
Sí