Subvenciones para financiar los gastos de funcionamiento y el fomento de actividades de participación, asociación, inclusión y formación del alumnado de personas adultas, realizadas por sus asociaciones de alumnado de FPA de centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Generalitat (DOGV 9969)

Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo

Código SIA: 223825
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Código GVA: 18662
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Plazo cerrado

Desde 09-01-2025

Hasta 23-01-2025

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Qué es

Qué es y para qué sirve

El objeto de esta subvención es convocar en régimen de concurrencia competitiva las subvenciones destinadas a la financiación de los gastos de funcionamiento y al fomento de actividades de participación, asociación, formación e inclusión ejecutadas por las asociaciones de alumnado de FPA de centros docentes no universitarios públicos y concertados, con sede en la Comunitat Valenciana

Plazos
SolicitudPlazo cerrado
Desde 09-01-2025 hasta 23-01-2025

A quién va dirigido

Ciudadanía
Personas interesadas

Las asociaciones de alumnos y alumnas de formación de personas adultas (FPA), de centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos, con sede en la Comunitat Valenciana.

Requisitos

1. Tener establecida su sede y ámbito de actividad en la Comunitat Valenciana.

 

2. Estar inscritas en el censo de confederaciones, federaciones y asociaciones de alumnos y alumnas de centros docentes no universitarios de la Comunitat Valenciana a que se refiere la Orden de 2 de agosto de 1988 (DOGV núm. 886, de 18.08.1988), en la fecha de publicación de la presente convocatoria en el DOCV, no siendo necesario estar integradas en una federación para acceder a la subvención.

 

3. Cumplir los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Solicitud

Plazo
Desde 09-01-2025 hasta 23-01-2025

Se abre plazo para aquellas Asociaciones de Familiares de Alumnado que tenía los plazos administrativos suspendidos por encontrarse en alguno de los municipios afectados por la DANA tal como establece el Real Decreto ley 6/2024 de 5 de noviembre

Forma de presentación
Telemática

1. La PRESENTACIÓN de la solicitud y de la documentación anexa requerida para la obtención de estas ayudas SOLO puede realizarse MEDIANTE EL TRÁMITE TELEMÁTICO de este trámite. Para ello deberá disponerse de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en...

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