Detalle de procedimiento

Presentación de la documentación correspondiente al curso de Monitor o Monitora de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil. IVAJ

Código SIA : 225029
Código GUC : 18831
Organismo: INSTITUT VALENCIÀ DE LA JOVENTUT IVAJ
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

La presentación, por parte de las escuelas de animación juvenil, de la documentación establecida en el artículo 38.1 a), b) y c) del Decreto 86/2015, de 5 de junio del Consell, por el que se desarrolla reglamentariamente la Ley 18/2010, de 30 de diciembre, de la Generalitat, de Juventud de la Comunitat Valenciana.

Requisitos

Requisitos

Podrán iniciar el trámite telemático las personas físicas titulares de derechos o intereses legítimos por parte de las Escuelas, con capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas, con arreglo a lo establecido en la ley.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Las escuelas de animación juvenil ubicadas en la Comunitat Valenciana, reconocidas por el Institut Valencià de la Joventut, que imparten los cursos de formación en materia de animación juvenil regulados en el Decreto 86/2015, de 5 de junio del Consell.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Ley 15/2017, de 10 de noviembre, de la Generalitat, de políticas integrales de juventud
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236 de 02/10/215).
  • Decreto 165/2010, de 8 de octubre del Consell, de medidas de simplificación y de reducción de cargas administrativas (DOGV nº 6376, de 14/10/2010).
  • Decreto 86/2015 del Consell por el que se desarrolla la Ley 18/2010 de la Generalitat, de Juventud de la Comunitat Valenciana
  • Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
  • Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Administración Electrónica de la Comunitat Valenciana.

Enlaces

Enlaces

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Durante todo el año.

Presentación

Presentación

Telemática
Para iniciar el trámite telemático deberá pulsar en el icono "tramitar con certificado". Deberá disponer de un certificado electrónico reconocido por la Agencia de Tecnología y Certificación electrónica (www.accv.es), o DNI electrónico. A continuación realizará los siguientes pasos para la tramitación: 1. "Debe saber": Breve explicación de los pasos a seguir para completar el proceso. Comenzar. 2. "Rellenar": Completar el formulario de datos generales con los campos obligatorios. Enviar. 3. "Documentar": hay que tener en cuenta lo siguiente: - desde "solicitud" "anexa documento", se puede descargar el formulario correspondiente (cronograma, listado de alumnado inscrito, acta final). - Guardar el formulario en el equipo y cumplimentar. - Anexar. Desde "otros documentos" se pueden anexar los que el interesado considere necesario para acompañar el formulario normalizado. 4. En el apartado "pagar" no debe realizarse ninguna actuación. 5. Registrar el formulario presentado. 6. Guardar el formulario firmado y registrado como documento válido ante la administración. - Los ciudadanos que deseen solicitar un certificado digital en soporte software deben dirigirse a cualquiera de los Puntos de Registro de Usuario de la ACCV (PRU) que existen en la Comunitat Valenciana. La emisión del certificado digital es presencial y dura entre 5 y 10 minutos desde el momento de la solicitud. Deberá identificarse con su D.N.I, N.I.E o pasaporte español, en vigor. - Puede consultar el siguiente enlace: http://www.accv.es/ciudadanos/puntos-de-registro-de-usuario/ - Sistemas de firma electrónica admitidos y/o usados en la sede: https://sede.gva.es/es/sede_certificados

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

Deberá cumplimentar la solicitud con los datos solicitados y los campos señalados como obligatorios. Se adjuntará el formulario que corresponda. Podrán adjuntar en el apartado anexo, la documentación que se requiera normativamente o la que estimen necesaria para la gestión del procedimiento.

órganos de tramitación

órganos de tramitación

Órganos resolución

Órganos resolución

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa