Subvenciones a Proyectos de dinamización territorial para una nueva industria sostenible (DINAMIZA-CV) 2023. - GVA.ES
Subvenciones a Proyectos de dinamización territorial para una nueva industria sostenible (DINAMIZA-CV) 2023.
Qué es
Promover y facilitar el desarrollo de las medidas empresariales en materia de I+D+i previstas en la Estrategia de Especialización Inteligente para la Investigación e Innovación de la Comunidad Valencia (RIS3-CV), con la consiguiente dinamización del tejido empresarial de la Comunitat Valenciana.
Las bases reguladoras de la presente convocatoria son las aprobadas por la Orden 12/2017, de 31 de mayo, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) dirigidas a la dinamización territorial para una nueva industria sostenible en la Comunitat Valenciana, publicadas en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) núm. 8055, de 5 de junio de 2017; en dichas bases se establecen las condiciones de las ayudas en lo no previsto en esta convocatoria.
* ACTUACIONES APOYABLES y REQUISITOS GENERALES DE LOS PROYECTOS
Los proyectos deberán haberse iniciado con posterioridad al 1 de enero de 2023 y deberán poderse encuadrar en alguna de las siguientes actuaciones apoyables:
· Actuación 1. Organización de jornadas y seminarios. Organización de jornadas, seminarios, foros o encuentros de demostración de tecnologías, dirigidas a personal directivo y técnico de las empresas con objeto de facilitar su evolución hacia la industria 4.0 o la economía circular. Las acciones deberán tener contenido técnico, excluyendo la difusión y promoción de carácter general, y abordar alguna de las siguientes temáticas:
1. Capacitación para facilitar la toma de decisiones sobre la estrategia a seguir en el futuro y las tecnologías más adecuadas.
2. Presentación de las novedades y tendencias nacionales y europeas respecto a la Industria 4.0 o la economía circular, beneficios y oportunidades asociadas a las mismas para las empresas valencianas, y casos de éxito regionales, nacionales y europeos.
3. Desarrollo de nuevos modelos de negocio basados en la transformación digital, industria 4.0, economía circular, colaborativa, transición hacia una economía baja en carbono, sostenibilidad, movilidad, accesibilidad y mejora de la calidad de vida, inclusión, salud y alimentación.
· Actuación 2. Preparación, desarrollo y puesta en marcha de proyectos que contribuyan a la mejora de la competitividad de las empresas, que tengan un carácter tractor e impulsor de actividades innovadoras y contemplen, entre otras actuaciones, la promoción de la cooperación empresarial, el desarrollo de nuevas actividades empresariales, así como la demostración y aprovechamiento de las capacidades de empresas, startups y agentes de la oferta científico tecnológica como factores clave para la mejora competitiva de las mismas. El proyecto se desarrollará por personal técnico de la entidad beneficiaria, en plantilla en el momento de la solicitud o de nueva contratación, quien actuará a modo de agente de proximidad territorial. El plan de acciones podrá incluir, entre otras:
- Jornadas o talleres de demostración de buenas prácticas empresariales, promoción de la cooperación empresarial, promoción de servicios ofertados por organismos de investigación o de gestión de la innovación, entre otros.
- Asesoramiento a empresas para impulsar nuevas actividades innovadoras, en materias como información, orientación sobre fuentes de financiación de proyectos, intermediación con expertos externos o apoyo en la preparación y presentación de propuestas, entre otras.
- Gestión y mantenimiento de contenidos, alertas y comunicaciones de interés al colectivo de empresas objetivo, boletines, guías temáticas, publicaciones en medios electrónicos o impresos, entre otros.
- Otras acciones de dinamización, no contempladas anteriormente, que contribuyan a cumplir con los fines previstos en esta actuación.
* COSTES SUBVENCIONABLES
Actuación 1. Organización de jornadas y seminarios
1) Colaboraciones externas:
a. Contratación de expertos.
b. Gastos de alojamiento y desplazamiento de los ponentes.
c. Gastos necesarios para el desarrollo de las acciones: alquiler de salas, materiales y difusión.
2) Personal propio: gastos del personal propio dedicado de forma directa a la organización y coordinación de la actividad subvencionada. No podrá superar el 15% del gasto subvencionable en el concepto de colaboraciones externas.
3) Gastos de la auditoría para la elaboración del informe de revisión de la documentación justificativa de la subvención hasta un importe máximo subvencionable de 600 euros, IVA excluido, por solicitud.
Actuación 2. Preparación y desarrollo de proyectos impulsores de actividades innovadoras.
1) Personal propio: Gastos del personal técnico de la entidad que participe de manera directa en el proyecto mediante el desarrollo de actividades en el ámbito de la gestión de la innovación.
En el caso de nuevas contrataciones en calidad de agente de proximidad territorial, se admitirá hasta el 100% de su dedicación. En caso de que estas funciones las asuma personal de la plantilla de la entidad, se admitirá hasta un máximo del 60% de dichas horas.
2) Colaboraciones externas: Gastos de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, necesarios para el desarrollo del proyecto. El gasto subvencionable en este concepto no podrá superar el 15% del gasto subvencionable de personal propio.
3) Adquisición de activos inmateriales: software que sea necesario para el desarrollo del proyecto incluyendo costes por uso de soluciones y aplicaciones (XaaS), durante el tiempo de ejecución del proyecto. El gasto subvencionable en este concepto no podrá superar el 5% del gasto subvencionable de personal propio.
4) Adquisición de activos materiales: equipamiento informático necesario para el desarrollo del proyecto. El gasto subvencionable en este concepto no podrá superar el 5% del gasto subvencionable de personal propio.
5) Gastos de la auditoría para la elaboración del informe de revisión de la documentación justificativa de la subvención hasta un importe máximo subvencionable de 600 euros, IVA excluido, por solicitud
- Orden 12/2017, de 31 de mayo, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), dirigidas a la dinamización...
- Resolución de 4 de noviembre de 2022, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan subvenciones a proyectos de dinamización territorial para una nueva industria sostenible en la Comunitat Valenciana, con cargo al presupuesto del ejercicio...
A quién va dirigido
Sin perjuicio de las restricciones previstas en el artículo 4 de la Orden 12/2017, de 31 de mayo, podrán solicitar estas ayudas:
a) Entidades sin ánimo de lucro -públicas o privadas- con personalidad jurídica propia y sede social en la Comunitat Valenciana, que de forma habitual presten servicios a las pymes en materia de apoyo a la innovación y a la modernización en sus diversas formas y así se recoja en sus estatutos.
b) Entidades jurídicas con sede social en la Comunitat Valenciana que gestionen clústeres empresariales y que reúnan la condición de agrupación empresarial innovadora según la definición del apartado 92 del artículo 2 del Reglamento (UE) nº 651/2014, de la Comisión de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Do L 187 de 26.06.2014).
Cómo se tramita
- Presentación de la solicitud y documentación.
Cuando la solicitud no reúna los requisitos exigidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o no se acompañe de la documentación que de acuerdo con esta convocatoria sea exigible, se requerirá a la entidad solicitante para que -en el plazo de 10 días hábiles desde el siguiente al de la recepción del requerimiento- subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que si no hiciese se le tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución dictada en los términos previstos en la legislación administrativa.
Los requerimientos se realizarán por medios electrónicos y se entenderán practicados o rechazados en los términos que se señalan en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este sentido, si transcurren diez días naturales sin que se acceda al contenido del requerimiento, se entenderá que la notificación ha sido rechazada y se tendrá por realizado el trámite de la notificación.
En el caso de que, por cualquier circunstancia, una misma entidad presentara diferentes solicitudes para una misma actuación, se considerará válida la última registrada en plazo.
Se delega en la persona que ostente la jefatura del Área de Empresas y Asociaciones de la Unidad IVACE Innovación, la resolución de las incidencias producidas con anterioridad a la concesión, en especial las referidas a desistimientos, cambio de entidad solicitante y cambio de proyecto.
La presidencia del IVACE será el órgano competente para dictar las resoluciones de aprobación o denegación de las ayudas correspondientes a la presente convocatoria.
1. Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando la puntuación obtenida en la evaluación sea igual o superior a 50 puntos.
2. Serán criterios de evaluación, de aplicación a cada una de las actuaciones previstas en anexo:
a) Calidad del proyecto. Puntuación máxima del grupo: 35 puntos. Se valorará:
- el grado de definición y claridad del proyecto propuesto. De 0 a 20 puntos.
- la metodología y la adecuación del presupuesto. De 0 a 10 puntos.
- la inclusión de las acciones previstas en el plan estratégico de la entidad solicitante. De 0 a 5 puntos.
b) Viabilidad técnica y económica del proyecto. Puntuación máxima del grupo: 20 puntos. Se valorará:
- la capacidad y experiencia del equipo de trabajo. De 0 a 10 puntos.
- la capacidad financiera para acometer el proyecto. De 0 a 10 puntos.
c) Resultados/impacto esperable del proyecto. Puntuación máxima del grupo: 35 puntos. Se valorará:
- adecuación de las acciones planteadas para una efectiva dinamización sectorial, territorial, económica, social, o en el ámbito tecnológico de influencia, considerando también la complementariedad o redundancia con iniciativas similares de otros agentes. De 0 a 35 puntos.
d) Aspectos sociales del proyecto. Puntuación máxima del grupo: 10 puntos. Se valorará:
- la existencia en el ámbito del proyecto de medidas que promuevan o faciliten de manera efectiva la igualdad entre hombres y mujeres. De 0 a 3 puntos.
- la existencia en el ámbito del proyecto de actuaciones o medidas con un efecto positivo en materia medioambiental: De 0 a 4 puntos
? la existencia en el ámbito del proyecto de medidas que promuevan o faciliten de manera efectiva la participación o integración de personas con diversidad funcional o de colectivos desfavorecidos. De 0 a 3 puntos.
Solicitud
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV nº 9468, de 11/11/2022) y finalizará el 20 de diciembre de 2022 a las 23.59.59 horas.
Resolución
La resolución de concesión y/o denegación pondrá fin a la vía administrativa. Se delega en la persona titular de la Dirección General del IVACE la resolución de los recursos de reposición. Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las...
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