Detalle de procedimiento

Aportación documental telemática a un expediente de ayudas por realización del Informe de Evaluación del Edificio (IEEV.CV). Convocatoria de 2023

Código SIA : 268215
Código GUC : 18902
Organismo: Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Plazo de solicitud: ABIERTO desde 06-02-2023
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

Mostrar todo

Ocultar todo

Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

El trámite tiene por objeto la presentación telemática de documentación a un expediente de solicitud de ayudas por realización del Informe de Evaluación del Edificio (IEEV.CV), correspondientes al ejercicio 2023, como consecuencia de una publicación de reparos o un requerimiento por parte de la Administración, o, en su caso, a iniciativa de la parte interesada.

Observaciones

Observaciones

Para presentar la solicitud será imprescindible que disponga de uno de los siguientes mecanismos de autenticación electrónica para poder verificar su identidad: a) Cl@ve permanente: Sistema de autenticación diseñado para personas que necesitan acceder frecuentemente a los servicios electrónicos de la Administración. Se basa en el uso de un código de usuario, su DNI o NIE, y de una contraseña que se establece en el proceso de activación y que sólo debe ser conocida por el ciudadano. Para los servicios de administración electrónica que requieran un nivel de seguridad elevado, el sistema refuerza la autenticación con la solicitud de introducción de un código numérico de un solo uso (OTP). Podrá solicitarlo en alguna de las distintas oficinas de Registro CL@VE habilitadas para ello, que encontrará en la URL: https://administracion.gob.es/pag_Home/atencionCiudadana/encuentraTuOficina/OficinasRegistro_CLAVE.html#.YIlyVZAzaUl b) Certificado electrónico (incluyendo el DNI-e) emitido por los prestadores de servicios autorizados por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Requisitos

Requisitos

Tener un expediente en tramitación ante la Conselleria competente en materia de Vivienda, de solicitud de ayudas por realización del IEEV.CV, correspondiente a la convocatoria de 2023.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

La aportación documental telemática o subsanación, la realizará la misma persona que formalizó en su momento la petición de la ayuda (la persona solicitante o, en su caso, la representante legal a tal efecto). De no ser así, deberá acreditar su cualificación/representación para ello.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

La aportación de documentación para completar o subsanar un expediente de ayudas por realización del IEEV.CV, podrá realizarse hasta que concluya el periodo de subsanación de reparos a las solicitudes de ayudas que al efecto se publique en la Web de la Conselleria.

Formularios y documentación

La requerida o que se considere conveniente aportar, adjuntándola en formato pdf y utilizando, en su caso, los "impresos asociados" que correspondan, debidamente cumplimentados y firmados, a seleccionar entre los que se encuentren a su disposición en el apartado subsiguiente de este Detalle de Procedimiento

Presentación

Presentación

Telemática
1. Para iniciar el trámite telemático deberá pinchar en el icono superior "Tramitar con certificado" de esta misma página, donde la persona que aporta la documentación se identificará con un certificado de firma digital aceptado por la Generalitat. Deberá disponer de certificado electrónico reconocido por la ACCV o DNI electrónico. También puede tramitar utilizando el sistema de CL@VE-PERMANENTE del Estado. Con este sistema de autenticación y firma, no necesita disponer de certificado en su equipo ni usar Java o AUTOFIRMA (Ver enlaces del apartado Información Complementaria). 2. 2. Se tendrá que seleccionar el expediente que corresponda entre los que ofrezca la aplicación en función de la identificación (DNI-NIE-NIF) de la persona o comunidad de propietarios solicitante de la ayuda. 3. A continuación, se adjuntarán los documentos en formato pdf que hayan sido requeridos por la Administración o que se consideren oportunos para incorporar al expediente de ayudas. 4. Finalmente lo registrará de entrada, a través del registro telemático. La documentación será valorada por el personal de la Conselleria encargado de la tramitación del expediente, para su incorporación al mismo si procede.

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa