Generalitat Valenciana
Detalle de procedimientos
- ¿Qué se puede solicitar?
Nombre del trámite
Aportación o subsanación de documentación de la subvención en régimen competitiva a entidades locales, para programas de promoción de los derechos de la infancia y de participación infantil.
Objeto del trámite
Posibilitar la aportación de documentación y la formulación de alegaciones a las entidades que tengan un expediente de solicitud de subvención abierto.
Inicio
La aportación se puede realizar:
- Como consecuencia de un requerimiento o del trámite de audiencia.
- Por iniciativa de la entidad interesada - ¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes
Aquellos ayuntamientos, diputaciones y entidades locales supramunicipales.
Requisitos
Haber presentado solicitud de subvención para programas de promoción de los derechos de la infancia y de participación infantil en la convocatoria en curso.
Inicio - ¿Cuándo solicitarlo?
Plazo de presentación
- El plazo de presentación de la documentación será el establecido en el requerimiento notificado o en el trámite de audiencia
Inicio
- La aportación por iniciativa propia se podrá realizar en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia, siempre y cuando no se haya archivado el expediente. - ¿Qué documentación se debe presentar?
Se deberá aportar la documentación indicada en el requerimiento notificado o cualquier otra que estime oportuna.
Impresos asociados
SOLICITUD GENERAL DE SUBVENCIÓN
[ANEXO IV] MEMORIA DESCRIPTIVA DE LA POLÍTICA MUNICIPAL DE INFANCIA
MODELO DE DOMICILIACIÓN BANCARIA
Inicio - ¿Cómo se tramita? Inicio
- ¿Cómo se tramita telemáticamente?
A través del enlace correspondiente:
Tramitar con certificado electrónico:https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_APD_SUGUS&version=1&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=18966
Tramitación
En cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, la documentación se presentará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, se accederá a la sede electrónica de la Generalitat, bien a través de la URL https://sede.gva.es, seleccionando el trámite correspondiente, bien o a través de la dirección de internet: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18966
Inicio - Información complementaria
Obligaciones
Las entidades beneficiarias observarán las obligaciones contenidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y quedan, en consecuencia, expresamente obligadas a:
Inicio
a) Llevar a cabo el programa que fundamenta la concesión de la ayuda.
b) Acreditar ante la conselleria con competencia en materia de infancia la ejecución del programa, así como el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinen la concesión o disfrute de la ayuda.
c) Someterse a las actuaciones de control financiero que corresponden a la Intervención General, en relación a las subvenciones recibida.
d) Comunicar a la conselleria con competencias en materia de infancia la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de otras administraciones o entes públicos o privados. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
e) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
f) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 19 de la orden de bases.
2. Las entidades beneficiarias estarán obligadas, además a:
a) Presentar a la dirección general con competencia en materia de infancia una memoria de desarrollo del programa subvencionado con los datos y en la forma y plazo que se especifique en la resolución de concesión
b) Hacer constar expresamente en todas los actos públicos y los materiales de difusión y publicidad del programa, la colaboración de la Generalitat. - Fuentes jurídicas y/o documentales
Normativa
- Orden 6/2017, de 20 de julio de 2017, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la cual se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones dirigidas a programas de promoción de los derechos de la infancia y de participación infantil (DOGV núm. 8092 de 26.07.2017).
Lista de normativa
Ver Orden 6/2017, de 20 de julio de 2017
Inicio -
La Generalitat desea que esta información le sea de utilidad.La presente información tiene exclusivamente carácter ilustrativo, por lo que no originará derechos ni expectativas, ni vinculará con el procedimiento a que se refiere, cuya tramitación se sujetará siempre a las instrucciones específicas.