Comunicación de aprobación de emblema por las entidades locales de la Comunitat Valenciana. - GVA.ES
Comunicación de aprobación de emblema por las entidades locales de la Comunitat Valenciana.
Qué es
Comunicación a la dirección general competente en materia de administración local la aprobación de emblema.
USO DEL EMBLEMA
Las entidades locales que tengan aprobado escudo oficial podrán utilizar en sus publicaciones institucionales divulgativas o publicitarias un emblema distintivo. En ningún caso el emblema se incorporará a los sellos municipales.
El emblema podrá figurar, junto al escudo oficial aprobado, como membrete de la documentación oficial del ente local, aunque no podrá utilizarse como medio de validació de la misma.
A quién va dirigido
Las entidades Locales de la Comunitat Valenciana
Cómo se tramita
- Comunicación del expediente y remisión de la documentación completa.
- Traslado al Consell Tècnic d'Heràldica i Vexil·lologia para su conocimiento.
- Toma de conocimiento por el director general competente en materia de administración local.
- Inscripción en el Registro de entidades locales de la Comunitat Valenciana.
NOTA: No hay un plazo de resolución y notificación previsto reglamentariamente, al exigirse tan solo una comunicación por el art. 24 del Decreto 72/2015, de 15 de mayo, del Consell.
46001 - València/Valencia
Solicitud
Durante todo el año.
Resolución
En este procedimiento, en términos estrictos no se emite una resolución sino que se trata de un acto de conocimiento. No cabe la interposición de recursos.
46003 - València/Valencia
Preguntas frecuentes
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