Generalitat Valenciana
Detalle de procedimientos
- ¿Qué se puede solicitar?
Nombre del trámite
Trámite para la subsanación o aportación de documentación en la convocatoria de subvenciones para la realización de programas de servicios sociales especializados de personas mayores para el ejercicio 2019.
Objeto del trámite
Posibilitar la aportación de documentación a las entidades que tengan un expediente de solicitud de subvención abierto para la realización de programas de servicios sociales especializados en el ejercicio 2019.
Inicio
La aportación se puede realizar:
- Como consecuencia de un requerimiento de subsanación
- Por iniciativa de la persona interesada
- Para justificación de la subvención - ¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes
Aquellas entidades que hayan presentado solicitud en la convocatoria de subvenciones para la realización de programas de servicios sociales especializados de personas mayores para el ejercicio 2019 y que hayan sido requeridas par completar la documentación o bien aporten documentación por iniciativa propia.
Requisitos
Podrán aportar documentación las entidades que se encuentren en alguna de estas situaciones:
Inicio
- Figurar en el requerimiento de subsanación publicado en la Web de la Dirección General de Servicios Sociales y Personas en Situación de Dependencia.
- Tener un expediente abierto en el marco de la convocatoria referenciada donde la entidad interesada por iniciativa propia quiera aportar más documentación, un desestimiento o una renuncia. - ¿Cuándo solicitarlo?
Plazo de presentación
- El plazo de presentación de la documentación será el establecido en el requerimiento de subsanación publicado en la Web de la Dirección General de Servicios Sociales y Personas en Situación de Dependencia.
Inicio
- En cualquier otro caso, la aportación se podrá realizar en cualquier momento del procedimiento anterior a la resolución del expediente, siempre y cuando no se haya archivado el expediente.
- El plazo de presentación de la documentación relativa a la justificación será el establecido en la convocatoria. - ¿Qué documentación se debe presentar?
La entidad deberá aportar la documentación indicada en el requerimiento de subsanación publicado o cualquier otra que estime oportuna.
Inicio
La documentación relativa a la justificación será la prevista en la convocatoria. - ¿Cómo se tramita? Inicio
- ¿Cómo se tramita telemáticamente?
A través del enlace correspondiente:
Tramitar con certificado electrónico:https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_APD&version=1&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=19254
Información adicional
EXCLUSIVAMENTE por vía electrónica en la sede electrónica de la Generalitat https://sede.gva.es
Inicio - Información complementaria
Web de la Dirección General de Servicios Sociales y Personas en Situación de Dependencia
Inicio - Fuentes jurídicas y/o documentales
Normativa
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ( BOE núm. 236, de 02/10/ 2015).
- Decreto 14/2018, de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.
- Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones (DOCV núm. 7464, de 12/02/15).
- Orden 10/2016, de 2 de mayo, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de equipamiento para centros de servicios sociales especializados de personas mayores.
- Resolución de 6 de mayo de 2019, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan para el ejercicio 2019 subvenciones en materia de equipamiento para centros de servicios sociales especializados de personas mayores.Lista de normativa
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La Generalitat desea que esta información le sea de utilidad.La presente información tiene exclusivamente carácter ilustrativo, por lo que no originará derechos ni expectativas, ni vinculará con el procedimiento a que se refiere, cuya tramitación se sujetará siempre a las instrucciones específicas.