Solicitud de subvenciones en materia de impulso a la Compra Pública Innovadora (CPI) (Convocatoria 2025)

Agencia Valenciana de la Innovación AVI

Código SIA: 1256924
|
Código GVA: 19546
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Plazo de solicitud cerrado

Desde 16-06-2025 00:00:00h

Hasta 08-07-2025 14:00:59h

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Qué es

Qué es y para qué sirve

La Agencia Valenciana de Innovación (IVACE+i Innovación) lanza el presente procedimiento de ayudas para potenciar el desarrollo de mercados innovadores a través de la contratación pública, incentivar la compra pública innovadora desde el lado de la demanda del gestor público y desde el lado de la oferta, es decir, de las empresas, estimulándolas a participar y presentar ofertas innovadoras en los procesos de CPI.

Se configuran dos líneas:

Línea 1. Fomento de los proyectos de I+D+i destinados a la Compra Pública de Innovación, con el objeto de apoyar el coste de I+D+i requerido en una licitación pública de innovación, de manera que se facilite la presencia de empresas valencianas en licitaciones públicas de productos y servicios innovadores.

Línea 2. Impulso de la demanda de licitaciones de productos y servicios innovadores, con el objeto de dinamizar la CPI en la Comunitat, a través de iniciativas de apoyo a la compra pública de innovación, financiando actividades dirigidas a la puesta en marcha de compra públicas innovadoras y acciones de promoción.

Plazos
SolicitudPlazo cerrado
Desde 16-06-2025 00:00:00h hasta 08-07-2025 14:00:59h
Normativa

A quién va dirigido

Empresas
Administración
Personas interesadas

Línea 1. Podrán tener la condición de entidades beneficiarias las empresas y organismos de investigación, con capacidad de proveer de soluciones tecnológicas a las administraciones, que vayan a presentarse a licitaciones de CPI de la Administración Pública, con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana.

Línea 2. Podrán tener la condición de entidades beneficiarias las entidades locales de la Comunitat Valenciana, admitiéndose a sus entidades dependientes, entendiendo como tales aquellas organizaciones o entidades, con personalidad jurídica propia creadas bajo la dependencia o vinculación de las entidades locales para cumplir funciones concretas de servicio público o intervención administrativa, pudiendo ser: organismos autónomos, entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles (íntegra o mayoritariamente participadas o controladas por una entidad local), fundaciones y otras instituciones sin fin de lucro constituidas para la realización de fines de interés general; y consorcios.

 Todas estas entidades con capacidad de compra regulada por la Ley de Contratos del Sector Público y proclives a comprar servicios o productos con alto contenido innovador, y las entidades sin ánimo de lucro –públicas o privadas- con personalidad jurídica propia y sede en la Comunitat Valenciana, que en sus estatutos tengan entre sus fines prestar servicios de asesoramiento en materia de innovación.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

La tramitación del procedimiento será electrónica y se deberá ajustar a lo establecido en el artículo 8 de las bases reguladoras (Resolución de 28 de mayo de 2025, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Agencia Valenciana de la Innovación (AVI) (IVACE+i Innovación) y al resuelvo cuarto de la Resolución de convocatoria de las citadas ayudas para 2025 a 2027.

  1. Pinchando en el enlace del apartado "Tramitar con certificado electrónico" o bien en el enlace "Tramitar con certificado" (que figura en color rojo al inicio de este trámite de la Guía Prop), accederá al trámite telemático de aportación documental que le permitirá cumplimentar el formulario web de solicitud que, una vez validado, le permitirá a su vez anexar la documentación que desee aportar y realizar la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro, que también estará disponible en el Área Personal del solicitante, a la que puede accederse desde la web de la Generalitat (Web de la Generalitat > Área personal) o desde su Sede Electrónica (Web de la Generalitat> Sede Electrónica > Acceso al área personal).
  2. Finalmente, una vez realizado el envío, se registrará de entrada por medio del registro telemático y podrá imprimir una copia del mismo.

Puede descargar la documentación y el manual de instrucciones para la Solicitud de Ayuda en el portal https://innoavi.es/es/convocatorias-de-proyectos/

Criterios de valoración

Los criterios de evaluación están establecidos en el artículo 11 de la Resolución de 28 de mayo de 2025, por la que se establecen las bases reguladoras para la convocatoria de ayudas en materia de fortalecimiento y desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación y desarrollados en el apartado correspondiente a criterios de evaluación de solicitudes de cada uno de los anexos de la Resolución de convocatoria de las citadas ayudas para 2025 a 2027.

Órganos de tramitación

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Desde 16-06-2025 00:00:00h hasta 08-07-2025 14:00:59h

El plazo de presentación de solicitudes de este procedimiento, en el que la concesión es en régimen de concurrencia competitiva, será de quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del Extracto de la resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Sólo serán admitidas las solicitudes que hayan sido grabadas en la sede electrónica de la Generalitat antes de las 14:00 horas del último día de plazo de presentación. (DOGV núm. 10130 / 13.06.2025 y DOGV núm. 10131 / 16.06.2025)

 

Fecha de Inicio: 16/06/2025    Fecha Finalización: 08/07/2025 (14:00h)

 

Documentación

Se debe presentar la documentación reseñada en la Resolución de convocatoria de ayudas en materia de fortalecimiento y desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación para la mejora del modelo productivo para los ejercicios 2025 a 2027 y generada a través de tramitación telemática.

Forma de presentación
Telemática

Para realizar la tramitación electrónica, el solicitante podrá utilizar cualquier de los sistemas de firma electrónica admitidos en la sede electrónica de la Generalitat: https://sede.gva.es/va/sede_certificados; entre estos, el certificado electrónico emitido por la Agencia Valenciana de...

Más

Resolución

Plazo máximo

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del procedimiento de concesión de las ayudas será de seis meses a partir de la fecha de la publicación del extracto de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Cuantía y cobro

Línea 1. La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido de un porcentaje de los gastos subvencionables según las intensidades que se indican en la Resolución de 28 de mayo de 2025 por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en materia de fortalecimiento y desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación para la mejora del modelo productivo.

Línea 2. La ayuda consistirá en una subvención del 100% de los gastos subvencionables del proyecto.

La Agencia Valenciana de la Innovación (IVACE+i Innovación) procederá al pago de la ayuda una vez se
haya ejecutado el proyecto al que estaba destinada, y siempre que haya verificado el cumplimiento de las
obligaciones exigibles al beneficiario.


En ambas líneas de actuación el importe máximo de ayuda será 150.000 euros por anualidad.

 

Recurso que procede contra la resolución
Potestativo de reposición / Contencioso-administrativo
Obligaciones

Las obligaciones de los beneficiarios vienen especificadas en el artículo 5 de la Resolución de 28 de mayo de 2025, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en materia de fortalecimiento y desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación, sin perjuicio de las previstas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Observaciones

Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Órganos resolución
Efecto silencio
Desestimatorio
Agota vía administrativa
Si
Sanciones

Las establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuyo título IV regula las infracciones y sanciones en materia de subvenciones.

 

 

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

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  • Administraciones
    • Ayudas y subvenciones
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