Subsanación y/o aportación de documentación de actividades sometidas a autorización de emisiones a la atmósfera (Grupo B), notificación de emisiones a la atmósfera (GRUPO C) e instalaciones afectadas por el Real Decreto 117/2003, de 31 de enero NO sometidas a autorización Ambiental Integrada NI Autorización de emisiones a la atmósfera "Grupo A" - GVA.ES
Subsanación y/o aportación de documentación de actividades sometidas a autorización de emisiones a la atmósfera (Grupo B), notificación de emisiones a la atmósfera (GRUPO C) e instalaciones afectadas por el Real Decreto 117/2003, de 31 de enero NO sometidas a autorización Ambiental Integrada NI Autorización de emisiones a la atmósfera "Grupo A"
Organismo: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio
Plazo de solicitud:
ABIERTO
desde 04-09-2018
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Información básica
¿Qué es y para qué sirve?
¿Qué es y para qué sirve?
-Aportar documentación en relación con las actividades sometidas a autorización (grupo B) o notificación de emisiones a la atmósfera (grupo C).
-Aportar documentación que verifica el cumplimiento de los valores límite del Real Decreto 117/2003, de 31 d e enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades.
Observaciones
Observaciones
En caso de dudas pueden realizar consultas a través del siguiente correo electrónico: emisiones@gva.es
¿Quién puede solicitarlo?
¿Quién puede solicitarlo?
-Cualquier persona titular o representante legal de una instalación que esté tramitando o haya tramitado una autorización de emisiones a la atmósfera (Grupo B) o una notificación de emisiones a la atmósfera (Grupo C).
-Cualquier persona titular o representante legal de una instalación que haya de presentar documentación en relación con el cumplimiento de los valores límites del Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades.
Normativa del procedimiento
Normativa del procedimiento
- LEGISLACIÓN EUROPEA
- Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales (prevención y control integrados de la contaminación) (DOUE nº 334, de 17/12/10).
- LEGISLACIÓN NACIONAL
- Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera (BOE nº 275, de 16/11/07).
- Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación (BOE nº 25, de 29/01/11).
- Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades (BOE nº 33, de 07/02/03).
- Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación (BOE nº 157, de 02/07/02), modificada por la Ley 5/2013, de 11 de junio (BOE nº140 de 12/06/13).
- Real Decreto 1042/2017, de 22 de diciembre, sobre la limitación de las emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de las instalaciones de combustión medianas y por el que se actualiza el anexo IV de la Ley 34/2007, de 15 de novimebre, de calidad del aire y protección de la atmósfera. (BOE n.º 311, de 23/12/2017).
- LEGISLACIÓN AUTONÓMICA
- Orden de 21 de mayo de 2007, de la Conselleria de Territorio y Vivienda, se creó el Registro de instalaciones afectadas por el real Decreto 117/2003 en la Comunitat Valenciana. (DOCV n.º 5545, de 29/06/2007)
- Ley 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades en la Comunitat Valenciana (DOCV nº 7329, de 31/07/14).
- Decreto 228/2018, de 14 de diciembre, del Consell, por el que se regula el control de las emisiones de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera.
Dudas sobre la tramitación telemática
Dudas sobre la tramitación telemática
Plazo
Plazo
Todo el año
Formularios y documentación
Solicitud de subsanación y/o aportación de documentación que proceda.
Presentación
Presentación
Presencial
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Y, preferentemente, en:
Dónde dirigirse
- Dirección Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca - Castellón
- Dirección Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca - Valencia
- Dirección Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca - Alicante
Av. HERMANOS BOU, 47
12003 - Castelló/Castellón
C/ GREGORIO GEA, 27
46009 - València/Valencia
C/ PROFESSOR MANUEL SALA, 2
03003 - Alacant/Alicante
Telemática
Dado que los solicitantes son personas jurídicas, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligadas a relacionarse con ellas a través de medios electrónicos, por lo que la presentación de solicitudes debe realizarse electrónicamente a través de la sede electrónica de la Generalitat en la siguiente URL http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=19756 .
En caso de que la solicitud se hiciera presencialmente, se requerirá al interesado para que la presente de forma electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la presentación telemática.
Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre ellos los certificados emitidos por la Autoridad de Certificación de la Comunitat Valenciana (https://sede.gva.es/va/sede_certificados).
En caso de que se quiera tramitar un procedimiento electrónico en representación de otras personas físicas o jurídicas, se deberá proceder a la correspondiente inscripción en el Registro de Representantes (http://regrep.accv.es/accv_repr/zonarep/index.html/).
Enlaces
Enlaces
- Simulación de Tramitación Telemática en la Generalitat Valenciana (Cl@ve-firma)
- Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural
- Web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
- Web de la Agencia Europea de Medio Ambiente.
- Sistemas de verificación de Firma
- Web European IPPC Bureau.
- Sistemas de Firma Electrónica admitidos y/o usados en la Sede
Proceso de tramitación
Proceso de tramitación
El órgano de tramitación de los procedimientos en materia de autorización de emisiones a la atmósfera grupo B, notificación de emisiones a la atmósfera (grupo C) o documentación que verifica el cumplimiento de los valores límites establecidos en el Real Decreto 117/2003, de 31 de enero es la dirección territorial de la Conselleria competente en medio ambiente en cuyo ámbito territorial se ubique la instalación.
Órganos de tramitación
Órganos de tramitación
Órganos resolución
Órganos resolución
Agota vía administrativa
Agota vía administrativa
Sí