Convocatoria de ocho becas para la realización de prácticas profesionales en materia de especialización turística en dependencias de Turisme Comunitat Valenciana durante el ejercicio 2023

TURISME COMUNITAT VALENCIANA

Código SIA: 1987060
|
Código GVA: 19900
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Plazo cerrado

Desde 17-11-2022

Hasta 09-12-2022

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Qué es

Qué es y para qué sirve

Completar y desarrollar la formación de jóvenes titulados universitarios para adquirir formación complementaria y especialización técnica.

 

Se convocan 3 clases de becas:

 

De clase "E": tres (3) becas en materia de competitividad empresarial y emprendimiento turístico, destinadas a graduados en Turismo, en Economía o en Administración y Dirección de Empresas (ADE).

 

De clase "H": dos (2) becas en materia de planes territoriales y espacios turísticos, en el marco de la estrategia territorial turística. destinada a graduados en Turismo, en Turismo Administración y Dirección de Empresas (TADE), en Sociología y en Geografía.

 

De clase "I": tres (3) becas en materia de gestión administrativa en el marco de las convocatorias de ayudas anuales a entidades y empresas de la Comunitat Valenciana, destinadas a graduados en Gestión y Administración Pública (GAP).

Plazos
SolicitudPlazo cerrado
Desde 17-11-2022 hasta 09-12-2022
Observaciones

- En el caso de la presentación de más de una solicitud para una determinada clase de beca, únicamente se tendrá en cuenta la última presentada, archivándose las anteriores.

 

Régimen de incompatibilidades

 

1. La obtención de una beca en el marco del decreto 20/2017, del presidente de la Generalitat, es incompatible con el desempeño de cualquier otra beca o ayuda, así como con la realización de cualquier otra actividad laboral remunerada que suponga concurrencia con el objeto y dedicación de la beca o que impida el cumplimiento de las obligaciones derivadas del normal desarrollo de la misma. La infracción de esta regla dejará sin efecto la beca adjudicada, previa audiencia a la persona interesada.

 

2. Cuando el beneficiario o la beneficiaria de la beca sea personal de la Generalitat, quedará en la situación administrativa que proceda, de acuerdo con la normativa vigente en materia de función pública.

 

3. Cuando el beneficiario o la beneficiaria de la beca no mantenga ninguna relación con la Generalitat, la condición y aprovechamiento de la beca no implicará ninguna vinculación laboral o administrativa con la Generalitat.

 

DURACIÓN DE LAS BECAS Y PRÓRROGA

 

1. El periodo de duración de cada beca será de un año y comenzará el día de 2023 que se indique en la resolución de concesión de la presente convocatoria.

 

2. El periodo inicial de cada beca podrá prorrogarse sin necesidad de nueva convocatoria por un periodo máximo de doce meses adicionales, siempre que el desarrollo de la actividad que se esté efectuando así lo requiera o aconseje, quedando condicionada la posibilidad de prórroga, en todo caso, a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2024.

 

CONDICIONES DE CONCESIÓN DE LAS BECAS

1. Esta convocatoria se realiza de conformidad con el Decreto 20/2017, de 24 de noviembre, del president de la Generalitat, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas para la realización de prácticas profesionales en materia de turismo (DOGV 8188, 12.12.2017), quedando condicionada por tanto a lo establecido en dichas bases, entre cuyos extremos resultan a destacar los que figuran detallados en los apartados siguientes.

 

2. El procedimiento de concesión de estas becas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

 

3. Las prácticas se realizarán en la sede central de Turisme Comunitat Valenciana. Asimismo, podrán realizar desplazamientos en función de las necesidades formativas a complementar.

 

4. La actividad práctica a desarrollar consistirá en tareas adecuadas para adquirir formación complementaria y especialización, en relación con la titulación exigida para cada clase de becas en función de la materia propia de cada una de ellas, materia detallada en el artículo 1 del citado Decreto 20/2017, aprobatorio de las bases reguladoras.

Normativa

A quién va dirigido

Ciudadanía
Personas interesadas

Las personas que, al término del plazo de presentación de las solicitudes de la convocatoria de becas para la realización de prácticas profesionales en dependencias de Turisme Comunitat Valenciana durante el ejercicio 2023, reúnan los siguientes:

Requisitos

Las personas solicitantes han de cumplir los requisitos recogidos en el artículo 3 del decreto 20/2017, de 24 de noviembre, del president de la Generalitat, para las becas clase "E" , "H" e "I", al término del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria.

 

Las prácticas se realizarán en la sede central de Turisme Comunitat Valenciana, Área de Competitividad Turística. Asimismo, podrán realizar desplazamientos en función de las necesidades formativas a complementar.

 

EXCLUSIONES: No podrán optar a estas becas quienes en el momento de publicarse la convocatoria ya estén disfrutando de una beca de prácticas profesionales en la Generalitat, salvo que se concurra a la misma beca que se está disfrutando o que resten menos de dos meses para su finalización.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

1. La ordenación e instrucción del procedimiento corresponderá conforme a la vigente resolución de organización de Turisme Comunitat Valenciana, al personal y unidades administrativas que realicen las funciones atribuidas al Área de Competitividad Turística.

2. Para el examen de las solicitudes de beca y elaboración de las oportunas propuestas se constituirán una comisión evaluadora de cada clase de beca convocada.

 

FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN EVALUADORA DE CADA CLASE DE BECA CONVOCADA

 

1. La comisión evaluadora podrá estar asesorada por el personal técnico o profesional que se considere necesario, que podrá asistir a las reuniones con voz, pero sin voto.

2. La comisión se someterá, en cuanto a su régimen de funcionamiento, a lo dispuesto para los órganos colegiados en la legislación básica de régimen jurídico de las administraciones públicas.

3. La comisión tomará sus acuerdos por mayoría simple, se levantará acta de las sesiones que celebre y de los acuerdos que adopte.

4. Concluido el proceso de selección, elevará su propuesta, en forma y plazo para su resolución, a la persona titular de la presidencia de Turisme Comunitat Valenciana.

 

PROCESO DE SELECCIÓN

 

Se ajustará a lo establecido en el artículo 10 del Decreto 20/2017, de 24 de noviembre, del president de la Generalitat.

 

El enlace de la web de Turisme Comunitat Valenciana al que se refiere el artículo arriba mencionado es:

 

http://www.turisme.gva.es/opencms/opencms/turisme/es/contents/conselleria/convocatorias/becas.htmL

dónde habrá un enlace al trámite:

 

https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=19900

 

dónde se efectuará la publicación de listados en las diferentes fases del procedimiento: listados tanto provisionales como definitivos de personas admitidas y excluidas, la convocatoria a la fase de entrevista, y finalmente la lista de las personas que resulten beneficiarias de las becas.

Criterios de valoración

1. Las solicitudes presentadas se valorarán conforme a los criterios establecidos en el artículo 4. Baremo para evaluar los méritos personales, del Decreto 20/2017, de 24 de noviembre, del president de la Generalitat.

 

La valoración máxima que se podrá obtener en la entrevista/prueba será de siete puntos y serán considerados los cinco criterios señalados en el apartado 1.e del artículo 4 del citado Decreto 20/2017, cuya respectiva puntuación máxima será la siguiente: los criterios «profundidad de conocimientos» y «facilidad de adaptarse a planteamientos diversos» serán puntuados con hasta dos puntos, los restantes tres criterios con hasta un punto.

 

2. El proceso de selección y resolución de la presente convocatoria se realizará según lo establecido en el artículo 10, «Proceso de selección», del Decreto 20/2017, de 24 de noviembre, del president de la Generalitat.

Órganos de tramitación
La ordenación e instrucción del procedimiento corresponderá al personal y unidades administrativas que realicen las funciones atribuidas al Área de Competitividad Turística.

Solicitud

Plazo
Desde 17-11-2022 hasta 09-12-2022

- El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, a contar a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria de becas en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. (DOGV núm. 9471, de 16/11/2022).

 

- La presentación de la solicitud en el Registro Electrónico se podrá acreditar mediante el recibo expedido por este de modo automático. Se podrá recuperar dicho justificante de registro accediendo al área personal.

 

A los efectos del cómputo de plazos, será válida y producirá efectos jurídicos la fecha de entrada que se consigne en el recibo expedido por el Registro Electrónico. La Generalitat garantiza que la fecha y hora asignada en el recibo es la hora oficial que establece el Real Instituto y Observatorio de la Armada. La recepción en día inhábil en la unidad correspondiente se entiende efectuada el primer día hábil siguiente. Se consideran días inhábiles, según lo establecido en el artículo 30.2 de la citada Ley 39/2015, los sábados y domingos, así como los días que tengan la condición de fiestas oficiales en la Comunitat Valenciana.

Documentación
1. Las personas aspirantes a obtener una beca deberán acceder al apartado de tramitar con certificado de éste mismo trámite. Una vez dentro de la plataforma E-BECAS, deberán cumplimentar mediante pantallas dinámicas los dos formularios requeridos, el formulario de SOLICITUD y el formulario de...
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Forma de presentación
Telemática
INFORMACIÓN DE TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA Y REQUISITOS TÉCNICOS Las personas aspirantes a obtener una beca deberán acceder al apartado de tramitar con certificado de éste mismo trámite. Una vez dentro de la plataforma, deberán cumplimentar mediante pantallas dinámicas los dos formularios...
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    Resolución

    Plazo máximo
    El plazo máximo para dictar y publicar las resoluciones será de tres meses, a contar a partir del día siguiente del día de publicación de la convocatoria de becas en el DOGV., sin perjuicio de que pueda ampliarse en los términos previstos en la legislación básica de procedimiento administrativo...
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    Cuantía y cobro
    CUANTÍA: A los efectos de la cuantía de las becas, pago y justificación de las mismas, se estará a lo establecido en el capítulo V del Decreto 20/2017, de 24 de noviembre, del president de la Generalitat. De conformidad con la RESOLUCIÓN de 19 de enero de 2022, de la Conselleria de Hacienda y...
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    Obligaciones
    - A los efectos de las obligaciones y derechos de las personas beneficiarias se estará a lo establecido en el artículo 15 del Decreto 20/2017, de 24 de noviembre, del president de la Generalitat. - A los efectos de las obligaciones de la entidad concedente, se estará a lo establecido en el...
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    Observaciones

    La resolución de concesión de la beca que se dicte conforme a esta convocatoria pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que la dicte, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación o...

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    Órganos resolución
    Persona titular de la Presidencia de Turisme Comunitat Valenciana