Convocatoria de cuatro becas para la realización de prácticas profesionales en materia de turismo en dependencias de Turisme Comunitat Valenciana durante el ejercicio 2025. Clase "E" - GVA.ES
Convocatoria de cuatro becas para la realización de prácticas profesionales en materia de turismo en dependencias de Turisme Comunitat Valenciana durante el ejercicio 2025. Clase "E"
Qué es
Completar y desarrollar la formación de jóvenes titulados universitarios para adquirir formación complementaria y especialización técnica.
Becas de clase «E» convocadas : cuatro becas en materia de competitividad empresarial y emprendimiento turístico, destinadas a graduados en Turismo, en Economía, en Administración y Dirección de Empresas (ADE) y en Gestión y Administración Pública.
Todas ellas con realización de las prácticas en la sede central de Turisme Comunitat Valenciana, Área de Competitividad Turística.
- En el caso de la presentación de más de una solicitud, únicamente se tendrá en cuenta la última presentada, archivándose las anteriores.
Régimen de incompatibilidades
1. La obtención de una beca en el marco del decreto 20/2017, del presidente de la Generalitat, es incompatible con el desempeño de cualquier otra beca o ayuda, así como con la realización de cualquier otra actividad laboral remunerada que suponga concurrencia con el objeto y dedicación de la beca o que impida el cumplimiento de las obligaciones derivadas del normal desarrollo de la misma. La infracción de esta regla dejará sin efecto la beca adjudicada, previa audiencia a la persona interesada.
2. Cuando el beneficiario o la beneficiaria de la beca sea personal de la Generalitat, quedará en la situación administrativa que proceda, de acuerdo con la normativa vigente en materia de función pública.
3. Cuando el beneficiario o la beneficiaria de la beca no mantenga ninguna relación con la Generalitat, la condición y aprovechamiento de la beca no implicará ninguna vinculación laboral o administrativa con la Generalitat.
DURACIÓN DE LAS BECAS Y PRÓRROGA
1. El periodo de duración de cada beca será de un año y comenzará el día de 2025 que se indique en la resolución de concesión de la convocatoria.
2. El periodo inicial de cada beca podrá prorrogarse sin necesidad de nueva convocatoria por un periodo máximo de doce meses adicionales, siempre que el desarrollo de la actividad que se esté efectuando así lo requiera o aconseje, quedando condicionada la posibilidad de prórroga, en todo caso, a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2025.
CONDICIONES DE CONCESIÓN DE LAS BECAS
1. Esta convocatoria se realiza de conformidad con el Decreto 20/2017, de 24 de noviembre, del president de la Generalitat, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas para la realización de prácticas profesionales en materia de turismo (DOGV 8188, 12.12.2017), quedando condicionada por tanto a lo establecido en dichas bases, entre cuyos extremos resultan a destacar los que figuran detallados en los apartados siguientes.
2. El procedimiento de concesión de estas becas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
3. Las prácticas se realizarán en la sede central de Turisme Comunitat Valenciana. Asimismo, podrán realizar desplazamientos en función de las necesidades formativas a complementar.
4. La actividad práctica a desarrollar consistirá en tareas adecuadas para adquirir formación complementaria y especialización, en relación con la titulación exigida para cada clase de becas en función de la materia propia de cada una de ellas, materia detallada en el artículo 1 del citado Decreto 20/2017, aprobatorio de las bases reguladoras.
- Acuerdo de publicación del listado provisional de personas beneficiarias y del listado de personas integrantes de la bolsa de reserva de las becas CLASE E.
- Publicación del listado de personas aspirantes admitidas y convocatoria a entrevista.
- ACUERDO DE PUBLICACIÓN DEL LISTADO PROVISIONAL DE PERSONAS ASPIRANTES DE LA COMISIÓN EVALUADORA DESIGNADA POR RESOLUCIÓN DE 26 DE DICIEMBRE DE 2024 DE LA PRESIDENCIA DE TURISME COMUNITAT VALENCIANA PARA LA CONCESIÓN DE CUATRO BECAS PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DURANTE EL...
- Extracto de la Resolución de 26 de diciembre de 2024, de la Presidencia, por la que se convocan cuatro becas para la realización, durante el ejercicio 2025, de prácticas profesionales en materia de turismo en las dependencias de la citada entidad pública (becas clase «E»). (DOGV Núm. Núm. 10021 /...
- Resolución de 26 de diciembre de 2024, de la Presidencia, por la que se convocan cuatro becas para la realización, durante el ejercicio 2025, de prácticas profesionales en materia de turismo en dependencias de la citada entidad pública (becas clase E). (DOGV Núm. Núm. 10021 / 09.01.2025)
- Ley 15/2018, 7 de junio, de la Generalitat, de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana. (DOGV nº8313 de 08.06.2018).
- Decreto 20/2017, de 24 de noviembre, del president de la Generalitat, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas para la realización de prácticas profesionales en materia de turismo. (DOGV núm. 8188, de 12.12.2017).
- Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones.(DOCV nº7464 de 12/02/2015)
- Decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell, por el que se regula la concesión de becas. (DOCV nº 6097, de 08/09/09).
A quién va dirigido
Las personas que, al término del plazo de presentación de las solicitudes de la convocatoria de becas para la realización de prácticas profesionales en dependencias de Turisme Comunitat Valenciana durante el ejercicio 2025, reúnan los siguientes:
Las personas solicitantes han de cumplir los requisitos recogidos en el artículo 3 del decreto 20/2017, de 24 de noviembre, del presidente de la Generalitat, para las becas clase "E", al término del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria.
Las prácticas se realizarán en la sede central de Turisme Comunitat Valenciana, Área de Competitividad Turística. Asimismo, podrán realizar desplazamientos en función de las necesidades formativas a complementar.
EXCLUSIONES: No podrán optar a estas becas quienes en el momento de publicarse la convocatoria ya estén disfrutando de una beca de prácticas profesionales en la Generalitat, salvo que se concurra a la misma beca que se está disfrutando o que resten menos de dos meses para su finalización.
Cómo se tramita
1. La ordenación e instrucción del procedimiento corresponderá conforme a la vigente resolución de organización de Turisme Comunitat Valenciana, al personal y unidades administrativas que realicen las funciones atribuidas al Área de Competitividad Turística.
2. Para el examen de las solicitudes de beca y elaboración de las oportunas propuestas se constituirán una comisión evaluadora de cada clase de beca convocada.
FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN EVALUADORA DE LA CLASE DE BECA CONVOCADA
1. La comisión evaluadora podrá estar asesorada por el personal técnico o profesional que se considere necesario, que podrá asistir a las reuniones con voz, pero sin voto.
2. La comisión se someterá, en cuanto a su régimen de funcionamiento, a lo dispuesto para los órganos colegiados en la legislación básica de régimen jurídico de las administraciones públicas.
3. La comisión tomará sus acuerdos por mayoría simple, se levantará acta de las sesiones que celebre y de los acuerdos que adopte.
4. Concluido el proceso de selección, elevará su propuesta, en forma y plazo para su resolución, a la persona titular de la presidencia de Turisme Comunitat Valenciana.
PROCESO DE SELECCIÓN
Se ajustará a lo establecido en el artículo 10 del Decreto 20/2017, de 24 de noviembre, del president de la Generalitat.
El enlace de la web de Turisme Comunitat Valenciana al que se refiere el artículo arriba mencionado es:
http://www.turisme.gva.es/opencms/opencms/turisme/es/contents/conselleria/convocatorias/becas.html
dónde habrá un enlace al trámite:
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=19900
dónde se efectuará la publicación de listados en las diferentes fases del procedimiento: listados tanto provisionales como definitivos de personas admitidas y excluidas, la convocatoria a la fase de entrevista, y finalmente la lista de las personas que resulten beneficiarias de las becas.
1. Las solicitudes presentadas se valorarán conforme a los criterios establecidos en el artículo 4. Baremo para evaluar los méritos personales, del Decreto 20/2017, de 24 de noviembre, del president de la Generalitat.
La valoración máxima que se podrá obtener en la entrevista/prueba será de siete puntos y serán considerados los cinco criterios señalados en el apartado 1.e del artículo 4 del citado Decreto 20/2017, cuya respectiva puntuación máxima será la siguiente: los criterios «profundidad de conocimientos» y «facilidad de adaptarse a planteamientos diversos» serán puntuados con hasta dos puntos, los restantes tres criterios con hasta un punto.
2. El proceso de selección y resolución de la presente convocatoria se realizará según lo establecido en el artículo 10, «Proceso de selección», del Decreto 20/2017, de 24 de noviembre, del president de la Generalitat.
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
- El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, a contar a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria de becas en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. (DOGV núm. 10021, de 09/01/2025).
- La presentación de la solicitud en el Registro Electrónico se podrá acreditar mediante el recibo expedido por este de modo automático. Se podrá recuperar dicho justificante de registro accediendo al área personal.
1. Las personas aspirantes a obtener una beca deberán acceder al apartado de tramitar con certificado de éste mismo trámite. Una vez dentro de la plataforma E-BECAS, deberán cumplimentar mediante pantallas dinámicas los dos formularios requeridos, el formulario de SOLICITUD y el formulario de CURRICULUM VITAE.
Una vez cumplimentadas todas las pantallas dinámicas y firmado el formulario, se genera un pdf.
2. Con el fin de reducir cargas administrativas a las personas interesadas, con la solicitud y el currículum vitae NO SE ACOMPAÑARÁ NINGUNA OTRA DOCUMENTACIÓN (serán únicamente las personas seleccionadas posteriormente para la fase de entrevista las que deberán presentar la documentación acreditativa de los méritos detallados en el currículum).
3. Al cumplimentar estos formularios se obtiene la AUTOBAREMACIÓN inicial de los méritos aducidos, calculada de forma automática a partir de la información incluida en el curriculum.
El cumplimiento temporal de los méritos se entenderá referido a la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes.
4. El formulario de la solicitud incorpora una DECLARACIÓN RESPONSABLE mediante la cual la persona solicitante declara bajo su responsabilidad que todos los datos recogidos en la solicitud y en el curriculum son ciertos y que se encuentra en posesión de la documentación que así lo acredita, quedando a disposición de la Generalitat para su comprobación, control e inspección.
ACREDITACIÓN MÉRITOS DETALLADOS EN EL CURRÍCULUM
Con el fin de reducir cargas administrativas a los interesados, junto a la solicitud y el currículum presentados por vía electrónica no se acompañará documentación alguna.
FASE ENTREVISTA
Las personas solicitantes que sean seleccionadas para la fase de entrevista deberán presentar la documentación acreditativa de los méritos detallados en el artículo 7 del Decreto 20/2017, de 24 de noviembre, del president de la Generalitat.
INFORMACIÓN DE TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA Y REQUISITOS TÉCNICOS Las personas aspirantes a obtener una beca deberán acceder al apartado de tramitar con certificado de éste mismo trámite. Una vez dentro de la plataforma, deberán cumplimentar mediante pantallas dinámicas los dos formularios...
Resolución
El plazo máximo para dictar y publicar las resoluciones será de tres meses, a contar a partir del día siguiente del día de publicación de la convocatoria de becas en el DOGV, sin perjuicio de que pueda ampliarse en los términos previstos en la legislación básica de procedimiento administrativo común.
Concluido este plazo sin que se haya dictado y publicado la resolución expresa, las personas interesadas podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.
CUANTÍA:
A los efectos de la cuantía de las becas, pago y justificación de las mismas, se estará a lo establecido en el capítulo V del Decreto 20/2017, de 24 de noviembre, del president de la Generalitat.
De conformidad con la Resolución de de 26 de septiembre de 2024, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la que se establece la cantidad de percepción en el ejercicio 2024 de las becas sometidas al ámbito de aplicación del Decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell. “Establecer en 1.194,09 €, la cantidad de percepción para el ejercicio 2024 de las becas sometidas al ámbito de aplicación del Decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell, por el que se regula la concesión de becas.
- A los efectos de las obligaciones y derechos de las personas beneficiarias se estará a lo establecido en el artículo 15 del Decreto 20/2017, de 24 de noviembre, del president de la Generalitat.
- A los efectos de las obligaciones de la entidad concedente, se estará a lo establecido en el artículo 17 del Decreto 20/2017, de 24 de noviembre, del president de la Generalitat.
- Si en cualquier momento del proceso llega a conocimiento de la comisión evaluadora correspondiente que alguna de las personas solicitantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos, deberá requerirle la acreditación de tales requisitos. En caso de que no fueran acreditados en el plazo de 10 días, quedará excluida del proceso, previa indicación de las inexactitudes o falsedades formuladas por el solicitante.
La resolución de concesión de la beca que se dicte conforme a esta convocatoria pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que la dicte, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación o...
46018 - València/Valencia
- Resolución de 3 de abril de 2025, la Presidencia, de concesión de cuatro becas clase E para la realización de prácticas profesionales durante el ejercicio 2025 en materia de turismo en las dependencias de la citada entidad pública. (DOGV Núm. 10089 / 16.04.2025 )
- RESOLUCIÓN DE 5 DE MAYO DE 2025, DE LA PRESIDENTA DE TURISME COMUNITAT VALENCIANA, DE CONCESIÓN DE UNA BECA CLASE “E” POR COBERTURA DE UNA VACANTE, PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DURANTE EL EJERCICIO 2025 EN MATERIA DE TURISMO EN LAS DEPENDENCIAS DE LA CITADA ENTIDAD PÚBLICA.
Preguntas frecuentes
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