Comunicación de cambio de titularidad o de denominación social de la actividad sometida a Autorización Ambiental Integrada

Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio

Código SIA: 1987146
|
Código GVA: 19920
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Plazo de solicitud abierto
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Qué es

Qué es y para qué sirve

El objeto de trámite es comunicar un cambio de titularidad o de denominación social de la actividad por el nuevo titular.

 

- puede tratarse de una actividad cuya titularidad se transfiere de una empresa a otra.

- puede tratarse de una empresa que cambia de NIF

- puede tratarse también de una empresa que cambia de denominación social

 

NO hay que hacer este trámite cuando se trate de un CAMBIO DE UBICACIÓN o de un CAMBIO DE ACTIVIDAD.

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Observaciones

Cuando el cambio implique un CAMBIO DE UBICACIÓN O UN CAMBIO DE ACTIVIDAD, no se hará este trámite. Se deberá tramitar una nueva Autorización Ambiental Integrada o una nueva modificación de la existente.

A quién va dirigido

Empresas
Personas interesadas

Cualquier persona física o jurídica que esté sometida al régimen de Autorización Ambiental Integrada, de conformidad con lo establecido en el art. 16 de la Ley 6/2014, de 25 de Julio, de Prevención y Control Ambiental de actividades de la Comunidad Valenciana.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

- Presentación del formulario acompañado de la documentación requerida

 

- Si la documentación presentada no reuniese los requisitos exigibles o la Administración considerase necesaria la ampliación de datos, se requerirá al interesado su subsanación de conformidad con lo establecido en la Ley 39/15, de 1 de octrubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

- Una vez comprobada la suficiencia y adecuación de la documentación presentada, la Administración acusará recibo de dicha comunicación, y procederá a dictar la correspondiente resolución de cambio de titularidad.

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

En el plazo máximo de un mes desde que se hubiera formalizado la transmisión.

Documentación

- Formulario de comunicación de cambio de titularidad o denominación social, firmado mediante certificado digital (ver en impresos asociados).

- Título o documento admisible en derecho que acredite la transmisión o cambio de denominación social (escritura pública, contrato privado, etc.).

- Justificante del pago de la tasa.

- Tarjeta acreditativa del NIF.

- Fianzas y seguros a nombre del nuevo titular (si procede).

- Declaración responsable de las garantías financieras (si procede).

Tasa o pago

Tasas 2023:

 

Modelo 046-9756. Tasa por servicios administrativos de intervención ambiental.

 

En aplicación del Art. 26-2-4 de la Ley 20/2017, de 28 diciembre, de la Generalitat, de Tasas

.

 

- Tramitación de cambio de titularidad de autorización ambiental integrada: 100,58 euros

.

 

Ver en enlaces: "Formas de Pago y Entidades Colaboradoras".

https://tasasw.gva.es/Tasasw/tasasma.htm

Forma de presentación
Telemática

Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como los solicitantes que, no estando obligados a ello, opten por esta vía, presentarán las...

Saber más
Presencial

a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.

b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.

c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

 

Y, preferentemente, en:

Dónde dirigirse

Resolución

Observaciones

Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 02/10/15).

Sanciones

El incumplimiento por el anterior o nuevo titular de su respectiva obligación de comunicación, se considera infracción grave, conforme al art 93.3 g) de la Ley 6/2014, de 25 de julio, de Prevención, Calidad y control Ambiental de actividades de la Comunidad Valenciana.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Empresas
    • Medio ambiente
      • Calidad ambiental
      • Autorizaciones, registros y licencias

TEMA

  • Administración pública
  • Medio ambiente
    • Gestión ambiental

PERFILES

  • Empresa
    • Gran empresa
    • Establecimientos
    • Pequeña y mediana empresa
    • Profesionales y autónomos

SECTOR

  • Industria
    • Industria química y petroquímica

TEMÁTICA

  • Sostenibilidad
    • Afectación al medio
    • Medio ambiente

CICLO VITAL

  • Cambios y cierre

TIPO

  • Autorizaciones, permisos, licencias y homologaciones