Aportación de documentos a Turisme Comunitat Valenciana ya sea a un expediente abierto de AYUDAS o ya sea a un expediente abierto de Líneas de subvención nominativa de las previstas en la Ley 8/2023, mediante resolución o, en su caso, convenio - GVA.ES
Aportación de documentos a Turisme Comunitat Valenciana ya sea a un expediente abierto de AYUDAS o ya sea a un expediente abierto de Líneas de subvención nominativa de las previstas en la Ley 8/2023, mediante resolución o, en su caso, convenio
Qué es
Este trámite permite la aportación de documentos a un expediente abierto en Turisme Comunitat Valenciana de:
- AYUDAS
- Líneas de subvención nominativa de las previstas en la Ley de 8/2023, mediante resolución o, en su caso, convenio.
La aportación se puede realizar:
- Por iniciativa de la persona interesada.
- Como consecuencia de un requerimiento de subsanación a petición de la administración.
A quién va dirigido
Las personas titulares, o sus representantes legales, de solicitudes presentadas con expedientes abiertos de ayudas y/o Líneas de subvención nominativa de las previstas en la Ley de 9/2022, mediante resolución o, en su caso, convenio, (y no archivados) ante Turisme.
Tener abierto un expediente de ayudas y/o de Líneas de subvención nominativa de las previstas en la Ley de 8/2023, mediante resolución o, en su caso, convenio, (no resuelto, ni archivado) ante Turisme.
Cuando la aportación documental se realice a requerimiento de Turisme Comunitat Valenciana, para completar o subsanar un expediente de ayudas y/o de Líneas de subvención nominativa de las previstas en la Ley de 8/2023, mediante resolución o, en su caso, convenio, deberá realizarse en el plazo concedido en el mismo.
Cómo se tramita
La tramitación de la aportación documental a un expediente de ayudas y/o líneas de subvención nominativa de las previstas en la Ley de 9/2022, mediante resolución o, en su caso, convenio, existente en Turisme Comunitat Valenciana la puede realizar cualquier persona responsable o no de la entidad...
Solicitud
La aportación de documentos se podrá realizar en cualquier momento del procedimiento anterior a su resolución, mientras no se le haya requerido y el expediente de ayudas y/o líneas de subvención nominativa de las previstas en la Ley de 9/2022, mediante resolución o, en su caso, convenio, no esté archivado.
Si ya se le ha requerido, la documentación se aportará en el plazo que Turisme Comunitat Valenciana establezca.
Cuando sea por iniciativa de la persona interesada, aportará la documentación que considere pertinente.
Si se trata de requerimiento administrativo, la que se le solicite en el mismo.
Resolución
46018 - València/Valencia
Preguntas frecuentes
- Correo de contacto para dudas programas de ayudas de TCV
- Correo para dudas respecto a subvenciones de TCV en régimen de concesión directa a entidades y asociaciones establecidos como beneficiarios en las líneas de subvención nominativa de las previstas en la Ley 8/2023, mediante resolución o, en su caso, convenio.
Temas relacionados
MATERIAS
- Empresas
- Turismo y espectáculos
- Ayudas y programas para el fomento del turismo
TEMA
- Turismo y ocio
- Fomento del turismo
- Administración pública
- Administración electrónica
PERFILES
- Empresa
- Gran empresa
- Fundaciones
- Establecimientos
- Cooperativas
- Centros empresariales
- Pequeña y mediana empresa
- Entidades del tercer sector
- Profesionales y autónomos
SECTOR
- Hostelería y turismo
- Establecimientos turísticos
- Profesionales del turismo
- Bares y restaurantes
- Turismo pesquero
TEMÁTICA
- Financiación y gestión económica
- Ayudas y subvenciones
- Innovación
CICLO VITAL
- Crecer y consolidarse
TIPO
- Ayudas, becas y subvenciones