Detalle de procedimiento

Solicitud de participación en la bolsa de empleo temporal de personal experto docente del Servicio Valenciano de Empleo y Formación (LABORA).

Código SIA : 2095018
Código GUC : 20334
Organismo: LABORA SERVICIO VALENCIANO DE EMPLEO Y FORMACIÓN
Plazo de solicitud: CERRADO
(28-01-2023
27-02-2023)
  • Información básica

  • Solicitud

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Solicitar la inscripción en la bolsa de empleo temporal de personal experto docente del Servicio Valenciano de Empleo y Formación en una de las especialidades formativas convocadas, para poder impartir formación profesional para el empleo en los Labora Formación

Observaciones

Observaciones

Antes de iniciar la tramitación de la solicitud conviene tener la documentación que vaya a aportarse, ya digitalizada, clasificada y ordenada, de acuerdo con la relación indicada más arriba, en el apartado de documentación. Al digitalizar los documentos hay que procurar que pesen lo menos posible pero teniendo cuidado de que queden perfectamente legibles. El sistema solo permite anexar un fichero por cada uno de los puntos incluidos en los grupos de documentación indicados anteriormente. Por ello, si para acreditar un mismo requisito o un mismo mérito han de aportarse diversos documentos, antes habrá que agruparlos en un fichero .zip, teniendo en cuenta que cada fichero que se anexe no puede ser mayor de 20 MB. Al finalizar la tramitación de la solicitud el sistema emitirá el resguardo del registro correspondiente, que la persona interesada podrá archivar y/o imprimir. Una vez registrada la solicitud ya no se puede modificar, por tanto, si se desea realizar cambios se deberá volver a presentar una nueva solicitud. En ese caso la primera solicitud se archiva y automáticamente se tramita la segunda. Se ha de tramitar una solicitud para cada una de las especialidades formativas convocadas a cuya bolsa se quiera solicitar la incorporación. Más información en la web de LABORA https://labora.gva.es/es/web/labora-formacio/personal-docente

Requisitos

Requisitos

REQUISITOS DE CARÁCTER GENERAL a) Tener nacionalidad española o ser nacional de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, o de algún estado al que sea de aplicación la libertad de circulación de personas trabajadoras. Independientemente de su nacionalidad, ser cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente tratado, ser cónyuge de los nacionales de algún estado en los que sea de aplicación la libertad de circulación de trabajadores y trabajadoras, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo y con las mismas condiciones que los cónyuges, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. b) No exceder la edad máxima de jubilación forzosa. c) Poseer las capacidades físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las funciones y tareas a desarrollar. d) No haber sido separada o separado, o haberse revocado su nombramiento como personal funcionario interino, con carácter firme mediante expediente disciplinario de ninguna administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en situación de inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de haber sido personal laboral, no hallarse inhabilitado por sentencia firme o como consecuencia de haber sido despedido disciplinariamente de forma procedente. Tratándose de personas nacionales de otros estados, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en los mismos términos en su estado el acceso al empleo público. REQUISITOS ESPECÍFICOS a) Poseer titulación suficiente para acceder al grupo o subgrupo exigido por la convocatoria (Subgrupo A2 o Grupo B). b) Poseer competencia docente en los términos establecidos en el artículo 13.1 del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad. c) Poseer la experiencia profesional, la titulación y, en su caso, otros requisitos exigidos, para cada módulo formativo, por el Real Decreto regulador del correspondiente Certificado de Profesionalidad o, en su caso, por el programa formativo de la correspondiente especialidad del catálogo de especialidades formativas del Servicio Público de Empleo Estatal. d) En caso de solicitar impartir en la modalidad de teleformación, poseer la competencia para impartir en esta modalidad (formación de al menos 30 horas -art. 13.4 RD 34/2008- o una experiencia de al menos 60 horas -art.29.1 Orden ESS 1897/2013- en esta modalidad y en la utilización de las tecnologías de la información).

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Personas que cumplan los requisitos exigidos por el Decreto 220/2017 de 29 de diciembre por el que se regula la bolsa de empleo

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • DECRETO 220/2017, de 29 de diciembre, del Consell, por el que se regula la bolsa de empleo temporal de personal experto docente y se aprueban las bases del procedimiento de selección y nombramiento para la realización de acciones formativas en las que participe el SERVEF.
  • Resolución de 29 de mayo de 2019, de la Dirección General de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca para su constitución, una bolsa de empleo temporal en aplicación del Decreto 220/2017, de 29 de diciembre, del Consell, por el que se regula la bolsa de empleo temporal de personal experto docente y se aprueban las bases del procedimiento de selección y nombramiento para la realización de acciones formativas en las que participe el Servicio Valenciano de Empleo y Formación, para las familias profesionales de "Informática y comunicaciones", "Transporte y mantenimiento de vehículos" y "Vidrio y Cerámica.
  • RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2021, de la Dirección General de LABORA, Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca, para su constitución, una bolsa de empleo temporal en aplicación del Decreto 220/2017, de 29 de diciembre, del Consell, por el que se regula la bolsa de empleo temporal de personal experto docente y se aprueban las bases del procedimiento de selección y nombramiento para la realización de acciones formativas en las que participe el Servicio Valenciano de Empleo y Formación, para las familias profesionales de comercio y marketing, formación complementaria y servicios socioculturales y a la comunidad.
  • RESOLUCIÓN de 12 de diciembre de 2022, del director general de LABORA, Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca para su constitución, una bolsa de empleo temporal en aplicación del Decreto 220/2017, de 29 de diciembre, del Consell, por el que se regula la bolsa de empleo temporal de personal experto docente y se aprueban las bases del procedimiento de selección y nombramiento para la realización de acciones formativas en las que participe LABORA, Servicio Valenciano de Empleo y Formación, para las familias profesionales de comercio y marketing, formación complementaria y servicios socioculturales y a la comunidad
  • CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 12 de diciembre de 2022, del director general de LABORA, Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca, para su constitución, una bolsa de empleo temporal en aplicación del Decreto 220/2017, de 29 de diciembre, del Consell, por el que se regula la bolsa de empleo temporal de personal experto docente y se aprueban las bases del procedimiento de selección y nombramiento para la realización de acciones formativas en las que participe LABORA, Servicio Valenciano de Empleo y Formación, para las familias profesionales de Comercio y Marketing, Formación Complementaria y Servicios Socioculturales y a la Comunidad.
  • RESOLUCIÓN de 25 de enero de 2023, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se modifica la Resolución de 12 de diciembre de 2022, del director general de LABORA, Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca, para su constitución, una bolsa de empleo temporal en aplicación del Decreto 220/2017, de 29 de diciembre, del Consell, por el que se regula la bolsa de empleo temporal de personal experto docente y se aprueban las bases del procedimiento de selección y nombramiento para la realización de acciones formativas en las que participe LABORA, Servicio Valenciano de Empleo y Formación, para las familias profesionales de Actividades Físicas y Deportivas, Imagen Personal, Química y Textil, Confección y Piel.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Nueva Resolución de 25 de enero de 2023 que modifica la Resolución del 12 de diciembre del 2022, por la que se abre un nuevo plazo de presentación de solicitudes de las siguientes acciones formativas en las que participe LABORA, Servicio Valenciano de Empleo y Formación, para las familias profesionales de: Actividades Físicas y Deportivas, Imagen Personal, Química y Textil, Confección y Piel. Nuevo plazo de presentación de solicitudes desde el 28 de enero de 2023 hasta el 27 de febrero de 2023. (DOGV núm 9521, de 27 de enero de 2023) Plazo de presentación de solicitudes desde el 16 de diciembre de 2022 al 26 de enero de 2023. Correción de errores, DOGV núm. 9497, de 26 de diciembre de 2022. Un mes desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. (DOGV núm. 9490, de 15 de diciembre de 2022).

Formularios y documentación

La documentación que hay que aportar se clasifica en cuatro grupos diferentes: 1. DOCUMENTACIÓN COMÚN A TODAS LAS ESPECIALIDADES FORMATIVAS · Documentación acreditativa de poseer la titulación suficiente para acceder al subgrupo o al grupo que exige la convocatoria. · Documentación acreditativa de poseer la competencia docente en los términos establecidos en el artículo 13.1 del RD 34/2008. · Documentación acreditativa de poseer la competencia para impartir en la modalidad de teleformación. · Certificado del grado reconocido de discapacidad, en su caso. 2. DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS REQUISITOS EXIGIDOS POR LA ESPECIALIDAD FORMATIVA SOLICITADA · Documentación acreditativa de la experiencia profesional exigida por la especialidad · Documentación acreditativa de la titulación exigida por la especialidad 3. DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS MÉRITOS ALEGADOS · Documentación acreditativa de los méritos relativos a la experiencia profesional · Documentación acreditativa de los méritos relativos a la experiencia docente · Documentación acreditativa de los méritos relativos a la titulación o acreditación · Documentación acreditativa de los méritos relativos a la formación directamente relacionada con la especialidad · Documentación acreditativa de los méritos relativos a la formación complementaria relacionada con la familia profesional · Documentación acreditativa de los méritos relativos a los conocimientos de valenciano 4. OTRA DOCUMENTACIÓN Si se tramita más de una solicitud, no es necesario adjuntar la documentación ya aportada en otras solicitudes de la misma convocatoria.

Presentación

Presentación

Telemática
La tramitación de la solicitud se inicia desde esta misma página, seleccionando el icono "Tramitar con certificado" que figura al inicio de la página. Es necesario disponer de DNI electrónico o de certificado digital emitido por la ACCV o por la Fábrica de la Moneda y el Timbre. Se recomienda comprobar la validez del certificado en la siguiente dirección: https://valide.redsara.es/valide/inicio.html Para cada especialidad formativa de las convocadas a cuya bolsa se solicite la incorporación hay que indicar la provincia o las provincias en las que se pretende impartir, así como la modalidad de impartición (presencial, teleformación o ambas). Hay que tener en cuenta que la propia solicitud incluye un apartado de AUTOBAREMACIÓN, en el que la persona solicitante ha de indicar, de acuerdo con la documentación acreditativa que aporte, la puntuación que alcanza en cada uno de los apartados establecidos en el artículo 11 del Decreto 220/2017 que regula la bolsa de empleo temporal (Experiencia profesional, Experiencia docente, Títulos, Formación directamente relacionada con la especialidad, Formación complementaria relacionada con la familia profesional y Conocimientos de valenciano).

Normativa

Normativa

Enlaces

Enlaces

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

Pasos .- Las personas interesadas tramitarán telemáticamente sus solicitudes, anexando la documentación que proceda. .- El órgano de selección a que se refiere el artículo 5.2 del Decreto 220/2017 del Consell, en primer lugar, comprobará, para cada especialidad formativa convocada, qué solicitantes cumplen los requisitos exigidos por la convocatoria y, en segundo lugar, valorará los méritos aportados de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del Decreto mencionado. .- En la página web de LABORA (https://labora.gva.es/es/web/labora-formacio/personal-docente) se publicarán los listados provisionales de solicitantes admitidos (con indicación de la puntuación obtenida) y de solicitantes excluidos (con indicación del motivo de exclusión). .- Las personas solicitantes dispondrán de 10 días para presentar alegaciones. .- El órgano de selección estimará o desestimará las alegaciones presentadas. .- En la página web de LABORA se publicarán los listados definitivos. .- Las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular de la dirección general que ostente las competencias en materia de formación del Servicio Valenciano de Empleo y Formación.

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación

Órganos resolución

Órganos resolución

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa