Aportación de documentación requerida en un expediente de EXPEDICIÓN/CONVALIDACIÓN de tarjeta para el gobierno de embarcaciones de recreo.

Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio

Código SIA: 2100394
|
Código GVA: 20360
Descargar información
Plazo abierto
  • Qué necesitas saber
  • Qué es
  • A quién va dirigido
  • Cómo se tramita
  • Formularios
  • Tramitación
  • Solicitud
  • Resolución
  • Ayuda
  • Preguntas frecuentes
  • Temas relacionados
  • Enlaces de interés

Qué es

Qué es y para qué sirve

Aportación de documentación faltante de entre la requerida para la tramitación de la tarjeta para el gobierno de embarcaciones de recreo.

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Normativa
  • Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo (BOE nº 247 de 11/10/2014).

A quién va dirigido

Ciudadanía
Personas interesadas

Persona física o jurídica titular en la solicitud de renovación, duplicado o ampliación de atribuciones en el ámbito de competencias de la Generalitat Valenciana.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

Los documentos serán remitidos por vía telemática en formato PDF por los interesados o sus representantes legales, que serán directamente responsables del correcto envío de los mismos. Una vez comprobados por el Departamento de Actividades Náuticas se incorporarán al expediente procediéndose a la...

Saber más
Órganos de tramitación
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE PUERTOS Y AEROPUERTOS. DEPARTAMENTO DE ACTIVIDADES NÁUTICAS.

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

Un plazo de 10 días hábiles a contar desde la recepción del expediente de solicitud para aportar a esta oficina los documentos requeridos, en caso contrario se le tendrá por desistido de su petición, conforme establece el artículo 68.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento...

Saber más
Documentación

Junto a la solicitud normalizada, que se encuentra en el apartado de "impresos asociados", se presentará la documentación requerida.

Forma de presentación
Telemática

1. Para presentar esta solicitud mediante la tramitación telemática, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), compatible con la...

Saber más

Resolución

Plazo máximo

Los interesados quedarán autorizados, según el art. 25.1 del RD 875/2014 para navegar durante un periodo máximo 3 meses contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de dicha tramitación.

Órganos resolución
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE PUERTOS Y AEROPUERTOS. DEPARTAMENTO DE ACTIVIDADES NÁUTICAS.