Detalle de procedimiento

Justificación de los servicios prestados para el pago de las actuaciones de los diferentes anexos técnicos de los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia para los años 2019 y 2020.

Código SIA : 2096029
Código GUC : 20372
Organismo: Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Plazo de solicitud: ABIERTO desde 01-07-2019
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Aportación de la documentación para la justificación de los servicios prestados para el pago de las actuaciones de los diferentes anexos técnicos de los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia para los años 2019 y 2020.

Requisitos

Requisitos

· No estar incursos en causa alguna de prohibición para obtener la condición de beneficiario, de acuerdo con lo establecido en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones. · No estar incurso en las prohibiciones que establece el artículo 8 del Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, del Consell, por el que se desarrolla la acción concertada para la prestación de servicios sociales en el ámbito de la Comunitat Valenciana por entidades de iniciativa social.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Aquellas entidades de iniciativa social que hayan suscrito acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de la infancia y la adolescencia para los años 2019 y 2020.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Resolución de 28 de diciembre de 2018, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por las que se convocan los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia para los años 2019 y 2020.
  • Corrección de errores de la Resolución de 28 de diciembre de 2018, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia para los años 2019 y 2020.
  • Resolución de 17 de mayo de 2019, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por las que se resuelve el procedimiento de selección de solicitudes de entidades de iniciativa social para acogerse al régimen de acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia para los años 2019 y 2020.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

De acuerdo con lo establecido en el artículo 21 de la Resolución de 28 de diciembre de 2018, las entidades deberán presentar en las direcciones territoriales de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, con carácter mensual, en los cinco primeros días del mes siguiente, la documentación por vía telemática o medios electrónicos exigida en el anexo técnico correspondiente de esta convocatoria.

Formularios y documentación

Documentación específicada en cada uno de los anexos técnicos que acompañan a la Resolución 28 de diciembre de 2018, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por las que se convocan los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia para los años 2019 y 2020. - Utilización de los modelos elaborados por la Dirección General de Infancia y Adolescencia para la justificación de cada uno de los anexos técnicos.

Presentación

Presentación

Telemática
La justificación de la subvención concedida se presentara exclusivamente por vía electrónica en la sede electrónica de la Generalitat https://sede.gva.es a través del trámite "Justificación de las actuaciones para el pago de las actuaciones de los diferentes anexos técnicos de los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia para los años 2019 y 2020".

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

Deben utilizarse como documentación justificativa los modelos facilitados por la Dirección General de Infancia y Adolescencia.

Cuantía y cobro

Cuantía y cobro

El pago del concierto social se realizará conforme a lo indicado en el artículo 22 de la Resolución de 28 de diciembre de 2018, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por las que se convocan los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia para los años 2019 y 2020.

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa