Generalitat Valenciana
Detalle de procedimientos
- ¿Qué se puede solicitar?
Nombre del trámite
Aportación de documentación en la fase de justificación a un expediente de ayudas abierto en Turisme Comunitat Valenciana
Objeto del trámite
Este trámite permite la aportación de documentación justificativa a un expediente de ayudas abierto en Turisme Comunitat Valenciana.
Inicio
La aportación se puede realizar:
- Por iniciativa del interesado.
- Como consecuencia de un requerimiento de subsanación de documentación justificativa a petición de la administración. - ¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes
Los titulares, o sus representantes legales, de solicitudes presentadas con expedientes abiertos de ayudas (y no archivados) ante Turisme Comunitat Valenciana.
Requisitos
Tener abierto un expediente de ayudas (no resuelto, ni archivado) ante Turisme.
Inicio
Cuando la aportaciónde documentación justificativa se realice a requerimiento de Turisme Comunitat Valenciana, para completar o subsanar un expediente de ayudas, deberá realizarse en el plazo concedido en el requeriment. - ¿Cuándo solicitarlo?
Plazo de presentación
a) La aportación de documentos se podrá realizar en cualquier momento posterior a la correspondiente Resolución de Concesión - fase de justificación -.
Inicio
b) En caso de que se le haya requerido, la documentación se aportará en el plazo que Turisme Comunitat Valenciana haya establecido en el escrito de requerimiento de documentación justificativa. - ¿Qué documentación se debe presentar?
a) Cuando sea por iniciativa del interesado, se aportará la documentación justificativa relacionada en las respectivas Resoluciones de convocatoria y de concesión de las ayudas.
Inicio
b) Si se trata de requerimiento administrativo por falta de documentación justificativa, la que se solicite en el mismo. - ¿Cómo se tramita?
Pasos
La tramitación de la aportación de documentación justificativa a un expediente de ayudas existente en Turisme Comunitat Valenciana la puede realizar cualquier persona responsable o no de la entidad o empresa solicitante. No obstante, los documentos normalizados aportados que así lo requieran deberán ir firmados obligatoriamente mediante medios electrónicos por el responsable de la entidad solicitante o empresa.
Inicio - ¿Cómo se tramita telemáticamente?
A través del enlace correspondiente:
Tramitar con certificado electrónico:https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=TURISME_APD&version=1&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=20432
Tramitación
*Antes de iniciar la tramitación electrónica, compruebe que su ordenador dispone del sistema operativo y navegador indicados en el apartado Requisitos de la lista de preguntas frecuentes de la plataforma de tramitación:
http://www.gva.es/es/inicio/atencion_ciudadano/at_ciud_faq/at_ciud_faq_tramitacion
Si va a realizar la tramitación con un certificado digital, puede comprobar que cumple los requisitos de funcionamiento en el apartado Acceso con certificado de la lista.
Si durante la tramitación tiene problemas de acceso o de funcionamiento, revise de nuevo la lista de preguntas frecuentes para ver si puede solucionar su problema.
En caso de que siga necesitando ayuda envíe un correo electrónico a generalitat_en_red@gva.es si se trata de un problema informático, o a prop@gva.es si necesita hacer una consulta sobre el funcionamiento. En cualquier caso, aporte en el correo la información que se indica en el apartado Ayuda de la lista de preguntas frecuentes para facilitar su atención.
IMPORTANTE: Antes de comenzar con la tramitación telemática lea atentamente toda la información de este trámite, con el objeto de preparar la documentación que sea necesaria para su tramitación.
A través del asistente de tramitación accederá a la plataforma de tramitación.
La tramitación electrónica se compone de 6 pasos:
PASO 1, Leer.
PASO 2, CUMPLIMENTAR FORMULARIO DATOS GENERALES
Hay campos que cargan datos que ya están en su firma digital, se cargan automáticamente.
Los campos que están marcados con asterisco, son de obligada cumplimentación.
En Otros campos la persona solicitante ha de detallar, el objeto de su solicitud, en este caso, la solicitud de dispensa.
Cuando estén todos los campos cumplimentados, haga clic en ENVIAR
El formulario de datos generales, requiere firma electrónica.
PASO 3 SELECCIÓN DE FORMULARIOS
Cumplimentación de los formularios asociados a este trámite.
a- Deberá descargar los formularios o plantillas requeridas, así como preparar cualesquiera otros documentos que estime necesario, cumplimentarlos, firmarlos, en su caso, por las personas que, según el tipo de documento, proceda, y guardarlos en su ordenador para tenerlos.
En caso de no cumplimentar todos los campos de un formulario puede que no le deje pasar al siguiente formulario.
b) Anexe los formularios y la documentación que previamente ha sido descargada y cumplimentada.
PASO 4 PAGAR
Este trámite no requiere el pago de ninguna tasa.
PASOS 5 y 6. REGISTRAR Y GUARDAR
- Hacer click sobre el botón Registrar (le facilitará el número de registro, fecha, lugar y hora de presentación).
- Guardar e imprimir (si lo desea) el justificante de registro.
Su presentación electrónica habrá finalizado.Información adicional
* Vías de acceso al trámite telemático de aportación de documentación en la fase de justificación:
Inicio
-A través del enlace que está colgado en el apartado de subvenciones en:
http://www.turisme.gva.es/opencms/opencms/turisme/es/contents/subvencion/subvencion.html??tam=
-A través del enlace que aparece en el trámite de la Guía Prop correspondiente a éste trámite:
http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=20432
-La Sede Electrónica de la Generalitat (buscando el trámite por el título): https://sede.gva.es - Fuentes jurídicas y/o documentales
Normativa
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.(BOE nº236 de 02.10.2015)
Lista de normativa
Ver Ley 39/2015, de 1 de Octubre
Inicio -
La Generalitat desea que esta información le sea de utilidad.
La presente información tiene exclusivamente carácter ilustrativo, por lo que no originará derechos ni expectativas, ni vinculará con el procedimiento a que se refiere, cuya tramitación se sujetará siempre a las intrucciones específicas.