Convocatoria de becas para la formación y especialización profesional en el Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias (IVIA) de personas con titulación universitaria. - GVA.ES
Convocatoria de becas para la formación y especialización profesional en el Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias (IVIA) de personas con titulación universitaria.
Qué es
Adjudicación de 19 becas en materia de investigación y transferencia tecnológica al sector agrario y ganadero de la Comunidad Valenciana.
La beca tendrá una duración de doce meses pudiendo ser prorrogada hasta un periodo máximo de veinticuatro meses más adicionales.
Lugar de desempeño de las actividades: Centro IVIA de Moncada, excepto las becas nº 5, 6, 7 y 8 en Segorbe (Castellón)
- Consulta del estado de la tramitación
- Trámite de subsanación de solicitudes
- Resolución de personas solicitantes declaradas desistidas
- Trámite de alegaciones a los listados provisionales de admitidos y de excluidos y/o aportación de documentación
- Resolución de personas solicitantes declaradas desistidas por no aportar documentación.
- Trámite de alegaciones al lisdtado baremado de solicitudes y de excluidos.
- RESOLUCIÓN de 29 de junio de 2020, del vicepresidente primero del Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias, por la que se adjudican 18 becas de formación y especialización en el IVIA.
- CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 29 de junio de 2020 por la que se publican íntegramente los anexos II y III
- RESOLUCIÓN de 15 de julio de 2020, del vicepresidente primero del Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias, por la que se adjudican 3 becas de formación en el IVIA.
- Corrección de errores de la Resolución de 15 de julio de 2020, del vicepresidente primero del Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias por la que se publica íntegramente el anexo IV.
- Resolución de 26 de octubre de 2020 por la que se adjudica una beca en el IVIA.
- ORDEN 23/2018, de 16 de julio, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para la realización de prácticas profesionales de especialización en el IVIA
- RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2019, del vicepresidente primero del Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias, por la que se convocan diecinueve becas para la formación y especialización de personas con titulación universitaria, cofinanciadas por la Unión Europea a través del programa...
A quién va dirigido
Las personas solicitantes deberán poseer alguna de las titulaciones universitarias de las indicadas en la convocatoria, sin que hayan transcurrido 5 años desde la fecha de fin de los estudios.
-Nacionalidad española o de un estado miembro de la UE
-No ser mayor de 35 años
-Nota de media ponderada superior a 7 puntos en el expte. académico.
-No haber sido beneficiario/a de becas por prácticas en la Generalitat u otra Administración Pública por periodo igual o superior a 24 meses.
-No hallarse incurso en alguno de los supuestos del artº 13 de la Ley 38/2003 general de Subvenciones.
-No sufrir enfermedad o discapacidad que impida el cumplimiento de las obligaciones inherentes de la beca.
Cómo se tramita
1 Presentación telemática de la solicitud y de los currículum-baremo que proceda.
Se recomienda descargar los formularios para rellenarlos y guardarlos con diferente nombre antes de anexarlos al trámite electrónico. Se debe crear un currículum-baremo para cada beca solicitada.
Para cumplimentar correctamente el currículum-autobaremación es preciso conocer la nota media del expte. académico y el n º total de créditos cursados. Es importante comprobar las sumas parciales y totales de los distintos apartados del currículum-baremación para obtener la suma total.
2 Publicación del listado provisional de personas aspirantes excluidas y admitidas con la puntuación del autobaremo.
3 Período de alegaciones al listado provisional.
4 Publicación del listado con indicación de los aspirantes que han de aportar la documentación acreditativa de los méritos que alegaron en su autobaremo.
5 Comprobación de la documentación acreditativa presentada y publicación del listado final.
6 Publicación de la resolución de adjudicación con la relación de las personas beneficiarias, bolsa de reserva y las personas cuyas solicitudes han sido desestimadas.
La publicación de los listados y relaciones necesarios para determinar el proceso se efectuará en la sede electrónica del IVIA (ivia.gva.es ).
La valoración de los méritos se dispone según los criterios de baremación contenidos en el artº 8 de la Orden 23/2018.
46113 - València/Valencia
Entidades colaboradoras de certificación
Formularios
Solicitud
10 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV nº 8702 de 20/12/2019),
Las personas aspirantes cumplimentarán una única solicitud a la que se acompañará un currículum-baremación para cada beca solicitada, y cuya presentación se hará de manera telemática a través del enlace establecido.
Con el fin de reducir cargas administrativas, a la solicitud y al (los) currículum-baremo NO SE ACOMPAÑARÁ NINGUNA OTRA DOCUMENTACIÓN.
Formularios
Resolución
Tres meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria. Transcurrido este plazo, las personas solicitantes podrán entender desestimada su petición por silencio administrativo.
1.200 euros brutos mensuales a los que se descontarán las retenciones correspondientes al IRPF y a la cotización a la Seguridad Social y cuyo abono se hará por mensualidades vencidas.
Las establecidas en el artº 13 de la Orden 23/2018 y en la resolución de la convocatoria, con especial mención a las dispuestas por la normativa europea respecto a la inclusión de las personas beneficiarias en un listado electrónico y a otras obligaciones de información, publicidad y de difusión...
La resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante la presidenta del IVIA en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación, o bien cabrá plantear directamente recurso contencioso-administrativo, todo ello conforme se estable en los artículos 112, 123 y 124 de la...
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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 69.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato o manifestación declarados, así como la falta de...
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