Confirmación de movimientos nacionales con destino a explotaciones ganaderas de la Comunitat Valenciana - GVA.ES
Confirmación de movimientos nacionales con destino a explotaciones ganaderas de la Comunitat Valenciana
Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca
Qué es
El trámite permite realizar la comunicación obligatoria para la confirmación de movimientos de origen nacional con destino a explotaciones de la Comunitat Valenciana.
Se pueden confirmar tanto movimientos con destino a explotaciones ganaderas como a mataderos.
En el caso de bovino y de movimientos a explotaciones ganaderas, la confirmación del movimiento implicará la solicitud de expedición de los DIBs de los animales integrantes en el movimiento, excepto en los casos de movimientos de trashumancia o con permanencia en la explotación de destino menor a 4 días naturales.
En el caso de bovino y equino con movimientos con destino a matadero, la confirmación por parte del matadero implicará la comunicación del sacrificio de los animales.
La confirmación de los movimientos de forma general no requiere resolución expresa, y solamente en el caso de confirmación de movimientos de bovino a explotaciones que no sean matadero, se expedirán los Documentos de Identificación Bovina correspondientes con un plazo de expedición de 14 días tras la confirmación del movimiento.
- Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal.
- Ley 6/2003, de 4 de marzo, de la Generalitat, de Ganadería de la Comunitat Valenciana.
- Real Decreto 728/2007, de 13 de junio, por el que se establece y regula el Registro General de Movimientos de Ganado y el Registro General de Identificación de Animales.
- Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A quién va dirigido
Titulares o representantes de explotaciones ganaderas de la Comunitat Valenciana
Ser titular o representante de una explotación ganadera registrada en la base de datos del Registro de Explotaciones Ganaderas de la Comunitat Valenciana (REGA), incluidos los mataderos y disponer del código REMO del movimiento a confirmar.
Cómo se tramita
Presencialmente.
Mediante la presentación de la comunicación de confirmación del movimiento de ganado adjuntando la documentación sanitaria correspondiente en la oficina comarcal correspondiente.
Telemáticamente.
A través del enlace correspondiente mediante el uso del certificado electrónico.
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
Durante todo el año y con el plazo legal establecido de 7 días naturales desde la entrada de los animales en la explotación o matadero.
- Impreso de datos generales.
- Impreso de confirmación de datos del movimiento.
Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como las personas solicitantes que, no estando obligados a ello, opten por esta vía,...
a) En las oficinas de asistencia en materia de registros (https://www.gva.es/es/inicio/atencion_ciudadano/buscadores/registros).
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Y, preferentemente, en las oficinas comarcales correspondientes de la Conselleria competente en materia de ganadería.
- Fuentes de los códigos de barras para DIBS
- Simulación de Tramitación Telemática en la Generalitat Valenciana (Cl@ve-firma)
- Fuentes de los códigos de barras para DIBS II
- Manual de trámite telemático de confirmación de llegada de movimientos nacionales en destino
- Sistemas de identificación y firma aceptados
- Sistemas de verificación de Firma
Preguntas frecuentes
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