Generalitat Valenciana
Detalle de procedimientos
- ¿Qué se puede solicitar?
Nombre del trámite
Solicitud de informe de adecuación al puesto de trabajo por la contratación de personas con discapacidad
Objeto del trámite
Se establece el cauce procedimental para que las entidades empleadoras, interesadas en acceder a las subvenciones destinadas al fomento de la ocupación de personas con diversidad funcional o discapacidad, soliciten la tramitación de los informes relativos a la adecuación de puestos de trabajo.
Inicio - ¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes
Podrán solicitar este informe:
- Centros Especiales de Empleo
- Empresas ordinariasRequisitos
Pueden solicitar el informe las empresas ordinarias y Centros Especiales de Empleo con las siguientes condiciones:
Inicio
- que desarrollen su actividad en centros de trabajo ubicados en territorio de la Comunitat Valenciana
- que hayan contratado a personas con diversidad funcional
- que tengan previsto solicitar las ayudas convocadas por el Consell, para el fomento de la ocupación de personas con diversidad funcional o discapacidad, reguladas en la normativa vigente. - ¿Cuándo solicitarlo?
Plazo de presentación
Abierto todo el año.
Inicio - ¿Qué documentación se debe presentar?
Se requiere:
- Copia de la autorización de la persona trabajadora contratada para la cesión de los datos personales y de salud a la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.
- Copia de la resolución del I.N.S.S., en caso de pensionistas de incapacidad permanente.
- Copia del certificado de discapacidad, en caso que haya sido expedido en otra Comunidad Autónoma.Impresos asociados
AUTORIZACIÓN PARA LA CESIÓN DE DATOS PERSONALES Y SU TRATAMIENTO
Inicio - ¿Cómo se tramita?
Pasos
La solicitud de informe de adecuación al puesto de trabajo por la contratación de personas con discapacidad, se presentará exclusivamente por vía telemática.
1. Verificación de datos de la solicitud y, en su caso, ampliación de los datos presentados.
2. Valoración de la adecuación del puesto de trabajo.
3. Emisión del Informe de adecuación al puesto de trabajoRecursos que proceden contra la resolución
Revisión:
Inicio
En caso de informe desfavorable, la entidad empleadora podrá dirigirse al Servicio Valenciano de Empleo y Formación (Labora) para que, acreditando nuevas circunstancias y/o presentación de documentación complementaria, se pueda solicitar su revisión por el Centro de Valoración y Orientación, que podrá emitir un nuevo pronunciamiento o ratificarse en su informe. - ¿Cómo se tramita telemáticamente?
A través del enlace correspondiente:
Tramitar con certificado electrónico:https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_GEN&version=3&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=20836
Información adicional
Para acceder a la solicitud telemática, será necesario certificado de representante de entidad.
Inicio
Así mismo, deberá inscribirse previamente en el Registro de Representantes de la ACCV (Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana) o bien de la RAE (Registro Electrónico de Apoderamientos) de la Administración General del Estado.
La notificación y el requerimiento, en caso de ser necesario, se realizará vía telemática a la dirección electrónica indicada en la solicitud. - Información complementaria
El informe de adecuación del puesto de trabajo para personas con discapacidad tiene carácter preceptivo para beneficiarse de las medidas de fomento destinadas a promover la contratación de personas con discapacidad en el ámbito del empleo protegido y del empleo ordinario.
Inicio
La valoración se realiza conforme al Marco Teórico de Valoración, Orientación e Inserción Laboral de Personas con Discapacidad. Método "Estrella", validado por el IMSERSO (Consejería Técnica de Baremos). Documento, mayo de 2006. - Fuentes jurídicas y/o documentales
Normativa
- Decreto 271/2019, de 27 de diciembre, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras de la concesión directa de subvenciones destinadas al fomento de la ocupación de personas con diversidad funcional o discapacidad en centros especiales de ocupación y enclaves laborales, y convocatoria para 2020.
Inicio
- Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo, por el que en cumplimiento de lo previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, se regula el empleo selectivo y las medidas de fomento del empleo de los trabajadores con discapacidad.
- Real Decreto 1368/1985, de 17 de julio, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de las personas con discapacidad que trabajen en los Centros Especiales de Empleo, modificado por Real Decreto 427/1999, de 12 de marzo -
La Generalitat desea que esta información le sea de utilidad.La presente información tiene exclusivamente carácter ilustrativo, por lo que no originará derechos ni expectativas, ni vinculará con el procedimiento a que se refiere, cuya tramitación se sujetará siempre a las instrucciones específicas.