Detalle de procedimiento

Solicitud de informe de adecuación al puesto de trabajo por la contratación de personas con discapacidad

Código SIA : 2300721
Código GUC : 20836
Organismo: Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Se establece el cauce procedimental para que las entidades empleadoras, interesadas en acceder a las subvenciones destinadas al fomento de la ocupación de personas con diversidad funcional o discapacidad, soliciten la tramitación de los informes relativos a la adecuación de puestos de trabajo.

Observaciones

Observaciones

El informe de adecuación del puesto de trabajo para personas con discapacidad tiene carácter preceptivo para beneficiarse de las medidas de fomento destinadas a promover la contratación de personas con discapacidad en el ámbito del empleo protegido y del empleo ordinario. La valoración se realiza conforme al Marco Teórico de Valoración, Orientación e Inserción Laboral de Personas con Discapacidad. Método "Estrella", validado por el IMSERSO (Consejería Técnica de Baremos). Documento, mayo de 2006.

Requisitos

Requisitos

Pueden solicitar el informe las empresas ordinarias y Centros Especiales de Empleo con las siguientes condiciones: - que desarrollen su actividad en centros de trabajo ubicados en territorio de la Comunitat Valenciana - que hayan contratado a personas con diversidad funcional - que tengan previsto solicitar las ayudas convocadas por el Consell, para el fomento de la ocupación de personas con diversidad funcional o discapacidad, reguladas en la normativa vigente.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Podrán solicitar este informe: - Centros Especiales de Empleo - Empresas ordinarias

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Decreto 271/2019, de 27 de diciembre, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras de la concesión directa de subvenciones destinadas al fomento de la ocupación de personas con diversidad funcional o discapacidad en centros especiales de ocupación y enclaves laborales, y convocatoria para 2020.
  • Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo, por el que en cumplimiento de lo previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, se regula el empleo selectivo y las medidas de fomento del empleo de los trabajadores con discapacidad.
  • Real Decreto 1368/1985, de 17 de julio, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de las personas con discapacidad que trabajen en los Centros Especiales de Empleo, modificado por Real Decreto 427/1999, de 12 de marzo

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Abierto todo el año.

Formularios y documentación

Se requiere: - Copia de la autorización de la persona trabajadora contratada para la cesión de los datos personales y de salud a la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas. - Copia de la resolución del I.N.S.S., en caso de pensionistas de incapacidad permanente. - Copia del certificado de discapacidad, en caso que haya sido expedido en otra Comunidad Autónoma.

Presentación

Presentación

Telemática
Para acceder a la solicitud telemática, será necesario certificado de representante de entidad. Así mismo, deberá inscribirse previamente en el Registro de Representantes de la ACCV (Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana) o bien de la RAE (Registro Electrónico de Apoderamientos) de la Administración General del Estado. La notificación y el requerimiento, en caso de ser necesario, se realizará vía telemática a la dirección electrónica indicada en la solicitud.

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

La solicitud de informe de adecuación al puesto de trabajo por la contratación de personas con discapacidad, se presentará exclusivamente por vía telemática. 1. Verificación de datos de la solicitud y, en su caso, ampliación de los datos presentados. 2. Valoración de la adecuación del puesto de trabajo. 3. Emisión del Informe de adecuación al puesto de trabajo

órganos de tramitación

órganos de tramitación

Centro de Valoración y Orientación de Discapacidad de Alicante Centro de Valoración y Orientación de Discapacidad de Castellón Centro de Valoración y Orientación de Discapacidad de Valencia

Observaciones

Observaciones

Revisión: En caso de informe desfavorable, la entidad empleadora podrá dirigirse al Servicio Valenciano de Empleo y Formación (Labora) para que, acreditando nuevas circunstancias y/o presentación de documentación complementaria, se pueda solicitar su revisión por el Centro de Valoración y Orientación, que podrá emitir un nuevo pronunciamiento o ratificarse en su informe.

Plazo máximo

Plazo máximo

No se emite Resolución El plazo máximo para la emisión del informe será de quince días, a contar desde la fecha de entrada de la solicitud de informe en el correspondiente registro telemático. Para que surta efecto este plazo, la Ficha que viene incorporada en la solicitud deberá estar completa en todos sus apartados, suspendiéndose en otro caso el plazo de emisión, a partir de la fecha del requerimiento para su subsanación. En el informe constará el pronunciamiento sobre la adecuación al puesto, que podrá tener carácter favorable o desfavorable.

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa