Solicitud de renovación del certificado de competencia profesional para el ejercicio de la actividad de taxista del área de prestación conjunta de la Comunitat Valenciana

Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio

Código SIA: 211021
|
Código GVA: 2085
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Qué es

Qué es y para qué sirve

Obtener la renovación del certificado de competencia profesional que capacita para el ejercicio de esta actividad. Caduca a los cinco año de haberlo obtenido.

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Observaciones

* VIGENCIA DEL CERTIFICADO DE COMPETENCIA PROFESIONAL

El certificado de competencia profesional de las áreas de prestación conjunta de la Comunitat Valenciana tendrá una periodo de vigencia de cinco años. La renovación del certificado de competencia profesional del área de prestación conjunta de la Comunitat Valenciana será prorrogable por el mismo período, a solicitud del interesado.

 

Aquellas personas que obtuvieran el certificado con NIE deberán comunicar la obtención del DNI a los efectos de que se actualice la vigencia para el cálculo de los 5 años. La no comunicación de dicho cambio puede suponer que la caducidad el certificado se produzca en base al NIE y no al DNI.

 

* CONDICIONES

- Si no se realiza la renovación del certificado de competencia en el plazo de cinco años, se considerará, el día siguiente de la fecha de caducidad que aparece en dicho certificado, éste caducado automáticamente, debiéndose superar nuevamente las pruebas de capacitación, para poder volver a obtener el citado certificado.

- Quienes sean titulares del certificado de competencia profesional y no hayan ejercido la actividad al menos 365 días dentro del periodo de vigencia del certificado a renovar, deberán pasar nuevamente las pruebas de capacitación.

A quién va dirigido

Ciudadanía
Empresas
Personas interesadas

Los titulares del certificado de las áreas de prestación conjunta de la Comunitat Valenciana.

Requisitos

- Estar en posesión del certificado de competencia profesional en alguna de las áreas de prestación conjunta de la Comunitat Valenciana.

 

- Pagar la tasa correspondiente.

 

- Presentar la documentación requerida.

 

- Haber trabajado en el taxi al menos 12 meses en los últimos 5 años (no titulares de autorización).

 

- Tener el certificado a renovar en vigor.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

- Presentación de la solicitud de renovación y documentación requerida.

- Estudio y análisis de la documentación.

- Expedición de la renovación.

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

Los titulares del certificado de competencia profesional en alguna de las áreas de prestación conjunta de la Comunitat Valenciana presentarán la solicitud de prórroga el año que les corresponda y con arreglo al siguiente calendario:

- Los titulares cuyo número de identificación fiscal termine en 1, entre el primero y último días hábiles del mes de enero, ambos inclusive.

- Los titulares cuyo número de identificación fiscal termine en 2, entre el primero y último días hábiles del mes de febrero, ambos inclusive.

- Los titulares cuyo número de identificación fiscal termine en 3, entre el primero y último días hábiles del mes de marzo, ambos inclusive.

- Los titulares cuyo número de identificación fiscal termine en 4, entre el primero y último días hábiles del mes de abril, ambos inclusive.

- Los titulares cuyo número de identificación fiscal termine en 5, entre el primero y último días hábiles del mes de mayo, ambos inclusive.

- Los titulares cuyo número de identificación fiscal termine en 6, entre el primero y último días hábiles del mes de junio, ambos inclusive.

- Los titulares cuyo número de identificación fiscal termine en 7, entre el primero y último días hábiles del mes de julio, ambos inclusive.

- Los titulares cuyo número de identificación fiscal termine en 8, entre el primero y último días hábiles del mes de septiembre, ambos inclusive.

- Los titulares cuyo número de identificación fiscal termine en 9, entre el primero y último días hábiles del mes de octubre, ambos inclusive.

- Los titulares cuyo número de identificación fiscal termine en 0, entre el primero y último días hábiles del mes de noviembre, ambos inclusive.

NOTAS:

- Caso de no presentarse la solicitud de prórroga, y transcurrido el último día del mes en que corresponda, el carné caducará automáticamente.

Documentación

- Impreso de solicitud debidamente cumplimentado.

- La presentación de la solicitud conllevará la autorización del solicitante, salvo manifestación en contra, a que la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio obtenga directamente los datos relativos de identificación personal y del permiso de conducirsegún lo previsto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de no autorizarse, se deberá aportar:

 

** Copia del DNI o documento equivalente en caso de extranjeros

** Copia del permiso de conducir

 

- Documento que acredite el pago de la tasa correspondiente

- Vida laboral actualizada

Tasa o pago

El importe actual de la tasa es:

 

- I 04: 2,08 euros

 

FORMAS DE PAGO, IMPORTES Y MODELOS:

 

Tanto las formas de pago como los importes y los modelos de tasa se pueden descargar desde la dirección de Internet que se indica a continuación:

Forma de presentación
Telemática
1. Para presentar esta solicitud mediante la tramitación telemática, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), compatible con la...
Saber más
Presencial

Si es persona no obligada a relacionarse telemáticamente con la Administración.

 

a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.

 

b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.

 

c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

 

d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

 

e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

 

 

Y preferentemente en:

Dónde dirigirse

Resolución

Observaciones

Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 02/10/2015).

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

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