Depósito de garantía mediante aval o seguro de caución - GVA.ES
Depósito de garantía mediante aval o seguro de caución
Qué es
Procedimiento de constitución de un depósito de garantía mediante aval o seguro de caución ante un órgano administrativo o entidad de la Generalitat, obligación que viene establecida en una norma, negocio jurídico, acto administrativo o resolución.
- ORDEN 3/2023 de 14 de marzo de 2023, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la que se aprueba el Reglamento de funcionamiento de la Caja de Depósitos y Fianzas de la Generalitat.
- ORDEN 2/2022 de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la que se regulan las actuaciones o trámites de alta, modificación y baja de los datos personales identificativos y bancarios de las personas físicas y jurídicas que se relacionen económicamente con la Generalitat
- RESOLUCIÓN de 16 de junio de 2022, del conseller de Hacienda y Modelo Económico, por la que se aprueba la implementación del sistema informático PROPER y se regulan las actuaciones administrativas automatizadas de la Intervención de la Generalitat Valenciana, de acuerdo con lo previsto en la...
- Real Decreto 937/2020, de 27 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y "2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (BOE Núm. 272 de 09.11.2017.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A quién va dirigido
Personas físicas y jurídicas que necesiten depositar una garantía mediante aval o seguro de caución ante un órgano administrativo o entidad de la Generalitat, obligación que viene establecida en una norma, negocio jurídico, acto administrativo o resolución
1º. Datos identificativos de la persona física o jurídica que constituye la garantía.
2º. Datos identificativos de la entidad de crédito, sociedad de garantía recíproca o entidad aseguradora, en su caso, que deberán reunir los requisitos exigidos legalmente para las entidades avalistas.
3º. El aval o seguro de caución debe ser solidario respecto al obligado principal y pagadero a primer requerimiento de la Caja.
4º. El aval o seguro de caución será de duración indefinida, permaneciendo vigente hasta que el órgano a cuya disposición se constituya resuelva expresamente declarar la extinción de la obligación garantizada y la cancelación del aval o seguro de caución.
5º. El aval o seguro de caución deberá ser firmado digitalmente por apoderados de la entidad avalista o aseguradora que tengan poder suficiente para obligarla plenamente. El poder deberá ser bastanteado previamente, por una sola vez, por la Abogacía de la Generalitat o en cualquiera de las sedes de las tres Direcciones Territoriales de la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública.
6º. Identificación del órgano administrativo o entidad a cuya disposición se constituye la garantía.
7º. Citación del expediente, precepto de la norma, negocio jurídico, acto administrativo o resolución que impone la constitución de la garantía ante la Caja.
Cómo se tramita
03003 - Alacant/Alicante
12001 - Castelló/Castellón
46003 - València/Valencia
Entidades colaboradoras de certificación
Formularios
Solicitud
El establecido en la norma, negocio jurídico, acto administrativo o resolución.
La presentación se realizará por medios telemáticos. Hay dos vías para la tramitación: 1.- Utilizando el asistente de tramitación (Se requiere certificado digital) En el formulario general, la persona adjudicataria o la entidad avalista, seleccionará la Dirección Territorial de Hacienda,...
Resolución
ÓRGANOS DE RESOLUCIÓN
Caja de Depósitos
03003 - Alacant/Alicante
12001 - Castelló/Castellón
46003 - València/Valencia
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