Solicitud de delegación de funciones de control oficial relativas a la inspección ante mortem y de delegación de otras actividades oficiales para la expedición de certificados sanitarios de traslado en explotaciones avícolas - GVA.ES
Solicitud de delegación de funciones de control oficial relativas a la inspección ante mortem y de delegación de otras actividades oficiales para la expedición de certificados sanitarios de traslado en explotaciones avícolas
Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca
Qué es
Obtención del reconocimiento de un veterinario para la delegación de la función de control oficial para la inspección ante mortem y de habilitación para la emisión de certificados sanitarios de movimiento en explotaciones avícolas integradas en una red de vigilancia epidemiológica reconocida por la autoridad competente en materia de sanidad animal en la comunidad autónoma.
- Ley 6/2003, de 4 de marzo, de Ganadería de la Comunidad Valenciana.
- Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.
- Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro General de Explotaciones Ganaderas.
- Real Decreto 728/2007, de 13 de junio, por el que se establece y regula el Registro general de movimientos de ganado y Registro general de identificación individual de animales.
- Real Decreto 637/2021, de 27 de julio, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas.
- Reglamento (UE) 2017/625, de 15 de marzo, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios.
- Reglamento (UE) 2019/624, de 8 de febrero de 2019, relativo a normas específicas respecto a la realización de controles oficiales sobre la producción de carne y respecto a las zonas de producción y reinstalación de moluscos bivalvos vivos de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/625.
- Reglamento de Ejecución (UE) 2020/2235 de la Comisión, de 16 de diciembre de 2020, por el que se establecen normas para la aplicación de los Reglamentos (UE) 2016/429 y (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los modelos de certificados zoosanitarios, los modelos...
- Decreto 58/2023, de 14 de abril, del consell, de ordenación del sector ganadero, por el cual se regulan los procedimientos de registro, identificación y movimiento de los animales de las explotaciones ganaderas de la Comunitat Valenciana.
- Decreto 82/2025, de 3 de junio, del Consell, por el que se desarrollan y regulan los procedimientos de sanidad y bienestar animal, y se modifican varios decretos en materia de sanidad, bienestar, trazabilidad, identificación y registro de las explotaciones ganaderas en la Comunitat Valenciana.
A quién va dirigido
Redes de vigilancia epidemiológica y veterinarios de explotaciones avícolas integradas en la citada red.
Ser veterinario colegiado y cumplir todos los requisitos establecidos en el modelo de solicitud. La explotación avícola deberá estar integrada en una red de vigilancia epidemiológica reconocida por la autoridad competente en materia de sanidad animal en la comunidad autónoma.
Cómo se tramita
1. Presentación de la solicitud y documentación exigida.
2. Revisión de la documentación y comprobación de los requisitos exigidos.
3. Emisión de la Resolución de reconocimiento del veterinario
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
Todo el año.
- Solicitud según el modelo, firmada digitalmente por el veterinario.
- Consentimiento entre el titular de la explotación avícola y el veterinario para la realización de las funciones de habilitación solicitadas.
- Consentimiento del veterinario por el que autoriza a la red de vigilancia epidemiológica reconocida por la autoridad competente a gestionar sus habilitaciones.
- Consentimiento del titular de la explotación avícola por el que autoriza a la red de vigilancia epidemiológica reconocida por la autoridad competente a gestionar la habilitación.
Dado que los solicitantes pueden ser tanto personas físicas obligadas a relacionarse con las administraciones públicas a través de medios electrónicos, en virtud del artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, como...
Resolución
Que el veterinario mantenga todos los compromisos y supuestos declarados en su solicitud y las explotaciones de las que es responsable sanitario cumplan las condiciones sanitarias que se exigen legalmente por la normativa.
La resolución que se dicte no pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, recurso de alzada ante el Secretario Autonómico de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca, de...
Preguntas frecuentes
Temas relacionados
MATERIAS
- Empresas
- Agricultura, ganadería y pesca
- Explotaciones ganaderas
- Vigilancia, prevención y lucha contra enfermedades y agentes nocivos
- Agricultura, ganadería y pesca
TEMA
- Medio ambiente
- Protección de los animales
- Sanidad y salud
- Inspección sanitaria
- Agricultura, ganadería y pesca
- Sanidad animal
- Ganadería
- Administración pública
PERFILES
- Empresa
SECTOR
- Agricultura, alimentación, ganadería, pesca y actividades forestales
- Ganadería
TIPO
- Autorizaciones, permisos, licencias y homologaciones