Detalle de procedimiento

TECE- Aportación documental de expediente de la expedición/renovación de la tarjeta identificativa de la persona que conduce el taxi en la Comunitat Valenciana.

Código SIA : 2406021
Código GUC : 21094
Organismo: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio
Plazo de solicitud: ABIERTO desde 26-02-2021
  • Información básica

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Como consecuencia de un REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN emitido por la Administración, este trámite permite la aportación de múltiples documentos al expediente telemático de expedición/renovación de la tarjeta identificativa de la persona que conduce el taxi en la Comunidad Valenciana, y que se encuentra en fase de subsanación de deficiencias. El objeto de la aportación de documentación es la subsanación de las deficiencias detectadas en el expediente.

Requisitos

Requisitos

Haber recibido un requerimiento de subsanación sobre un expediente telemático abierto de expedición/renovación de la tarjeta identificativa de la persona que conduce el taxi en la Comunidad Valenciana. En la documentación aportada deberá constar toda la información necesaria que permita una correcta identificación del expediente al que hace referencia.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Los titulares, o sus representantes, de expedientes telemáticos de expedición/renovación de la tarjeta identificativa de la persona que conduce el taxi en la Comunidad Valenciana.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Ley 13/2017, de 8 de noviembre, de la Generalitat, del taxi de la Comunitat Valenciana (DOCV Nº 8167, de 10/11/ 2017)
  • ORDEN 3/2019, de 6 de mayo, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se regula la tarjeta identificativa de la persona que conduce el taxi en la Comunitat Valenciana (DOGV núm.8546, 13/05/2019)

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

El plazo será el señalado en el requerimiento de subsanación.

Formularios y documentación

Los documentos requeridos en el requerimiento de subsanación

Presentación

Presentación

Presencial
Si es persona no obligada a relacionarse telemáticamente con la Administración. a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan. b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio. c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Telemática
1. Para presentar esta solicitud mediante la tramitación telemática, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), compatible con la plataforma telemática de la Generalitat (más información respecto a los certificados admitidos en la Sede Electrónica de la Generalitat en https://sede.gva.es/es/sede_certificados). En el caso de utilizar un certificado digital de persona física actuando en representación de una persona jurídica, se deberá inscribir previamente en el Registro de Representantes ante la Generalitat para la realización de trámites por vía telemática, cuya información está disponible: - En http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=17168&version=amp - Y en http://regrep.accv.es/accv_repr/zonarep/index.html/ 2. Si ya dispone de certificado digital podrá acceder clicando en "Tramitar con certificado" (que figura en color rojo al inicio de este trámite de la Guía Prop), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web inicial, anexar la documentación correspondiente y realizar la presentación telemática de todo ello, tras lo cual obtendrá el correspondiente justificante de registro. A partir del momento de dicha presentación toda la documentación presentada (incluido el justificante) estará disponible siempre en su Carpeta Ciudadana (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es). 3. Dispone de más información sobre la tramitación telemática en la siguiente dirección: http://www.gva.es/es/inicio/atencion_ciudadano/at_ciud_faq/at_ciud_faq_tramitacion Revise la lista de preguntas frecuentes detalladas en esa dirección para ver si puede solucionar su problema. En caso de que siga necesitando ayuda, por favor notifíquelo a través de uno de los siguientes correos electrónicos en función del tipo de problema de que se trate: - Para consultas sobre el contenido del trámite: prop@gva.es - Para incidencias informáticas: generalitat_en_red@gva.es Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo a la Carpeta Ciudadana de la Generalitat desde el apartado "como va lo mío"-> "solicitudes en creación" (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

Si se tramita telemáticamente, una vez identificado con un certificado de firma digital aceptado por la Generalitat, se rellenarán los datos necesarios y se adjuntarán los documentos electrónicos requeridos en el requerimiento de subsanación, y finalmente lo registrará de entrada. La documentación se incorporará al expediente abierto, y será analizada por el personal de la conselleria competente en esa materia, quien procederá en consecuencia.

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa