Detalle de procedimiento

Autorización a la Administración para consultar, de forma telemática, datos necesarios para la percepción de becas, ayudas, subvenciones y convenios de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio

Código SIA : 2324626
Código GUC : 21098
Organismo: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

Mostrar todo

Ocultar todo

Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Autorizar a la Conselleria de Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio para que compruebe directamente, de forma telemática, los datos acreditativos de estar al corriente en los pagos con la Agencia Tributaria, estatal y autonómica, y con la Tesorería de la Seguridad Social, así como los datos de identidad y/o, en su caso, de residencia, de las personas (o sus representantes) interesadas en obtener becas, ayudas, subvenciones y convenios de dicha Conselleria. En caso de no suscribir esta autorización, la persona interesada está obligada a aportar los documentos que acrediten esos datos en los términos exigidos por las normas reguladoras del procedimiento de que se trate.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Personas, físicas o jurídicas, que sean beneficiarias de becas, ayudas, subvenciones y convenios de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 276, de 18/11/2003)

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

En el plazo establecido por la Administración en el procedimiento de concesión de becas, ayudas, subvenciones y convenios de que se trate.

Formularios y documentación

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en ausencia de oposición expresa por parte de la persona interesada, el órgano gestor del procedimiento estará autorizado para obtener directamente los datos de identidad de la persona solicitante o, en su caso, de su representante legal, así como los datos de estar al corriente de los pagos con la Agencia Tributaria, estatal y autonómica, y con la Tesorería de la Seguridad Social. En caso de oponerse a que el órgano gestor obtenga directamente esta información, deberá manifestarlo mediante el formulario de este trámite, quedando obligado a aportar los documentos correspondientes en los términos exigidos por las normas reguladoras del procedimiento.

Presentación

Presentación

Presencial
Si es persona no obligada a relacionarse telemáticamente con la Administración. a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan. b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio. c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. Y, preferentemente, en:

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa