Devolución de tasas de Enseñanzas Artísticas Profesionales. - GVA.ES
Devolución de tasas de Enseñanzas Artísticas Profesionales.
Conselleria de Educación, Universidades y Empleo
Qué es
Información sobre la tramitación para la devolución de las tasas educativas y de los precios públicos de Enseñanzas Artísticas Profesionales.
1. Procederá la devolución del importe de la tasa, siempre que no se haya hecho uso del servicio público, y cuando esta se haya ingresado con carácter previo a la utilización del dominio público, a la prestación del servicio o a la realización de la actividad de que se trate, y dicha utilización, prestación o realización no tenga finalmente lugar por causas no imputables, directa o indirectamente, al sujeto pasivo.
2. Los criterios a tener en cuenta en orden a la práctica de la citada devolución serán los siguientes:
a) Cuando la no utilización, prestación o realización resulte imputable a la administración, la devolución deberá practicarse de oficio por esta, sin perjuicio del derecho de la persona interesada a solicitarla.
b) Cuando la no utilización, prestación o realización tenga su origen en causa de fuerza mayor, la devolución procederá previa solicitud de la persona interesada, siempre que esta pruebe suficientemente dicha fuerza mayor, salvo que se derive de un acontecimiento notorio, en que la administración actuará de oficio.
- Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas (DOGV núm. 8202 de 30.12.2017).
A quién va dirigido
Pueden solicitar la devolución de una tasa, siempre que no se haya hecho uso del servicio público, aquellas personas o sus representantes que cumplan los siguientes motivos:
· Por el aplazamiento o suspensión de las pruebas.
· Renuncia en período de matrícula.
· Por anulación del grupo o de la clase.
· Por convalidación de una asignatura.
· Por baja médica de larga duración de un profesor sin sustitución.
· Pagar una tasa equivocada por error.
· Por duplicidad en el pago de la tasa.
· Pagar el carnet escolar o el expediente académico si ya se es alumno del centro.
· Pagar matrícula normal si se tiene derecho a la matrícula bonificada (ADJUNTAR LA DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA):
- Familia numerosa general o especial en vigor en el momento de la presentación del pago de la tasa.
- Familia monoparental en vigor en el momento de la presentación del pago de la tasal.
- Victima de violencia de género en vigor en el momento de la presentación del pago de la tasa.
- Víctimas de terrorismo en vigor en el momento de la presentación del pago de la tasa.
- Por concesión de beca por parte del Ministerio de Educación (ADJUNTAR LA DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA).
- Minusvalía
Cumplimentar el modelo 756.
Instrucciones:
a). Antes de comenzar lea detenidamente las instrucciones.
b). Tenga a mano y escaneada toda la documentación que es necesario aportar. Puede utlizar los formatos .doc, .jpg, .pdf.
c). IMPORTANTE: Deje muy claros los motivos por los cuales solicita la devolución de la tasa.
d). En el caso que el solicitante de la tasa sea un menor de edad y por tanto no sea titular de la cuenta a la cual se va a ingresar la devolución, se deberá aportar un certificado de titularidad de la cuenta.
Cómo se tramita
El trámite para la solicitud de la devolución de una tasa se realizará preferentemente de forma telemática.
La solicitud de devolución de una tasa por ingreso indebido se realiza cumplimentando el modelo 756 de la Agencia Tributaria Valenciana (ATV).
INSTRUCCIONES:
a). Antes de comenzar lea detenidamente las instrucciones que facilita la ATV cuando se va a cumplimentar el modelo 756.
b). Tenga a mano y escaneada toda la documentación que es necesario aportar. Puede utlizar los formatos .doc, .jpg, .pdf.
c). IMPORTANTE: Deje muy claros los motivos por los cuales solicita la devolución de la tasa.
d). En el caso que el solicitante de la tasa sea un menor de edad y no sea titular de la cuenta a la cual se va a ingresar la devolución, se deberá aportar un certificado de titularidad de la cuenta.
Esta solicitud se puede cumplimentar a través de dos vías:
a). A través de la web del Conservatorios de música, danza, artes plásticas: https://ceice.gva.es/va/web/ensenanzas-regimen-especial/devolucio-taxes
b). A través de la web de la Agencia Tributaria Valenciana (ATV): http://atv.gva.es/es/dii-756-acces
46015 - València/Valencia
Solicitud
El plazo para solicitar la devolución de la tasa será de 4 años, y comenzarán a contarse desde el día siguiente a aquel en que se realizó la presentación de la autoliquidación.
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Y, preferentemente, en:
Dónde dirigirse
03007 - Alacant/Alicante
46009 - València/Valencia
12003 - Castelló/Castellón
46015 - València/Valencia
Resolución
46015 - València/Valencia
Preguntas frecuentes
Temas relacionados
MATERIAS
- Ciudadanía
- Educación y formación
- Aprendizaje del valenciano
- Profesorado
- Enseñanzas artísticas, idiomas y deportes
- Educación infantil, primaria y secundaria