Detalle de procedimiento

Devolución de tasas de las Escuelas Oficiales de Idiomas.

Código SIA : 2328401
Código GUC : 21211
Organismo: Conselleria de Educación, Universidades y Empleo
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Información sobre la tramitación para la devolución de las tasas educativas y de los precios públicos de las Escuelas Oficiales de Idiomas.

Observaciones

Observaciones

1. Procederá la devolución del importe de la tasa, SIEMPRE QUE NO SE HAYA HECHO USO DEL SERVICIO PÚBLICO, cuando esta se haya ingresado con carácter previo a la utilización del dominio público, a la prestación del servicio o a la realización de la actividad de que se trate, y dicha utilización, prestación o realización no tenga finalmente lugar por causas no imputables, directa o indirectamente, al sujeto pasivo. 2. Los criterios a tener en cuenta en orden a la práctica de la citada devolución serán los siguientes: a) Cuando la no utilización, prestación o realización resulte imputable a la administración, la devolución deberá practicarse de oficio por esta, sin perjuicio del derecho de la persona interesada a solicitarla. b) Cuando la no utilización, prestación o realización tenga su origen en causa de fuerza mayor, la devolución procederá previa solicitud de la persona interesada, siempre que esta pruebe suficientemente dicha fuerza mayor, salvo que se derive de un acontecimiento notorio, en que la administración actuará de oficio.

Requisitos

Requisitos

Cumplimentar el modelo 756. Instrucciones: a) Antes de comenzar lea detenidamente las instrucciones. b) Tenga a mano y escaneada toda la documentación que es necesario aportar. Puede utlizar los formatos .doc, .jpg, .pdf. c) IMPORTANTE: Deje muy claros los motivos por los cuales solicita la devolución de la tasa. d) En el caso que el solicitante de la tasa sea un menor de edad y por tanto no sea titular de la cuenta a la cual se va a ingresar la devolución, se deberá aportar un certificado de titularidad de la cuenta.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Pueden solicitar la devolución de una tasa, SIEMPRE QUE NO SE HAYA HECHO USO DEL SERVICIO PÚBLICO, aquellas personas o sus representantes que cumplan los siguientes motivos: · Por el aplazamiento o suspensión de las pruebas. · Renuncia en período de matrícula. · Por anulación del grupo o de la clase. · Por convalidación de una asignatura. · Por baja médica de larga duración de un profesor sin sustitución. · Pagar una tasa equivocada por error. · Por duplicidad en el pago de la tasa. · Pagar el carnet escolar o el expediente académico si ya se es alumno de una Escuela Oficial de Idiomas. · Pagar matrícula normal si se tiene derecho a la matrícula bonificada (ADJUNTAR LA DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA): - Familia numerosa general o especial en vigor en el momento de la presentación del pago de la tasa. - Familia monoparental en vigor en el momento de la presentación del pago de la tasal. - Victima de violencia de género en vigor en el momento de la presentación del pago de la tasa. - Víctimas de terrorismo en vigor en el momento de la presentación del pago de la tasa. - Por concesión de beca por parte del Ministerio de Educación (ADJUNTAR LA DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA).

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • LEY 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas,

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

  • ¿Por que fecha se está realizando devolución de ingresos indebidos de Educación ?(incluidas las escuelas oficiales de idiomas)
  • 15/02/2024: La devolución de ingresos indebidos de Educación (incluidas las escuelas oficiales de idiomas) se está tramitando con fecha de agosto de 2022. Información facilitada por ext. 970978

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

El plazo para solicitar la devolución de la tasa será de 4 años, y comenzarán a contarse desde el día siguiente a aquel en que se realizó la presentación de la autoliquidación.

Formularios y documentación

Documentación OBLIGATORIA para solicitar la devolución de una tasa. a). Modelo 756 b). Anexo al modelo 756 (Disponible en el apartado Información complementaria/enlaces) c). Justificante de pago d). En el caso que la persona solicitante de la tasa no sea titular de la cuenta bancaria se ha de aportar justificante de titularidad de la cuenta bancaria Cuando el motivo de la solicitud se base en alguno de los siguientes motivos, deberá adjuntar la documentación acreditativa. a). Familia numerosa general o especial en vigor en el momento de la presentación del pago de la tasa. b). Familia monoparental en vigor en el momento de la presentación del pago de la tasal. c). Victima de violencia de género en vigor en el momento de la presentación del pago de la tasa. d). Víctimas de terrorismo en vigor en el momento de la presentación del pago de la tasa. e). Por concesión de beca por parte del Ministerio de Educación f). Certificado de minusvalía.

Presentación

Presentación

Presencial
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan. b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio. c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. Y, preferentemente, en:
Telemática
La tramitación telemática se hace a través del enlace indicado en el apartado anterior. Pasos a seguir: 1. Cumplimentar el modelo 756 2. Con el número de autoliquidación que se obtiene al cumplimentar el modelo 756 (NO DEL MODELO 046) hay que ir al paso 2 de las instrucciones de la ATV denominado Presentación del modelo 756. Para ello debe disponer de certificado digital. Para información sobre la tramitación puede CONTACTAR: a) Para INFORMACIÓN GENERAL: 012 (96.386.60.00 si llama fuera de la Comunitat Valenciana) b) Para problemas al cumplimentar telemáticamente el modelo 756: Con la Agencia Tributaria Valenciana (ATV): https://atv.gva.es/es/dii-756-contacte Esta solicitud se puede cumplimentar a través de dos vías: - A través de la web de las Escuelas Oficiales de Idiomas: https://eoi.gva.es/es/impresos-i-taxes-d-idiomes - A través de la web de la Agencia Tributaria Valenciana (ATV): http://atv.gva.es/es/dii-756-acces c) Para Incidencias Informáticas: CAU Administración electrónica: 96.161.31.99 d) Para información sobre si tiene o no derecho a la devolución y al estado de su solicitud: Contactar con el Centro Educativo (Puede encontrar el email y teléfono, en el siguiente enlace: https://ceice.gva.es/es/web/centros-docentes d) Por correo electrónico en: generalitat_en_red@gva.es

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

El trámite para la solicitud de la devolución de una tasa se realizará preferentemente de forma telemática. La solicitud de devolución de una tasa por ingreso indebido se realiza cumplimentando el modelo 756 de la Agencia Tributaria Valenciana (ATV). INSTRUCCIONES: a) Antes de comenzar lea detenidamente las instrucciones que facilita la ATV cuando se va a cumplimentar el modelo 756. b) Tenga a mano y escaneada toda la documentación que es necesario aportar. Puede utlizar los formatos .doc, .jpg, .pdf. c) IMPORTANTE: Deje muy claros los motivos por los cuales solicita la devolución de la tasa. d). En el caso que el solicitante de la tasa sea un menor de edad y no sea titular de la cuenta a la cual se va a ingresar la devolución, se deberá aportar un certificado de titularidad de la cuenta. Para información sobre la tramitación puede CONTACTAR: a) Para INFORMACIÓN GENERAL: 012 (96.386.60.00 si llama fuera de la Comunitat Valenciana) b) Para problemas al cumplimentar telemáticamente el modelo 756: Con la Agencia Tributaria Valenciana (ATV): https://atv.gva.es/es/dii-756-contacte Esta solicitud se puede cumplimentar a través de dos vías: - A través de la web de las Escuelas Oficiales de Idiomas: https://eoi.gva.es/es/impresos-i-taxes-d-idiomes - A través de la web de la Agencia Tributaria Valenciana (ATV): http://atv.gva.es/es/dii-756-acces c) Para Incidencias Informáticas: CAU Administración electrónica: 96.161.31.99 d) Para información sobre si tiene o no derecho a la devolución y al estado de su solicitud: Contactar con el Centro Educativo (Puede encontrar el email y teléfono, en el siguiente enlace: https://ceice.gva.es/es/web/centros-docentes d) Por correo electrónico en: generalitat_en_red@gva.es

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación

Consellería de Educación, Cultura y Deporte.

Órganos resolución

Órganos resolución

Consellería de Educación, Cultura y Deporte.

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa