Subvenciones para apoyar la contratación de personal investigador doctor de las ayudas Ramón y Cajal. ACOND - GVA.ES
Subvenciones para apoyar la contratación de personal investigador doctor de las ayudas Ramón y Cajal. ACOND
Organismo: CONSELLERIA DE INNOVACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y SOCIEDAD DIGITAL
Plazo de solicitud:
CERRADO
(17-10-2022
–
31-10-2022)
Información básica
Solicitud
Tramitación
Resolución
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Información básica
¿Qué es y para qué le sirve?
El objeto de esta convocatoria es la concesión de subvenciones para la cofinanciación de la contratación laboral vigente en cada anualidad, del personal investigador doctor en el marco de la ayuda Ramón y Cajal, por parte de centros de investigación de la Comunitat Valenciana
Observaciones
Estas subvenciones serán compatibles con otras subvenciones para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de centros internacionales.
El importe de las mismas, en ningún caso, podrá superar el coste de la actividad subvencionada.
Requisitos
Ser centro de investigación de la Comunitat Valenciana.
¿Quién puede solicitarlo?
Podrán solicitar y ser beneficiarias de estas subvenciones los centros de investigación de la Comunitat Valenciana.
Normativa del procedimiento
- Orden 19/2020, de 1 de octubre, de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa para la promoción de la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación en la Comunitat Valenciana (DOGV nº 8919 de 5/10/2020).
- RESOLUCIÓN de 6 de octubre de 2022, de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, por la que se convocan, para el ejercicio 2023, subvenciones del Programa para la promoción de la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación en la Comunitat Valenciana. (DOGV nº 9449, de 14/10/2022)
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes será del 17 al 31 de octubre del 2022. (DOGV núm. 9449, de 14/10/2022).
Documentación
La solicitud irá acompañada de los siguientes documentos.
a) Declaración responsable, firmada por quien ostente la representación legal de la entidad, enumerando las ayudas Ramón y Cajal, solicitadas y/o concedidas hasta el momento de la presentación de la solicitud, para financiar cada una de las contrataciones.
b) Declaración responsable, firmada por quien ostente la representación legal de la entidad, de la vigencia de los contratos en la anualidad 2022.
c) Copia de los correspondientes contratos suscritos para la incorporación de los investigadores al sistema español de ciencia y tecnología (ayudas Ramón y Cajal), siempre que no se hubieran presentado en convocatorias correspondientes a ejercicios anteriores. En el supuesto de que no se hubiese formalizado todavía el contrato, se presentará copia de la resolución de concesión, debiendo aportarse la copia del contrato en el momento en que se formalice.
d) Hoja de cálculo con la información de contrataciones para las que se solicita subvención.
Presentación
Telemática
Ver Enlace "Guía para cumplimentar los formularios telemáticos" en el siguiente apartado INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA".
Paso 1: Descargar las plantillas de los documentos a anexar requeridos por la solicitud para rellenarlos.
Paso 2: Rellenar la solicitud telemática.
Paso 3: Anexar los documentos correspondientes y enviar telemáticamente.
Para realizar cualquier consulta sobre la tramitación del presente servicio puede utilizar el Teléfono de Información 012.
Donde consultar dudas sobre el trámite
- Correo para dudas funcionales: pcuni_fse@gva.es
- Correo para dudas técnicas: generalitat_en_red@gva.es
Proceso de tramitación
1. El órgano instructor, de oficio, impulsará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe pronunciarse la resolución, así como para realizar las propuestas de cada fase contable que procedan en ejecución de la misma.
2. Si la solicitud, con el contenido al que se refiere el artículo 14.2 no reuniera los requisitos establecidos en la convocatoria, se requerirá mediante publicación en la página web de la Consellería que ostente la competencia en materia de política científica e investigación, a las entidades o personas solicitantes para que en el plazo de diez días subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, con advertencia de que si no lo hiciesen se les tendrá por desistido de su solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPAC) y en el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Adicionalmente, también podrá comunicarse dicha incidencia por correo electrónico.
3. Durante el período de subsanación no se podrá modificar el objeto y condición de la solicitud presentada.
4. Las notificaciones se realizarán mediante publicación en la página web de la consellería que ostente la competencia en materia de política científica e investigación surtiendo todos los efectos de notificación practicada.
Criterios de valoración
1. La Comisión evaluadora comprobará el cumplimiento de los requisitos de las solicitudes presentadas y elaborará una propuesta de resolución con indicación del número de personas investigadoras por cada centro, así como el coste a cofinanciar de los contratos suscritos con la ayuda Ramón y Cajal.
2. En caso de no existir crédito suficiente para cubrir todas las solicitudes presentadas, la comisión evaluadora mediante decisión motivada, propondrá el número de solicitudes a atender aplicando para ello criterios de género al objeto de corregir los desequilibrios que a este respecto se cuantifiquen en cada convocatoria en cada área AEI, según los últimos datos disponibles procedentes del Sistema Integrado de Información Universitaria.
órganos de tramitación
El órgano instructor, a quien corresponderá la tramitación del procedimiento, será la unidad administrativa superior dependiente de la dirección general competente en materia de política científica e investigación, así como el servicio dependiente de aquella que desempeñe las funciones al efecto.
- SERVICIO DE GESTIÓN DEL PROGRAMA I+D+I
AVDA. CAMPANAR, 32
46015 - València/Valencia
Obligaciones
La justificación de las ayudas se realizará de acuerdo con lo que se establece en el artículo 22 de las bases reguladoras.
Plazo máximo
La resolución de las ayudas convocadas y su notificación se realizará conforme a lo establecido en el artículo 20 de la Orden de bases reguladoras 19/2020 de 1 de octubre.
El plazo máximo para resolver las solicitudes presentadas y para la concesión de las subvenciones será de seis meses a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
El plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar la resolución se podrá suspender en el caso previsto en el art. 22.1 a de la Ley 39/2015 de 1 de octubre. Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución, se entenderá desestimada en los términos previstos en el artículo 25 de la LPAC.
Observaciones
Las resoluciones de los procedimientos de concesión de las subvenciones ponen fin a la vía administrativa. Contra las mismas el interesado podrá optar entre interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que las ha dictado, conforme los artículos 112, 123 y 124 de la LPAC; o bien impugnarlas directamente ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses contados a partir de su notificación, formulando el correspondiente recurso contencioso administrativo al amparo de lo establecido en los artículos 10.1 letra a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
En ningún caso podrá simultanearse la interposición de ambos recursos.
Órganos resolución
Elevada la propuesta de resolución definitiva, la persona titular de la dirección general competente en materia de política científica e investigación, dictará la resolución definitiva del procedimiento, acto que pondrá fín a la vía administrativa y que será notificada a los interesados
- DIRECCIÓN GENERAL DE CIENCIA E INVESTIGACIÓN
AVDA. JEAN CLAUDE COMBALDIEU, S/N
03008 - Alacant/Alicante
Cuantía y cobro
El importe de las subvenciones se establecerá en la resolución de concesión.
Las subvenciones se destinarán a financiar hasta el 50% del coste del contrato no financiado por la ayuda Ramón y Cajal.
Estas subvenciones serán compatibles con otras subvenciones para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de centros internacionales.
El importe de las mismas, en ningún caso, podrá superar el coste de la actividad subvencionada.