Comunicación de instaladores/as que trabajan en empresas instaladoras/mantenedoras de instalaciones ELÉCTRICAS en BAJA TENSIÓN y de instalaciones TÉRMICAS, inscritas en el Registro Integrado Industrial (RII) y habilitadas para el ejercicio de esas actividades EN OTRAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS (distintas a la Comunidad Valenciana). Alta y baja. Industria.

Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo

Código SIA: 2350390
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Código GVA: 21282
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Qué es

Qué es y para qué sirve

Comunicación a la Conselleria competente en materia de Industria de la Generalitat Valenciana:

 

- De los/las instaladores/as habilitados/as que trabajan en empresas instaladoras/mantenedoras de instalaciones ELÉCTRICAS en BAJA TENSIÓN y de instalaciones TÉRMICAS, inscritas en el Registro Integrado Industrial (RII) y habilitadas para el ejercicio de esas actividades EN OTRAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS, que quieran ejercerlas en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana. (Supuesto de ALTA).

 

- Y también de aquellos/as que dejen de trabajar en esas empresas. (Supuesto de BAJA).

 

 

 

* NOTAS:

 

1) La inscripción en el Registro Integrado Industrial (RII) como empresa instaladora/mantenedora le habilita para actuar en todo el territorio español. Por tanto, si una empresa está ya inscrita en ese registro en una Comunidad Autónoma, no debe volver a inscribirse en otra.

 

El número de RII de una empresa puede consultarse en la página web de dicho Registro de competencia estatal (en concreto del Ministerio competente en materia de industria). (Ver enlace directo a esa web en el apartado "Enlaces" de este trámite).

 

No obstante, en la Comunitat Valenciana es necesario que, adicionalmente, las empresas instaladoras/mantenedoras de instalaciones eléctricas en baja tensión y de instalaciones térmicas de otras Comunidades Autónomas, comuniquen a la Conselleria competente en materia de Industria de la Generalitat Valenciana las personas instaladoras que trabajan en ellas, solo a fin de que éstas puedan utilizar sus trámites telemáticos que única y exclusivamente puede realizar un/a instalador/a habilitado/a.

 

Pero, tanto para instalaciones eléctricas en baja tensión, como para instalaciones térmicas, están también disponibles otros trámites telemáticos que no requieren ser realizados por un/a instalador/a habilitado/a.

 

 

2) Todo/a instalador/a debe desarrollar su actividad en el seno de una empresa instaladora/mantenedora habilitada, que debe poder acreditar ante la Administración competente (cuando ésta así lo requiera en el ejercicio de sus facultades de inspección, comprobación y control) que la documentación o titulación del personal cualificado que trabaja en ella le capacita para el desempeño de su actividad.

 

La información sobre ello relativa a instaladores/as habilitados/as de instalaciones eléctricas en baja tensión y de instalaciones térmicas y a las empresas en que trabajan está disponible en los trámites y servicios existentes al respecto en la Guía Prop y también en el apartado correspondiente del área de Industria de la Conselleria competente en esa materia (ver el apartado "Enlaces" de este trámite).

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Normativa

A quién va dirigido

Empresas
Personas interesadas

La persona titular de esas empresas instaladoras/mantenedoras, o su representante.

Requisitos

1 - Esos tipos de empresas deberán estar PREVIAMENTE HABILITADAS en su Comunidad Autónoma para realizar la actividad (instalaciones eléctricas de baja tensión y/o instalaciones térmicas) E INSCRITAS COMO TALES EN EL REGISTRO INTEGRADO INDUSTRIAL (RII).

 

* El número de RII de la empresa puede consultarse en la página web de dicho Registro estatal (ver enlace directo en el apartado "Enlaces" de este trámite).

 

 

2 - Para realizar trámites POR VÍA TELEMÁTICA ante la Administración de la Generalitat Valenciana actuando en representación de otra persona (física o jurídica), esa persona debe inscribir previamente la representación en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS de la Administración General del ESTADO, cuya respectiva información está disponible en el apartado "Enlaces" de este trámite.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

Tanto en los supuestos de ALTA, como en los de BAJA:

 

1. Presentación de la comunicación de sus instaladores/as DE FORMA TELEMÁTICA ante el Servicio Territorial competente en materia de Industria de la provincia de la Comunitat Valenciana donde la empresa vaya a realizar su actividad.

 

2. Si lo solicitado es correcto, el referido Servicio Territorial competente realiza la inscripción (de alta o de baja, según proceda) de esos/as instaladores/as como trabajadores de la empresa que efectúa la comunicación, lo que, en caso de alta, les permitirá realizar los trámites telemáticos que única y exclusivamente puede realizar un/a instalador/a habilitado/a en materia de instalaciones eléctricas de baja tensión y de instalaciones térmicas.

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

Durante todo el año.

Documentación
Tanto en el supuesto de ALTA, como en el de BAJA, las empresas deben presentar la COMUNICACIÓN TELEMÁTICA de sus instaladores/as, cumplimentando, firmando y registrando para ello el formulario web de datos generales y el formulario web de datos específicos de alta/baja instaladores/as, existentes...
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Forma de presentación
Telemática
1. La presentación telemática de la comunicación debe realizarse MEDIANTE EL TRÁMITE TELEMÁTICO correspondiente. 2. Para esa presentación telemática debe disponerse de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en certificados electrónicos reconocidos o...
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