Detalle de procedimiento

Aportación de documentación requerida para el procedimiento de Acreditación de Enfermeros/as. Habilitación para la indicación, uso y autorización de la dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano de las enfermeras y los enfermeros en el ámbito de la Comunitat Valenciana

Código SIA : 2409462
Código GUC : 21548
Organismo: Conselleria de Sanidad
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Este trámite permite la aportación por vía telemática de la documentación requerida para el procedimiento de Acreditación de Enfermeras/os. Habilitación para la indicación, uso y autorización de la dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano de las enfermeras y los enfermeros en el ámbito de la Comunitat Valenciana

Requisitos

Requisitos

Para poder aportar documentación mediante este trámite telemático se han de cumplir los requisitos establecidos en el procedimiento de Habilitación para la indicación, uso y autorización de la dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano de las enfermeras y los enfermeros en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Los participantes que deban presentar la documentación requerida para el procedimiento Acreditación de Enfermeros/as. Habilitación para la indicación, uso y autorización de la dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano de las enfermeras y los enfermeros en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Decreto 145/2020, de 25 de septiembre del Consell de regulación del procedimiento de acreditación para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de enfermeras y enfermeros en la Comunitat Valenciana.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

En el momento que inicien un expediente de Acreditación de Enfermeros/as.

Formularios y documentación

La documentación en su caso se presentará de forma telemática, dirigiendo el trámite a la Dirección Territorial de la provincia correspondiente al domicilio de la persona interesada. Si la misma tuviera su domicilio fuera de la Comunitat Valenciana, se remitirá a la Dirección Territorial de la provincia de València. 1.En caso de que la interesada o el interesado preste su autorización a la Administración para la consulta telemática de datos personales, se comprobarán: datos de titulación, de enfermera/o general o especialista, y certificado de vida laboral de la Seguridad Social, según el artículo 28.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas. 2.En caso de no autorizarlo aportarán los siguientes documentos: 2.1.Fotocopia compulsada del título de grado en Enfermería, de Diplomatura en Enfermería o de Ayudante Técnico Sanitario o equivalente. Para la acreditación en el ámbito de los cuidados especializados de enfermería, además, fotocopia compulsada del título de Enfermera/o especialista. 2.2.Certificado de vida laboral de la Seguridad Social como documentación acreditativa de poseer una experiencia profesional mínima de un año como enfermera/o. 3.En ambos casos, es decir, tanto si se autoriza como si no se autoriza la consulta telemática de la documentación por la Administración, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.2 del Decreto 145/2020, de 25 de septiembre, del Consell de regulación del procedimiento de acreditación para la indicación, uso y autorización de la dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano de las enfermeras y los enfermeros en el ámbito de la Comunitat Valenciana, las interesadas y los interesados deberán presentar telemáticamente la documentación acreditativa de que su experiencia profesional se ha desarrollado en el ámbito de los cuidados generales, especializados o en ambos tipos de cuidados. La forma de acreditación dependerá de si se han prestado servicios: a) Por cuenta ajena: Se aportará certificado expedido por la institución, empresa o, en su caso, empresas empleadoras, especificándose si la prestación laboral fue en régimen de cuidados generales o de cuidados especializados. En el supuesto excepcional de que resultara materialmente imposible presentar este certificado, por causas debidamente justificadas y que deberán acreditarse, se tendrá en cuenta únicamente el certificado de vida laboral de la Seguridad Social, al que se deberá acompañar una declaración responsable del tiempo de servicios prestados en régimen de cuidados generales, de cuidados especializados o de ambos. b) Por cuenta propia: Se aportará declaración responsable sobre el régimen de cuidados de enfermería previstos, generales, especializados o ambos. Solo se podrán presentar mediante este trámite electrónico de aportación de documentación, los documentos electrónicos administrativos, de acuerdo con el artículo 26 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los documentos que no tengan esta naturaleza, deberán ser aportados por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la citada Ley 39/2015.

Tasa o pago

Tasa o pago

No se requiere el pago de tasas.

Presentación

Presentación

Telemática
Cómo se tramita telemáticamente? A través del enlace correspondiente: Tramitar con certificado electrónico 1.- La presentación telemática de la solicitud y de la documentación requerida se realizará MEDIANTE EL CORRESPONDIENTE TRÁMITE TELEMÁTICO, cuyo enlace directo acaba de indicarse. Para ello deberán disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre estos sistemas se admiten: -El DNIe (DNI electrónico), los certificados emitidos por la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) y los certificados de persona jurídica, empleado público o persona física emitidos por la ACCV (Autoritat de Certificació de la C.Valenciana). -Y el sistema clave-firma del Estado únicamente para las personas físicas (por tanto, quedan excluidas las personas juridicas: empresas, ayuntamientos, entidades ....). Más información respecto a los sistemas admitidos en la Sede Electrónica de la Generalitat en: https://sede.gva.es/es/web/sede_electronica/sede_certificados 2.- Para realizar trámites por vía telemática ante la Administración de la Generalitat actuando en representación de otra persona (física o jurídica), deberá inscribirse previamente en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS de la Administración General del Estado, cuya respectiva información está disponible en: - En http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=17168&version=amp - Y en http://regrep.accv.es/accv_repr/zonarep/index.html/ Sin esa inscripción previa, además de no quedar acreditada su representación, no se recibirá nada en la carpeta ciudadana de la persona presentadora. 3.- Clickando en el enlace directo indicado en "¿Cómo se tramita telemáticamente?" o en el enlace "TRAMITAR CON CERTIFICADO" (en color rojo al inicio de este trámite), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web que podrá rellenar y firmar digitalmente, realizando la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro. 4.- Respecto a los DOCUMENTOS A ANEXAR, se deberán anexar a través del siguiente trámite de aportación en su caso: En el apartado denominado "IMPRESOS ASOCIADOS" existe modelo normalizado y rellenable de la declaración responsable. Sin embargo, aquellos documentos para los que no exista modelo normalizado deberán ser creados o recabados por la persona solicitante para poderlos adjuntar. En el trámite telemático se indica el tamaño máximo permitido de los documentos a anexar y sus posibles formatos o extensiones (pdf, doc, odt, xls, ods, zip, etc.). Compruébelos antes de anexar los documentos. 5. Dispone de más información sobre la tramitación telemática en la siguiente dirección: http://www.gva.es/es/inicio/atencion_ciudadano/at_ciud_faq/at_ciud_faq_tramitacion

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación

Órganos resolución

Órganos resolución

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa