Detalle de procedimiento

Reconocimiento de responsabilidad y pago voluntario de sanciones en materia de INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS

Código SIA : 2406750
Código GUC : 21570
Organismo: Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Proceder, por parte del presunto responsable, al reconocimiento de responsabilidad y/o pago voluntario de la sanción, en aquellos procedimientos sancionadores que se tramiten en materia de INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS.

Observaciones

Observaciones

Tanto en el supuesto de reconocimiento de responsabilidad como en el supuesto de pago voluntario de sanciones que tengan únicamente carácter pecuniario, el órgano competente para resolver el procedimiento aplicará reducciones, de al menos, el 20% sobre el importe de la sanción propuesta, siendo éstos acumulables entre sí. Las citadas reducciones deberán estar determinadas en la notificación de iniciación del procedimiento y su efectividad estará condicionada al desistimiento o renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción. El porcentaje de reducción previsto en este apartado podrá ser incrementado reglamentariamente.

Requisitos

Requisitos

- Ser persona física o jurídica señalada en el expediente sancionador como presunta responsable. - En el supuesto de pago voluntario, además del anterior requisito, será necesario que exista una propuesta de sanción únicamente de carácter pecuniario o, que habiéndose propuesto además otra sanción de carácter no pecuniario, ésta última haya resultado improcedente, quedando vigente únicamente la propuesta de sanción pecuniaria.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Las personas físicas o jurídicas que, teniendo la condición de interesadas en el expediente sancionador, hayan sido señaladas en el mismo como presuntos responsables, o sus representantes.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

En el supuesto de reconocimiento de responsabilidad, una vez iniciado el procedimiento. En el supuesto de pago voluntario, por el presunto responsable, de la sanción correspondiente, en cualquier momento con anterioridad a la resolución del procedimiento.

Formularios y documentación

El documento de solicitud de reconocimiento de responsabilidad y/o pago voluntario , asociado al correspondiente trámite (formulario SOLPAVO). En el supuesto de persona física, le habrá sido remitido junto con el acuerdo de incoación/iniciación del expediente sancionador.

Presentación

Presentación

Presencial
ESTA OPCIÓN SÓLO ES VÁLIDAD PARA PERSONAS FÍSICAS: a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan. b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio. c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. Y, preferentemente, en:
Telemática
1.- La presentación telemática de la solicitud y de la documentación requerida se realizará MEDIANTE EL CORRESPONDIENTE TRÁMITE TELEMÁTICO, cuyo enlace directo acaba de indicarse. Para ello deberán disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre estos sistemas se admiten: - El DNIe (DNI electrónico), los certificados emitidos por la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) y los certificados de persona jurídica, empleado público o persona física emitidos por la ACCV (Autoritat de Certificació de la C.Valenciana). - Y el sistema clave-firma del Estado únicamente para las personas fisicas (por tanto, quedan excluidas las personas juridicas: empresas, ayuntamientos, entidades ....). Más información respecto a los sistemas admitidos en la Sede Electrónica de la Generalitat en: https://sede.gva.es/es/web/sede_electronica/sede_certificados 2.- Para realizar trámites por vía telemática ante la Administración de la Generalitat actuando en representación de otra persona (física o jurídica), deberá inscribirse previamente en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS de la Administración General del Estado, cuya respectiva información está disponible en el apartado "Enlaces" de este trámite. Sin esa inscripción previa, además de no quedar acreditada su representación, no se recibirá nada en la carpeta ciudadana de la persona presentadora. 3.- Clickando en el enlace directo indicado en "¿Cómo se tramita telemáticamente?" o en el enlace "TRAMITAR CON CERTIFICADO" (en color rojo al inicio de este trámite), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web, anexar la solicitud y demás documentación cumplimentada y firmada digitalmente que deba aportar y realizar la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro. 4.- Respecto a los DOCUMENTOS A ANEXAR, en su caso: - Es recomendable que, en primer lugar, los reúna todos y los cumplimente, firme y guarde electrónicamente en su ordenador, de modo que posteriormente pueda incorporarlos en el paso correspondiente del trámite telemático. - IMPORTANTE: todos los documentos certificados o firmados que se presenten telemáticamente deberán ser enviados en formato PDF y tendrán que incorporar las FIRMAS DIGITALES de la/s persona/s o entidad/es que lo/s suscriba/n. - En este trámite de la Guía Prop: * En el apartado denominado "¿Qué documentación se debe presentar?" aparece el listado de documentos a presentar. * Y en el apartado "IMPRESOS ASOCIADOS"(además de en el propio trámite telemático) existen modelos normalizados y rellenables de todos o algunos de esos documentos, según el caso. Si existe modelo normalizado el documento deberá presentarse en él. Sin embargo, aquellos documentos para los que no exista modelo normalizado deberán ser creados o recabados por la persona solicitante para poderlos adjuntar. - En el trámite telemático se indica el tamaño máximo permitido de los documentos a anexar y sus posibles formatos o extensiones (pdf, doc, odt, xls, ods, zip, etc.). Compruébelos antes de anexar los documentos. 5.- Dispone de MÁS INFORMACIÓN sobre la tramitación telemática en: https://www.gva.es/es/web/administracion-online/faqs-servicis-en-linia Revise esa información y si, pese a ello, sigue necesitando ayuda, por favor, notifíquelo a través de: - Para consultas sobre el contenido del trámite: prop@gva.es - Para incidencias informáticas: generalitat_en_red@gva.es

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

a. Tramitación PRESENCIAL: (Opción de tramitación, SÓLO válida para personas físicas): 1. Junto con el acuerdo de incoación/iniciación del expediente sancionador, se remitirá al interesado el documento de reconocimiento de responsabilidad y/o pago voluntario de la sanción. 2. El interesado indicará la opción elegida o ambas, remitiendo dicha solicitud debidamente cumplimentada al organismo compentente. 3. El órgano gestor, una vez recibida la documentación, procederá al envio del documento de ingreso de sanción propuesta con las deducciones, que en su caso correspondan, cuyo justificante, una vez se haya realizado el pago, se remitirá a la Administración. 4. Recibida la documentación correctamente, por parte del organismo competente se procederá a dictar resolución finalizadora del procedimiento, que se notificará a las personas interesadas. B. Tramitación TELEMÁTICA: 1. A través del icono "tramitar con certificado", se puede acceder al inicio del trámite de reconocimiento de responsabilidad y pago voluntario, cumplimentando el formulario. En el apartado D) de dicho formulario se deberán cumplimentar todos los campos (datos que constan en el acuerdo de iniciación que se le remitirá con el fin de identificar claramente el expediente). 2. Realizar el pago correspondiente y remitir su justificante al centro gestor 3. Recibida la documentación correctamente, por parte del organismo competente se procederá a dictar resolución finalizadora del procedimiento que se notificará a las personas interesadas.

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación