Detalle de procedimiento

TECG - Remisión de documentación relativa al ACUERDO PLENARIO DE ADHESIÓN a la AGÈNCIA VALENCIANA DE PROTECCIÓ DEL TERRITORI.

Código SIA : 2409234
Código GUC : 21702
Organismo: AGÈNCIA VALENCIANA DE PROTECCIÓ DEL TERRITORI AVPT
Plazo de solicitud: ABIERTO desde 28-04-2021
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

Mostrar todo

Ocultar todo

Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Remisión de la documentación relativa a la adhesión de municipios del territorio de la Comunidad Valenciana a la Agència Valenciana de Protecció del Territori (AVPT) para el ejercicio por la misma de las competencias propias de los ayuntamientos en materia de disciplina urbanística en suelo no urbanizable.

Requisitos

Requisitos

1.- Haber adoptado por mayoría absoluta un acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de adhesión a la Agència en los términos mencionados en el apartado anterior. 2.- Haber dictado la Alcaldía el bando en el que se informa al vecindario de la adhesión a la Agència y del objeto y consecuencias de la misma. 3.- Haber designado el Ayuntamiento al cargo electo que será responsable ante la Agència de la correcta remisión de los documentos requeridos por ésta, así como de la adecuada asistencia sobre el terreno para una eficaz ejecución de los expedientes tramitados.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Pueden solicitar este trámite los municipios del territorio de la Comunidad Valenciana que hayan adoptado por mayoría absoluta un acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de adhesión a la Agència, en los términos establecidos en la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana (LOTUP) y en la forma y contenido del acuerdo tipo de adhesión regulado en el Decreto del Consell, por el que se aprueban los Estatutos de la AVPT.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana (DOCV nº 7329, de 31/07/14).
  • DECRETO 52/2021, de 9 de abril, del Consell, de aprobación de los estatutos de la Agència Valenciana de Protecció del Territori (DOGV nº 9070, de 27-04-2021)
  • Resolución de 2 de marzo de 2022, del director gerente de la Agència Valenciana de Protecció del Territori, por la que se confirman las adhesiones a la Agència Valenciana de Protecció del Territori de los municipios incluidos en el anexo I de esta resolución. (DOCV núm. 9294 de 09.03.2022)

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Durante todo el año

Formularios y documentación

El formulario de ACUERDO PLENARIO DE ADHESIÓN a la AGÈNCIA VALENCIANA DE PROTECCIÓ DEL TERRITORI irá acompañado de la siguiente documentación: Certificado de la Secretaría del Ayuntamiento, que acredite la adopción del Acuerdo de adhesión del Pleno, fecha del Bando de la Alcaldía y designación de representante electo responsable ante la Agència (incorporada en el mismo formulario). De forma potestativa, se podrá acompañar: - Bando municipal dictado por la Alcaldía en el que se informe al vecindario de la adhesión a la Agència y del objeto y consecuencias de la misma. - Designación por el Ayuntamiento de la persona representante electa que será la responsable ante la Agència de la correcta remisión de los documentos requeridos por ésta, así como de la adecuada asistencia sobre el terreno para una eficaz ejecución de los expedientes tramitados.

Presentación

Presentación

Presencial
La presentación de la documentación relativa a la adhesión únicamente podrá tramitarse de forma telemática, según el formulario que figura en el apartado "Impresos asociados" debidamente firmado por las personas titulares de la Alcaldía y de la Secretaría del Ayuntamiento.
Telemática
1. Para presentar esta solicitud mediante la tramitación telemática, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), compatible con la plataforma telemática de la Generalitat (más información respecto a los certificados admitidos en la Sede Electrónica de la Generalitat en: https://sede.gva.es/es/sede_certificados En el caso de utilizar un certificado digital de persona física actuando en representación de una persona jurídica, se deberá inscribir previamente en el Registro de Representantes ante la Generalitat para la realización de trámites por vía telemática, cuya información está disponible: https://www.gva.es/es/proc17168 https://regrep.accv.es/accv_repr/login.html 2. Si ya dispone de certificado digital podrá acceder clicando en "Tramitar con certificado" (que figura en color rojo al inicio de este trámite de la Guía Prop), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web inicial, anexar la documentación correspondiente y realizar la presentación telemática de todo ello, tras lo cual obtendrá el correspondiente justificante de registro. A partir del momento de dicha presentación toda la documentación presentada (incluido el justificante) estará disponible siempre en su Carpeta Ciudadana : https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es 3. Dispone de más información sobre la tramitación telemática en la siguiente dirección: https://www.gva.es/es/web/atencio_ciutadania/inicio/atencion_ciudadano/at_ciud_faq Revise la lista de preguntas frecuentes detalladas en esa dirección para ver si puede solucionar su problema. En caso de que siga necesitando ayuda, por favor notifíquelo a través de uno de los siguientes correos electrónicos en función del tipo de problema de que se trate: - Para consultas sobre el contenido del trámite: prop@gva.es - Para incidencias informáticas: generalitat_en_red@gva.es Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo a la Carpeta Ciudadana de la Generalitat desde el apartado "como va lo mío"-> "solicitudes en creación" https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

Pasos - Presentación telemática del formulario y documentación que se estime pertinente. - El órgano competente para la confirmación de la adhesión será la Dirección-Gerencia de la Agència. - Si la solicitud no reúne los requisitos y documentos que se señalan, se requerirá al interesado para que, en un plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición. -El acuerdo de adhesión, una vez confirmado por la Dirección-Gerencia, se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana por la Agència. El ejercicio efectivo de las competencias por parte de la Agència Valenciana de Protecció del Territori estará condicionado a la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana del acuerdo de adhesión. Esta publicación determinará la asunción efectiva de la competencia municipal por la Agència

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación

Observaciones

Observaciones

Contra la resolución de confirmación o contra la desestimación por silencio podrán interponerse los recursos que proceda conforme a la legislación vigente.

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa