Comunicación de modificación de datos no sustanciales de establecimientos y/o actividades turísticas inscritas en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana - GVA.ES
Comunicación de modificación de datos no sustanciales de establecimientos y/o actividades turísticas inscritas en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana
Organismo: Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Plazo de solicitud:
ABIERTO
Información básica
Formularios
Solicitud
Tramitación
Resolución
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Información básica
¿Qué es y para qué sirve?
¿Qué es y para qué sirve?
La comunicación al servicio territorial competente de aquellos cambios que no supongan modificaciones sustanciales de los establecimientos y/o actividades turísticas inscritas en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana
Observaciones
Observaciones
El órgano competente para practicar la inscripción en el Registro lo será también para proceder, cuando corresponda, a la modificación o baja de los datos inscritos.
Los cambios que no supongan modificaciones sustanciales, tan sólo requerirán de su comunicación previa al Servicio Territorial competente, según el formulario disponible en el apartado de impresos asociados de este mismo trámite.
Requisitos
Requisitos
No se puede utilizar el trámite de comunicación para poner en conocimiento del servicio territorial competente cualquier modificación sustancial que afecte a su actividad, tales como los cambios de capacidad, titularidad o mediadores, incluyendo los ceses de actividad, en cuyo caso deberá presentarse la declaración responsable normalizada en los términos previstos en el Decreto 10/2021, de 22 de mayo, del Consell, de aprobación del Reglamento regulador del alojamiento turístico en la Comunitat Valenciana.
¿Quién puede solicitarlo?
¿Quién puede solicitarlo?
Los titulares de los establecimientos y/o actividades turísticas o en su caso, su representante.
Normativa del procedimiento
Normativa del procedimiento
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (BOE núm. 236, de 02/10/2015)
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. (BOE núm. 236, de 02/10/2015)
- Ley 15/2018, 7 de junio, de la Generalitat, de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana. (DOGV núm. 8313, de 08.06.2018)
- Decreto 15/2020, de 31 de enero, del Consell, de disciplina turística en la Comunitat Valenciana. (DOGV núm. 8737, de 06.02.2020)
- Decreto 10/2021, de 22 de enero, del Consell, de aprobación del Reglamento regulador del alojamiento turístico en la Comunitat Valenciana. (DOGV núm. 9015, de 08.02.2021)
- Decreto 1/2022, de 14 de enero, del Consell, de regulación del Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana. (DOGV núm. 9272, de 07/02/2022)
Dudas sobre la tramitación telemática
Dudas sobre la tramitación telemática
Formularios y documentación
Plazo
Plazo
Durante todo el año.
Formularios y documentación
Formulario de comunicación, disponible en el apartado de impresos asociados de este mismo trámite, debidamente cumplimentado y firmado electrónicamente.
Presentación
Presentación
Telemática
La relación con las personas o entidades interesadas se realizará, tanto para las personas físicas como jurídicas, mediante medios electrónicos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículo 21.2 del Decreto de alojamiento turístico en la Comunitat Valenciana. Asimismo, la notificación se realizará mediante medios electrónicos, de acuerdo con lo previsto en el penúltimo párrafo del artículo 41.1 de la mencionada Ley.
Para realizar la presentación telemática de la declaración responsable:
- A través del enlace de tramitar con certificado de este trámite.
- Haciendo una búsqueda de este trámite en la Sede Electrónica de la Generalitat, en el enlace:
https://sede.gva.es/es/inicio?colectivo=empresas
Las preguntas frecuentes respecto a la firma electrónica, en el enlace https://www.gva.es/es/web/administracion-online/faqs-firma-electronica
Las preguntas frecuentes respecto a los servicios online: https://www.gva.es/es/web/administracion-online/faqs-servicis-en-linia
Proceso de tramitación
Proceso de tramitación
Recibida la comunicación, el servicio territorial de turismo competente procederá a realizar los cambios pertinentes en el Registro.
Al ser un trámite que no requiere de resolución, no procede indicar ningún recurso ni el sentido del silencio.
Órganos de tramitación
Órganos de tramitación
- SERVICIO DE ORDENACIÓN Y TRAMITACIÓN TURÍSTICA
C/ DE LA DEMOCRACIA, 77 . CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 2
46018 - València/Valencia
Obligaciones
Obligaciones
Todos los establecimientos y/o actividades turísticas deberán mantener actualizada cualquier información relativa a los mismos.
Órganos resolución
Órganos resolución
- Dirección General de Turismo
C/ DE LA DEMOCRACIA, 77 . CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 2
46018 - València/Valencia
Agota vía administrativa
Agota vía administrativa
Sí
Sanciones
Sanciones
La inexactitud, falsedad u omisión en cualquier dato que se adjunte o incorpore al formulario de comunicación tendrá los mismos efectos que los previstos para la declaración responsable.
Será de aplicación lo dispuesto en la Ley 15/2018, 7 de junio, de la Generalitat, de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana, y en el Decreto 15/2020, de 31 de enero, del Consell, de disciplina turística en la Comunitat Valenciana.