Detalle de procedimiento

TECE - Aportación documental para completar un expediente ya iniciado, de concesión de ayudas en relación con expedientes existentes en la Dirección General de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética, derivados de los Planes de Vivienda Plan 2005-2008 y 2009-2012

Código SIA : 2415217
Código GUC : 21929
Organismo: Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Plazo de solicitud: ABIERTO desde 05-08-2021
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

El trámite tiene por objeto la presentación telemática de documentos, a un expediente ya iniciado de concesión de ayudas del Plan de Vivienda existente en la Dirección General de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética, derivado de los planes de Vivienda 2005-2008 y 2009-2012. La aportación documental se realizará a requerimiento de subsanación de reparos a petición de la administración.

Observaciones

Observaciones

Para presentar la solicitud será imprescindible que disponga de uno de los siguientes mecanismos de autenticación electrónica para poder verificar su identidad: a) Cl@ve permanente: Sistema de autenticación diseñado para personas que necesitan acceder frecuentemente a los servicios electrónicos de la Administración. Se basa en el uso de un código de usuario, su DNI o NIE, y de una contraseña que se establece en el proceso de activación y que sólo debe ser conocida por el ciudadano. Para los servicios de administración electrónica que requieran un nivel de seguridad elevado, el sistema refuerza la autenticación con la solicitud de introducción de un código numérico de un solo uso (OTP). Podrá solicitarlo en alguna de las distintas oficinas de Registro CL@VE habilitadas para ello, que encontrará en la URL: https://administracion.gob.es/pag_Home/atencionCiudadana/encuentraTuOficina/OficinasRegistro_CLAVE.html#.YIlyVZAzaUl b) Certificado electrónico (incluyendo el DNI-e) emitido por los prestadores de servicios autorizados por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Requisitos

Requisitos

Tener abierto un expediente de ayudas o subvenciones (no resuelto ni archivado) perteneciente a la Dirección General de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Las personas titulares o sus representantes legales de las solicitudes de ayudas o subvenciones presentadas, con expedientes abiertos (y no archivados) en la Dirección General de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Plan Estatal de Vivienda 2005-2008. 1. Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Plan Estatal 2005-2008, para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda. 2. Real Decreto 14/2008, de 11 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Plan Estatal 2005-2008, para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda. 3. Decreto 81/2006, de 9 de junio, del Consell, de desarrollo de las medidas y ayudas financieras a la rehabilitación de edificios y viviendas en la Comunitat Valenciana en el marco del Plan Estatal 2005-2008 y del Programa Restauro de la Generalitat. 4. Corrección de errores del Decreto 81/2006, de 9 de junio, del Consell, de desarrollo de las medidas y ayudas financieras a la rehabilitación de edificios y viviendas en la Comunitat Valenciana en el marco del Plan Estatal 2005-2008 y del Programa Restauro 5. Decreto 76/2007, de 18 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Rehabilitación de Edificios y Viviendas.
  • Plan Estatal de Vivienda 2009-2012 1. Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012. 2. Real Decreto 1713/2010, de 17 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012. 3. Decreto 66/2009, de 15 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Plan Autonómico de Vivienda de la Comunitat Valenciana 2009-2012. 4. Decreto 189/2009, de 23 de octubre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Rehabilitación de Edificios y Viviendas. 5. Decreto 105/2010, de 25 de junio, del Consell, por el que se modifican los decretos 90/2009, de 26 de junio, 189/2009, de 23 de octubre, y 66/2009, de 15 de mayo, por los que se aprueban, respectivamente, el Reglamento de Viviendas de Protección Pública, el Reglamento de Rehabilitación de Edificios y Viviendas y el Plan Autonómico de Vivienda de la Comunitat Valenciana 2009-2012. 6. DECRETO 43/2011, de 29 de abril, del Consell, por el que se modifican los decretos 66/2009, de 15 de mayo, y 189/2009, de 23 de octubre, por los que se aprobaron, respectivamente, el Plan Autonómico de Vivienda de la Comunitat Valenciana 2009-2012 y el Reglamento de Rehabilitación de Edificios y Viviendas. 7. Orden 5/2011, de 20 de octubre, de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se regula la presentación de solicitudes de ayudas en el marco Plan de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

La aportación de documentos deberá efectuarse en el plazo indicado en el requerimiento de aportación documental efectuado por la administración o, en su caso, se podrá realizar en cualquier momento del procedimiento anterior a su resolución, mientras no se encuentre el expediente archivado.

Formularios y documentación

Junto con el formulario de solicitud de aportación documental, debidamente cumplimentado, la persona solicitante aportará la documentación que le haya sido requerida por la administración. También se adjuntarán, debidamente cumplimentados, los siguientes formularios que se pueden descargar del apartado "Impresos asociados": - Modelo de declaración/autorización de pago de subvenciones debidamente cumplimentado. - Modelo normalizado de domiciliación bancaria debidamente cumplimentado, designando la cuenta en la que se realizará el ingreso de las ayudas.

Presentación

Presentación

Presencial
La solicitud de aportación de documentación, debidamente cumplimentada, se podrá presentar, tanto de forma presencial como telemática, por la persona solicitante o por medio de su representante legal, respecto a expediente que no se hayan archivado o a requerimiento de la administración, dentro del plazo que se conceda para ello. Para aquellos casos que lo requieran por no disponer de medios técnicos para formalizar la solicitud, se podrá facilitar ayuda para la cumplimentación de la solicitud por parte de los Servicios Territoriales de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, SIEMPRE con cita previa que se puede solicitar a través del teléfono de información de la Generalitat 012 (o 963866000) o a través del siguiente enlace: https://sige.gva.es/qsige/citaprevia.prop/#!/es/home?uuid=4a86-87ca8-9257-816be, en las siguientes direcciones territoriales: * DIRECCIÓN TERRITORIAL DE VIVIENDA Y ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA -ALICANTE-Alicante AVDA. AGUILERA, 1 03007-Alacant/Alicante Tel.: 012 * DIRECCIÓN TERRITORIAL DE VIVIENDA Y ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA -CASTELLÓN-Castellón AVDA. DEL MAR, 16 12003-Castelló de la Plana Tel.: 012 * DIRECCIÓN TERRITORIAL DE VIVIENDA Y ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA -VALENCIA-Valencia C/ GREGORIO GEA, 27 46009-València Tel.: 012 Se recuerda que es necesario disponer de CL@VE permanente, correctamente activada, para poder ser atendido de forma presencial. Si usted NO dispone de CL@VE permanente, o no recuerda la contraseña, debe solicitarlo con anterioridad en una oficina de Registro CL@VE. En la siguiente URL podrá encontrar la ubicación de la oficina de Registro CL@VE más cercana: https://administracion.gob.es/pag_Home/atencionCiudadana/encuentraTuOficina/OficinasRegistro_CLAVE.html Si el titular de la ayuda es una persona física, la documentación requerida puede también ser remitida por correo certificado a la dirección del servicio territorial correspondiente arriba indicada.
Telemática
A través del enlace correspondiente Tramitación telemática 1. Para iniciar el trámite telemático deberá pinchar en el icono superior "Tramitar con certificado" de esta misma página, donde la persona que aporta la documentación se identificará con un certificado de firma digital aceptado por la Generalitat. Deberá disponer de certificado electrónico reconocido por la ACCV o DNI electrónico. También puede tramitar utilizando el sistema de CL@VE permanente del Estado. Con este sistema de autenticación y firma, no necesita disponer de certificado en su equipo ni usar Java o AUTOFIRMA (Ver enlaces del apartado "Información complementaria"). 2. Se deberá seleccionar el expediente que corresponda entre los que ofrezca la aplicación en función de la identificación (DNI-NIE-NIF) de la persona solicitante de la ayuda. 3. Se rellenarán y descargarán los impresos disponibles. 4. A continuación, se adjuntarán los documentos, en formato pdf o zip, que hayan sido requeridos por la Administración o que se consideren oportunos para incorporar al expediente de ayudas con anterioridad a su resolución, así como los documentos indicados en el punto 3. En el caso de realizar la aportación documental a través de representante, se deberá adjuntar en el trámite telemático el impreso normalizado de solicitud general (pdf rellenable) debidamente cumplimentado, autorizado por la persona solicitante. 5. Finalmente lo registrará de entrada, a través del registro telemático. La documentación será valorada por el personal de la Conselleria encargado de la tramitación del expediente, para su incorporación al mismo si procede.

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

Presencial Tramitación sin certificado. Se deberán descargar y rellenar los impresos que se encuentran a su disposición en el apartado "Impresos asociados" y, una vez cumplimentados, se deberá acudir a cualquiera de las direcciones que se indican en el apartado ¿Dónde dirigirse? para su presentación y registro. Asimismo, se aportará la documentación que haya sido requerida por la administración. Para aquellos casos que lo requieran, se podrá facilitar ayuda para la cumplimentación de la solicitud por parte de los Servicios Territoriales de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática (ver apartado "¿Dónde dirigirse?") La documentación será valorada por el personal de la Conselleria encargado de la tramitación del expediente, para su incorporación al mismo si procede.

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa