Cumplimentación de la Hoja de Notificación para la atención sociosanitaria infantil y la protección de menores.

Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda

Código SIA: 211036
|
Código GVA: 2198
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Qué es

Qué es y para qué sirve

Establecer el procedimiento para cumplimentar el modelo oficial de la Hoja de Notificación para la atención sociosanitaria infantil y la protección de menores, que se adjunta como Anexo a la Orden.

El procedimiento regulado tienen como finalidad favorecer las actuaciones de promoción del buen trato al menor, prevenir situaciones de riesgo sociosanitario y de desprotección de los menores, y servir de cauce de comunicación de estas situaciones desde el ámbito sanitario y entre éste y el ámbito de la acción social.

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Observaciones

1. Los profesionales sanitarios, los trabajadores sociales sanitarios y el resto del personal que, en el ejercicio de sus funciones, acceda a datos e información sobre circunstancias personales y familiares de los menores o sus familias deberá guardar reserva y sigilo profesional.

 

2. El tratamiento de datos de carácter personal de la información derivada de la Hoja de Notificación se realizará conforme a lo dispuesto en el artículo 22 quáter de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.

Normativa
  • Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil (BOE nº 15, de 17/1/96).
  • Decreto 93/2001, de 22 de mayo, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Protección Jurídica del Menor en la Comunidad Valenciana (DOGV nº 4008, de 28/5/01).
  • Orden 1/2016, de 19 de mayo, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas y de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se regulan las medidas de colaboración y coordinación sociosanitaria en el ámbito de la protección integral del menor y se...

A quién va dirigido

Ciudadanía
Personas interesadas

La Hoja de Notificación será cumplimentada por personal del ámbito sanitario de la Conselleria competente en materia de sanidad, de centros y servicios sanitarios públicos y privados, tanto a nivel de Atención Primaria como Especializada, cuando se presenten indicadores y factores de...

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Cómo se tramita

Proceso de tramitación

I. Procedimiento en caso de posible riesgo sociosanitario de un menor:

 

Ante situaciones de posible riesgo sociosanitario de un menor que puedan ser abordadas mediante la intervención desde del propio ámbito sanitario, el personal de los centros sanitarios registrará la Hoja de Notificación que figura en el anexo para comunicar, derivar, coordinar o solicitar la actuación del servicio o unidad sanitaria correspondiente, procediendo de la siguiente manera:

a) Realizará el registro y guardado de la Hoja de Notificación en la historia clínica informatizada a través del Sistema de Información Ambulatoria (SIA). Excepcionalmente, en caso de no estar implantado dicho sistema, incorporará en la historia clínica del menor, en formato papel, el ejemplar que corresponda de la Hoja de Notificación y remitirá la copia destinada a la Administración al Centro de Salud Pública del Departamento de Salud de residencia del menor.

b) Remitirá el documento correspondiente de la Hoja de Notificación al servicio o unidad sanitaria a la que se comunica o solicita la intervención.

 

 

 

II. Procedimiento en caso de posible desprotección social de un menor:

 

1. El personal de los centros sanitarios, ante indicadores y factores de posible situación de desprotección observados en menores atendidos en los mismos, prestará la atención sanitaria y social que proceda y, teniendo en cuenta la obligación de comunicación a la autoridad competente en materia de protección de menores, cumplimentará la Hoja de Notificación que figura en el anexo con el asesoramiento, en su caso, del personal de la Unidad de Trabajo Social sanitaria, para comunicar, derivar, coordinar o solicitar la actuación del Equipo Municipal de Servicios Sociales de la localidad donde resida el menor, procediendo de la siguiente manera:

a) Realizará el registro y guardado de la Hoja de Notificación en la historia clínica informatizada a través del Sistema de Información Ambulatoria (SIA). Excepcionalmente, en caso de no estar implantado dicho sistema, incorporará en la historia clínica del menor, en formato papel, el ejemplar que corresponda de la Hoja de Notificación y remitirá la copia destinada a la Administración al Centro de Salud Pública del Departamento de Salud de residencia del menor.

b) Remitirá a la mayor brevedad posible el documento correspondiente de la Hoja de Notificación, directamente o a través de la Unidad de Trabajo Social sanitaria si la hubiere, mediante correo electrónico, fax o correo ordinario, al Equipo Municipal de Servicios Sociales de la localidad donde reside el menor, para solicitar la intervención.

 

2. En los supuestos de peligro grave e inminente para la integridad física o psicológica del menor -por la gravedad y riesgo de repetición-, que pudieran requerir la urgente adopción de medidas de protección, se atenderá sanitariamente al menor y, sin perjuicio de la remisión de la Hoja de Notificación al Equipo Municipal de Servicios Sociales, se comunicará con inmediatez esta circunstancia, siempre telefónicamente y además mediante fax o correo electrónico, a los Servicios Territoriales de la Conselleria competente en materia de protección de menores o cuando dichos Servicios no estén en funcionamiento a los centros de recepción de menores de cada provincia. El contenido del fax o correo electrónico incluirá una copia del ejemplar de la Hoja de Notificación que se ha remitido al Equipo Municipal de Servicios Sociales.

Órganos de tramitación

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

No hay plazo. Está abierto permanentemente.

Forma de presentación
Telemática
Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas) o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), pudiendo utilizar cualquier sistema de firma electrónica...
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Presencial

Se describe en el procedimiento de tramitación.