Devolución del certificado para conductores de países no pertenecientes a la Unión Europea y copia legalizada del mismo. - GVA.ES
Devolución del certificado para conductores de países no pertenecientes a la Unión Europea y copia legalizada del mismo.
Organismo: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio
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¿Qué es y para qué sirve?
¿Qué es y para qué sirve?
Devolución del certificado de conductor y la copia legalizada del mismo tan pronto dejen de cumplirse las condiciones que dieron lugar a su expedición y, especialmente, cuando el conductor cause baja en la empresa o en la contratación por parte del autónomo o cuando, como consecuencia de cualquier actuación administrativa, se detectara el imcumplimiento de los requisitos que dieron lugar a su expedición.
Solicitantes
Solicitantes
Las personas físicas y juridicas titulares de autorizaciones de transporte público o privado complementario, de mercancías o de viajeros en autobús, ya sean públicos o privados complementario que hayan tenido contratado a conductores no pertenecientes a la Unión Europea.
Normativa
Normativa
- Reglamento (CE) nº 484/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 1 de marzo de 2002, por el que se modifican los Reglamentos (CEE) nº 881/92 y (CEE) nº 3118/93 del Consejo, con objeto de establecer un certificado de conductor. (DOCE núm.76, 19-03-2002)
- Orden FOM/3399/2002, de 20 de diciembre, por la que se establece un certificado de conductor para la realización de la actividad de transporte por conductores de terceros países.
- Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.
- Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.(BOE núm.241, de 8-10-1990)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.(BOE núm.236, 02-10-2015)
- Ver Ley 39/2015, de 1 de octubre
- Ver Ley 16/1987, de 30 de julio
- Ver Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre
- Ver Reglamento (CE) nº 484/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 1 de marzo de 2002
- Ver Orden FOM/3399/2002, de 20 de diciembre
Enlaces
Enlaces
- Ver Ley 39/2015, de 1 de octubre
- Ver Ley 16/1987, de 30 de julio
- Ver Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre
- Ver Reglamento (CE) nº 484/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 1 de marzo de 2002
- Ver Orden FOM/3399/2002, de 20 de diciembre
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