Detalle de Procedimientos - GVA.ES
TECE - Alta de Agente de la rehabilitación o Gestor de la rehabilitación para la tramitación de subvenciones para la mejora de la eficiencia energética en edificios o viviendas, en el marco del Plan Next Generation EU.
Organismo: VICEPRESIDENCIA SEGUNDA Y CONSELLERIA DE VIVIENDA Y ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA
Plazo de solicitud:
01-03-2022
-
24-11-2022
Información básica
Solicitud
Tramitación
Resolución
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Información básica
Objeto
Inscripción de la persona física o jurídica o entidad pública o privada, técnica colaboradora para la tramitación de las solicitudes de subvenciones del Plan Next Generation EU, correspondiente a la convocatoria de la anualidad.
Observaciones
Al hacer este trámite las obligaciones asumidas por el agente de la rehabilitación son:
a) Diseñar la estrategia de financiación de la actuación para poder llevarla a cabo, incluso las gestiones con la entidad financiera en su caso.
b) Realizar con sus medios o contratar la redacción del proyecto técnico de ejecución o memoria de las obras de rehabilitación.
c) Realizar con sus medios o contratar la empresa para la ejecución de las obras.
d) Realizar con sus medios o contratar los técnicos directores de la obra.
e) Gestionar la solicitud de ayudas, pudiendo tener la consideración de perceptor de las ayudas, con la fórmula de cesión del derecho al cobro de las ayudas.
f) Justificar una vez terminadas las obras el cumplimiento de las condiciones necesarias para el otorgamiento de la subvención, así como aportar la documentación exigida para el cobro de esta.
g) En el caso de actuaciones a nivel de edificio, tramitar los expedientes personales de ayuda adicional, que corresponda de aquellas personas beneficiarias de las ayudas en situación de vulnerabilidad.
h) Gestionar en nombre de la comunidad la solicitud del anticipo de la subvención que corresponda una vez notificada la concesión de la ayuda, tramitando, en su caso, el aval que corresponda de acuerdo con la base vigesimoprimera.
Y las funciones que le corresponde desarrollar al gestor de la rehabilitación son:
a) Diseñar la estrategia de financiación de la actuación para poder llevarla a cabo, incluso las gestiones con la entidad financiera en su caso.
b) Realizar con sus medios el proyecto de ejecución de las obras, o asesorar a la propiedad en la contratación de la redacción del proyecto técnico de ejecución de las obras de rehabilitación.
c) Asesorar a la comunidad de propietarios o persona propietaria única la contratación de la empresa para la ejecución de las obras.
d) Dirigir las obras o gestionar la contratación de los técnicos directores de la obra.
e) Tramitar la solicitud de ayudas en nombre de la comunidad de propietarios o persona propietaria única.
f) Justificar una vez terminadas las obras el cumplimiento de las condiciones necesarias para el otorgamiento de la subvención, así como tramitar la solicitud del pago de la subvención concedida a la comunidad de propietarios, así como aportar la documentación exigida para el cobro de esta.
g) En el caso de actuaciones a nivel de edificio, tramitar los expedientes personales de ayuda adicional de aquellas personas beneficiarias de las ayudas en situación de vulnerabilidad.
h) Gestionar en nombre de la comunidad la solicitud del anticipo de la subvención que corresponda una vez notificada la concesión de la ayuda, tramitando el aval que corresponda de acuerdo con la base vigesimoprimera.
Requisitos
- Se requiere disponer de firma electrónica.
Interesados
Profesionales, empresas o entidades públicas o privadas con la capacidad para realizar las funciones asignadas al agente de la rehabilitación o al gestor de la rehabilitación, según el caso, de acuerdo con las bases reguladoras vigentes del Plan Next Generation EU.
Normativa del procedimiento
- REAL DECRETO LEY 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. (BOE núm. 341, de 31/12/2020)
- REAL DECRETO 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. (BOE núm. 239, de 06/10/2021)
- Ver REAL DECRETO 853/2021, de 5 de octubre,
- Ver REAL DECRETO-LEY 36/2020, de 30 de diciembre,
Plazo
El plazo para solicitar la inscripción como gestor/a o agente de la rehabilitación en los registros correspondientes creados al efecto se iniciará a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, y finalizará el día 24 de noviembre de 2022, inclusive.
Documentación
Solicitud telemática.
Forma presentación
Telemática
1) Acceder desde el icono "tramitar con certificado"
2) Rellenar la solicitud
3) Registrar y enviar
Este trámite es previo e imprescindible para la posterior presentación de solicitudes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Plan Next Generation EU) a las ayudas de rehabilitación a nivel de edificio. La inscripción del agente/gestor será efectiva y por tanto operativa a partir de la correspondiente validación por parte del departamento responsable de la tramitación de las ayudas.
Para realizar este trámite es requisito indispensable disponer de firma electrónica avanzada o DNI electrónico.
También puede tramitar utilizando el sistema de CL@VE-PERMANENTE del Estado. Con este sistema de autenticación y firma no necesita disponer de certificado en su equipo ni usar Java o AUTOFIRMA (Ver apartado enlaces de este trámite).
Donde consultar dudas sobre el trámite
- Correo para dudas técnicas: generalitat_en_red@gva.es
Normativa
Información tramitación
El procedimiento de alta será telemático, mediante la cumplimentación, en línea, del formulario correspondiente.
órganos de tramitación
Organismos
- VICEPRESIDENCIA SEGUNDA Y CONSELLERIA DE VIVIENDA Y ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA
PL. CARME, 4
46003 - València/Valencia
Observaciones
Los establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Admnistrativo Común de las Administraciones Públicas ( BOE núm 236, de 02/10/2015).
Órganos resolución
Organismos
- VICEPRESIDENCIA SEGUNDA Y CONSELLERIA DE VIVIENDA Y ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA
PL. CARME, 4
46003 - València/Valencia