Detalle de procedimiento

TECG - Comunicación a la Agència Valenciana de Protecció del Territori de licencias urbanísticas de minimización en suelo no urbanizable (art.230.5 TRLOTUP)

Código SIA : 2857981
Código GUC : 22348
Organismo: AGÈNCIA VALENCIANA DE PROTECCIÓ DEL TERRITORI AVPT
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Según determina el artículo 3.1.b) del Decreto 65/2021, de 14 de maig, del Consell, de regulació de la Plataforma Urbanística Digital i de la presentació dels instruments de planificació urbanística i territorial y apdo. 5 del artículo 230 del TRLOTUP, las entidades locales, sin perjuicio de su deber de información al departamento competente en Administración local establecido en la legislación de régimen local, comunicarán de forma telemática a la Agència Valenciana de Protecció del Territori (AVPT) los siguientes acuerdos y actos: a) Licencias de minimización de impacto territorial respecto de edificaciones en suelo no urbanizable. b) Licencias de ocupación correspondientes a las anteriores licencias de minimización otorgadas.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Los Ayuntamientos

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje. (DOGV núm. 9129, de 16.07.2021)
  • DECRETO 65/2021, de 14 de mayo, del Consell, de regulación de la Plataforma Urbanística Digital y de la presentación de los instrumentos de planificación urbanística y territorial. (DOGV núm. 9097, de 01.06.2021)
  • Resolución de 2 de marzo de 2022, de la presidenta de la Agència Valenciana de Protecció del Territori, de asunción de funciones en materia de protección de la legalidad urbanística por el organismo autónomo Agència Valenciana de Protecció del Territori. (DOCV núm. 9294 de 09.03.2022)

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Durante los seis días hábiles desde la fecha de la aprobación del acto o acuerdo.

Formularios y documentación

Se adjuntará como documento anexo licencia urbanística cuyo objeto sea uno de los indicados en el apartado objeto de este trámite. Los documentos serán remitidos por vía telemática en formato PDF firmado digitalmente.

Presentación

Presentación

Telemática
1. Para presentar esta solicitud mediante la tramitación telemática, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), compatible con la plataforma telemática de la Generalitat (más información respecto a los certificados admitidos en la Sede Electrónica de la Generalitat en: https://sede.gva.es/es/sede_certificados En el caso de utilizar un certificado digital de persona física actuando en representación de una persona jurídica, se deberá inscribir previamente en el Registro de Representantes ante la Generalitat para la realización de trámites por vía telemática, cuya información está disponible: https://www.gva.es/es/proc17168 https://regrep.accv.es/accv_repr/login.html 2. Si ya dispone de certificado digital podrá acceder clicando en "Tramitar con certificado" (que figura en color rojo al inicio de este trámite de la Guía Prop), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web inicial, anexar la documentación correspondiente y realizar la presentación telemática de todo ello, tras lo cual obtendrá el correspondiente justificante de registro. A partir del momento de dicha presentación toda la documentación presentada (incluido el justificante) estará disponible siempre en su Carpeta Ciudadana : https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es 3. Dispone de más información sobre la tramitación telemática en la siguiente dirección: https://www.gva.es/es/web/atencio_ciutadania/inicio/atencion_ciudadano/at_ciud_faq Revise la lista de preguntas frecuentes detalladas en esa dirección para ver si puede solucionar su problema. En caso de que siga necesitando ayuda, por favor notifíquelo a través de uno de los siguientes correos electrónicos en función del tipo de problema de que se trate: - Para consultas sobre el contenido del trámite: prop@gva.es - Para incidencias informáticas: generalitat_en_red@gva.es Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo a la Carpeta Ciudadana de la Generalitat desde el apartado "como va lo mío"-> "solicitudes en creación" https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es

órganos de tramitación

órganos de tramitación

Órganos resolución

Órganos resolución

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa