Ayudas para la rehabilitación de balsas para la mejora de las condiciones de seguridad

Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca

Código SIA: 2893063
|
Código GVA: 22382
Descargar información
Plazo cerrado

Desde 05-05-2023

Hasta 05-06-2023

  • Qué necesitas saber
  • Qué es
  • A quién va dirigido
  • Cómo se tramita
  • Formularios
  • Tramitación
  • Solicitud
  • Alegación / Aportación
  • Resolución
  • Ayuda
  • Preguntas frecuentes
  • Temas relacionados
  • Enlaces de interés
  • Compartir en redes sociales

Qué es

Qué es y para qué sirve

Mejorar la seguridad de las balsas de riego de la Comunidad Valenciana, de forma que puedan mantener o recuperar sus funcionalidades de regulación, almacenamiento y garantía de suministro, para un mejor aprovechamiento de los recursos hídricos disponibles, contribuyendo a la consolidación y viabilidad de los regadíos valencianos.

 

Serán gastos subvencionables las inversiones en obras de rehabilitación de balsas existentes exclusivamente destinadas a la regulación y almacenamiento de caudales para riego, que permitan restituir o mejorar los niveles de seguridad iniciales de la estructura.

Plazos
SolicitudPlazo cerrado
05-05-2023 al 05-06-2023
Alegación / AportaciónPlazo abierto
Desde 05-05-2023
Observaciones

GASTOS SUBVENCIONABLES

 

Serán subvencionables las obras de rehabilitación de balsas existentes, exclusivamente destinadas a la regulación y almacenamiento de caudales para riego, que permitan restituir o mejorar los niveles de seguridad iniciales de la estructura. En concreto, serán subvencionables las siguientes actuaciones:

 

a) Sustitución de la membrana impermeabilizante por envejecimiento o degradación prematura, con retirada de la existente;

b) Renovación de las conducciones de fondo que atraviesen el dique y válvulas asociadas,

c) Sustitución de las tomas de fondo con ejecución de dren envuelta,

d) Reparaciones del dique, con aporte de nueva capa de material de refino y soporte,

e) Mejora de los aliviaderos, desagües de fondo,

f) Ejecución, si no existen,o renovación de los drenajes del fondo del vaso,

g) Construcción de drenes pantalla,

h) Restitución de los elementos de la instalación que se han de remover para ejecutar los trabajos de rehabilitación: zuncho y vallado perimetral, lastres en talud y fondo.

i) Instalación o actualización de elementos de telecontrol para la mejora del seguimiento y vigilancia de las instalaciones a efectos de seguridad.

 

Serán gastos no subvencionables y quedan excluidas las actuaciones que consistan en:

 

a) La instalación de una nueva geomembrana sobre la existente,

b) La instalación de una nueva geomembrana sin la ejecución de una nueva capa de refino y soporte,

c) La no inclusión en el proyecto de rehabilitación de la sustitución de las conducciones de fondo cuando atraviesen el dique sin protección, salvo casos debidamente justificados,

d) Obras que puedan dan lugar a incrementos en la capacidad de almacenamiento y/o altura del dique de la balsa,

e) La mera reparación/sustitución de una parte de la geomembrana,

f) La sola sustitución de válvulas y otros elementos de control.

A quién va dirigido

Empresas
Personas interesadas

Comunidades de regantes y otras entidades de riego sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana.

Requisitos

Para acceder a estas ayudas las comunidades de regantes y otras entidades de riego sin ánimo lucro de la Comunitat Valenciana deberán estar legalmente constituidas y ser titulares de balsas de riego inscritas en el Registro de Balsas para Riego de la Comunidad Valenciana a los efectos de su...

Saber más

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

- Presentación de la solicitud y la documentación. Las entidades de riego podrán presentar una única solicitud de subvención para sus actuaciones de rehabilitación de balsas.

- La instrucción de los expedientes se iniciará en el servicio con competencias en regadío.

- Las solicitudes que cumplan los requisitos establecidos en esta orden de bases serán admitidas a trámite, ordenándose de acuerdo a la puntuación obtenida en aplicación del baremo acumulativo, de acuerdo con la propuesta emitida por la comisión de evaluación.

- Mediante resolución de la persona titular de la dirección general con competencias en regadío se publicará las solicitudes admitidas a trámite hasta completar el importe global máximo de cada convocatoria. Se dispondrá la desestimación de aquellas solicitudes que no puedan auxiliarse por haberse agotado dicho importe global máximo. Las solicitudes que no cumplan con los requisitos establecidos serán desestimadas, indicando los motivos.

- Las entidades cuyas solicitudes hayan sido admitidas a trámite, presentarán un proyecto de las obras, o un proyecto simplificado si su presupuesto no supera la cantidad fijada en el apartado 2 del artículo 233 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de resolución de admisión a trámite.

- En la resolución que dicte la dirección general competente en regadíos se incluirá la declaración de los proyectos como obras de interés general de la Comunitat Valenciana.

- La dirección general competente en regadíos, en función de la dimensión funcional y económica de la obra a subvencionar, decidirá el carácter anual o plurianual de la subvención.

Criterios de valoración

Los criterios de valoración de solicitudes y plazos de resolución y notificación y de presentación de certificaciones de obra son los que se indican en la Orden 6/2022, de 13 de junio, de la consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica por la que se...

Saber más

Solicitud

Plazo
Plazo cerrado

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de publicación del extracto de la resolución de la convocatoria (DOGV. núm. 9588 de 04/05/2023).

Documentación
1. Copia del documento de identificación fiscal, en el caso que el solicitante se oponga a que el órgano gestor obtenga directamente esta información. 2. Estatutos u ordenanzas de la comunidad de regantes o entidad de riego, aprobados por el organismo de cuenca u organismo que lo regule. 3....
Saber más
Forma de presentación
Telemática
Dado que los solicitantes son personas jurídicas, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligadas a relacionarse con ellas a través de medios electrónicos, por lo que la presentación de...
Saber más

    Alegación / Aportación

    Plazo
    Desde 05-05-2023
    Forma de presentación
    Telemática
    Dado que los solicitantes son personas jurídicas, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligadas a relacionarse con ellas a través de medios electrónicos, por lo que la presentación de...
    Saber más

    Resolución

    Plazo máximo
    - Se establece un plazo de seis meses para resolver las solicitudes contados a partir de la fecha de finalización de presentación de las solicitudes. - Se establece un plazo de seis meses para dictar la resolución de concesión de la ayuda, contados desde la presentación de los proyectos cuyas...
    Saber más
    Cuantía y cobro
    CUANTÍA La subvención a conceder será del 50% de la inversión máxima auxiliable, fijada por referencia al presupuesto del proyecto técnico, aportado por la entidad, tras el trámite de supervisión de proyectos. Se establece una cantidad máxima de ayuda por peticionario. Esta cantidad queda...
    Saber más
    Obligaciones
    Las entidades beneficiarias de las subvenciones deberán cumplir los preceptos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y resto de normativa en vigor, y en concreto los siguientes: a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto o realizar la actividad que...
    Saber más
    Observaciones

    La resolución de concesión pone fin a la vía administrativa y la misma podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el mismo órgano que la dicta o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la...

    Saber más

    Preguntas frecuentes

    Dudas sobre el trámite
    Dónde consultar dudas sobre el trámite:

    Temas relacionados

    MATERIAS

    • Empresas
      • Agricultura, ganadería y pesca
        • Ayudas, créditos y subvenciones
        • Organizaciones y corporaciones agrarias
      • Ayudas y subvenciones
        • Agricultura, ganadería y pesca

    TEMA

    • Medio ambiente
      • Agua
      • Sostenibilidad
    • Emergencias. Seguridad ciudadana
    • Territorio y paisaje. Urbanismo

    PERFILES

    • Empresa
      • Entidades del tercer sector

    CICLO VITAL

    • Crecer y consolidarse

    TIPO

    • Ayudas, becas y subvenciones